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regimenes de seguridad social.

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Regimenes de seguridad social.
06/12/2010 19:10
Soy jubilado del cuerpo de Practicantes Titulares de APD. Durante 25 años (1975-2001) estuve en situacion de cotizacion obligatoria a Muface y Seguridad Social. En 2001 entro en vigor la ley 14/2000, que me obligó a optar por uno de los dos regímenes. Yo opté `por Muface. En esa ley no existe consideración a quienes hayamos estado más de quince años cotizando a Seguridad Social y yo me he encontrado al jubilarme (mayo 2010), con que me faltan cuatro meses para completar los dos años de cotizacion específica. He intentado acogerme a convenio espeical ordinario de seguridad social para completar esos meses pero la TGSS me lo deniega en base a la norma 2865/2003, porque considera que ya estoy jubilado en un regimen de seguridad social y por tanbto no tengo derehco al convenio. Pero el Ministerio de Hacienda me ha declarado compatible para percibir la pensión complementaria de S.S a que me dan derecho las cotizaciones obligatorias realizadas.Necesito saber: a) Muface es considerado en la legislacion como un regimen especial de seguridad social o es un regimen distinto? b)Existe alguna norma, decreto, jurisprudencia...., que me permita acudir a la via social en el caso de no obtener respuesta positiva a me recurso de alzada ante la TGSS? Gracias a quien me responda.
08/12/2010 16:54
Buenas tardes
He estado mirando tu tema por internet, e intentando consultar las leyes a las que haces referencía, y la verdad que es bastante lioso.
Lo único que he encontrado y que pudiera quizá ayudarte es el siguiente texto:

Si el trabajador no alcanzara estos 15 años, pero hubiera trabajado en otro régimen con anterioridad, el Real Decreto 691/1991 de 12 de abril permite, a solicitud del interesado, totalizar los períodos de cotización sucesivos que se acrediten en el Régimen de Clases Pasivas del Estado y en los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, tanto para la adquisición del derecho a pensión como para determinar el porcentaje aplicable para el cálculo de la misma.

Esto supone que hayas tenido cotizaciones en otro régimen de la Seguridad Social, que te permitiera completar los 4 meses que te faltan.
Te dejo una dirección de página web por si pudiera ayudarte o quisieras ponerte en contacto con ellos, a ver si pueden ayudarte.
http://www.ua.es/es/servicios/gestion_personal/nominas_accion_social/seguridad_social/MUFACE/jubilacion.html#forzosa
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Regimenes de seguridad social.
06/12/2010 19:10
Soy jubilado del cuerpo de Practicantes Titulares de APD. Durante 25 años (1975-2001) estuve en situacion de cotizacion obligatoria a Muface y Seguridad Social. En 2001 entro en vigor la ley 14/2000, que me obligó a optar por uno de los dos regímenes. Yo opté `por Muface. En esa ley no existe consideración a quienes hayamos estado más de quince años cotizando a Seguridad Social y yo me he encontrado al jubilarme (mayo 2010), con que me faltan cuatro meses para completar los dos años de cotizacion específica. He intentado acogerme a convenio espeical ordinario de seguridad social para completar esos meses pero la TGSS me lo deniega en base a la norma 2865/2003, porque considera que ya estoy jubilado en un regimen de seguridad social y por tanbto no tengo derehco al convenio. Pero el Ministerio de Hacienda me ha declarado compatible para percibir la pensión complementaria de S.S a que me dan derecho las cotizaciones obligatorias realizadas.Necesito saber: a) Muface es considerado en la legislacion como un regimen especial de seguridad social o es un regimen distinto? b)Existe alguna norma, decreto, jurisprudencia...., que me permita acudir a la via social en el caso de no obtener respuesta positiva a me recurso de alzada ante la TGSS? Gracias a quien me responda.
08/12/2010 16:54
Buenas tardes
He estado mirando tu tema por internet, e intentando consultar las leyes a las que haces referencía, y la verdad que es bastante lioso.
Lo único que he encontrado y que pudiera quizá ayudarte es el siguiente texto:

Si el trabajador no alcanzara estos 15 años, pero hubiera trabajado en otro régimen con anterioridad, el Real Decreto 691/1991 de 12 de abril permite, a solicitud del interesado, totalizar los períodos de cotización sucesivos que se acrediten en el Régimen de Clases Pasivas del Estado y en los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, tanto para la adquisición del derecho a pensión como para determinar el porcentaje aplicable para el cálculo de la misma.

Esto supone que hayas tenido cotizaciones en otro régimen de la Seguridad Social, que te permitiera completar los 4 meses que te faltan.
Te dejo una dirección de página web por si pudiera ayudarte o quisieras ponerte en contacto con ellos, a ver si pueden ayudarte.
http://www.ua.es/es/servicios/gestion_personal/nominas_accion_social/seguridad_social/MUFACE/jubilacion.html#forzosa