El pasado sábado 7 de octubre he sido padre de mi primer hijo, fruto de mi matrimonio con mi mujer que es de nacionalidad búlgara.
El problema viene a la hora de registrar al bebé en el Registro Civil de nuestra localidad. Teniendo en cuenta que dicho Registro Civil estuvo parado la última semana por "no funcionar" según ellos el ordenador (tenemos justificante escrito por parte del Registro), ahora que ya funciona no pueden registrar a nuestro hijo porque como su segundo apellido es de origen búlgaro, según ellos dicen que necesitamos un "Certificado de apellidos a imponer", el cual tiene que facilitar la embajada de Bulgaria en Madrid. Puestos al habla con la embajada, dicen que ellos no dan ese tipo de certificados y que quien tiene que solucionar el tema es el Registro Civil de nuestra localidad.
En definitiva, no sabemos qué hacer, ni quien tiene razón, así como los trámites especiales necesarios para registrar a un bebé de padre español y madre extranjera (búlgara en este caso). Mi mujer lleva 6 años viviendo en España, la misma cantidad de tiempo empadronada en nuestra localidad y ambos en nuestro actual domicilio conyugal.
¿Qué debemos hacer?, ¿quién tiene razón?
Gracias de antemano por toda vuestra ayuda y dedicación.
La única idea que te puedo aportar es que visites la página del ministerio de justicia www.justicia.es, viene legislación relativa a las incscripciones de nacimientos y un número de atención al ciudadano.
A mi entender el Registro Civil de su localidad debería darle la solución o como mínimo indicarle solución al problema. Mi consejo es que insista, todos sabemos como funcionan algunos registros...