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Registro de la propiedad

4 Comentarios
 
Registro de la propiedad
15/07/2014 20:59
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: mi tio tiene una vivienda en Teruel la cual construyó hace mas de 15 años mediante cooperativa. Él paga el IBI, luz, agua, basuras...todos los impuestos relaccionados con la vivienda,el tema es que ahora quiere vender la casa y no aparece en el registro de la propiedad...es esto posible?no se supone que para que le dieran el agua y la luz se presenta la cedula de habitabilidad y esta no te la dan si no estas inscrito en el registro de la propiedad...Agradecería cualquier aclaración al respecto y donde poder personarme para aclarar tal efecto.
16/07/2014 01:23
Es al revés, no puede inscribirse una obra nueva sin la licencia de primera ocupación o, en su caso, cédula de habitabilidad.

Sin duda, hoy no se podría contratar servicios urbanísticos sin aportar la licencia de primera ocupación, pero hace 15 años..................
16/07/2014 01:28
no está registrada, pero, ¿cuál es el problema?
no es obligatorio registrarla pero, si se desea registrar, puede hacerse tras preparar la documentación necesaria
16/07/2014 18:25
Hola gracias por vuestras respuestas.

Pensábamos que para vender la casa era necesario que estuviese inscrita en el registro, si no es asi ¿para que sirve el registro de la propiedad?
16/07/2014 22:52
Para protección y publicidad a la propiedad y de los derechos inherentes a la misma.
Registro de la propiedad | PorticoLegal
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15/07/2014 20:59
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: mi tio tiene una vivienda en Teruel la cual construyó hace mas de 15 años mediante cooperativa. Él paga el IBI, luz, agua, basuras...todos los impuestos relaccionados con la vivienda,el tema es que ahora quiere vender la casa y no aparece en el registro de la propiedad...es esto posible?no se supone que para que le dieran el agua y la luz se presenta la cedula de habitabilidad y esta no te la dan si no estas inscrito en el registro de la propiedad...Agradecería cualquier aclaración al respecto y donde poder personarme para aclarar tal efecto.
16/07/2014 01:23
Es al revés, no puede inscribirse una obra nueva sin la licencia de primera ocupación o, en su caso, cédula de habitabilidad.

Sin duda, hoy no se podría contratar servicios urbanísticos sin aportar la licencia de primera ocupación, pero hace 15 años..................
16/07/2014 01:28
no está registrada, pero, ¿cuál es el problema?
no es obligatorio registrarla pero, si se desea registrar, puede hacerse tras preparar la documentación necesaria
16/07/2014 18:25
Hola gracias por vuestras respuestas.

Pensábamos que para vender la casa era necesario que estuviese inscrita en el registro, si no es asi ¿para que sirve el registro de la propiedad?
16/07/2014 22:52
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