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Registro horario

3 Comentarios
 
Registro horario
04/07/2019 18:40
Hola, quería saber si en el registro horario que tiene que hacerse en las empresas y fichar los trabajadores, en caso de que el trabajador eche horas extras ,porque haga un día ocasional 9-10 horas y se compense con descanso ,si se puede reflejar en el registro como descanso por hora extra.Pero tengo duda si hay que indicarlo también en la nómina y cotizarlo, y si las horas extras hay que firmarla de estar de acuerdo en realizarla o dejar por escrito el motivo de la hora extra. Además no se si se pueden echar mas de 9 horas diarias.
También quería saber si se trabaja a turno partido y por la mañana se echan mas de 6 horas seguidas, habría que hacer una pausa y registrarlo o se suma todo el exceso de horas de la jornada como horas extras y ya está,por ejemplo si un día se hacen 6 horas por la mañana y 3 horas por la tarde pues se pone 9 horas al día y el exceso sería hora extra.
En el caso de nuestra empresa nuestro horario es de 8.5 horas de lunes a jueves a turno partido y 6 horas el viernes, y algunos días pues se echan mas horas y se reflejan en el registro.gracias
07/07/2019 17:22
Alvareli
Deberías leer tu convenio ya que todas las dudas que comentas aparecerán resueltas ahí. En algunos convenios la jornada es de cómputo anual y no semanal, porque en realidad no hay horas extras sino que se compensa con descanso y al final del año no has hecho horas extras, aunque en la práctica hagas horas de más algunos días... Tendrías que ver cuál se la jornada máxima en tu convenio, si es de 9 horas o 10 horas, algunos convenios ponen un máximo de 10 horas pero con condicionantes como sólo dos días específicos a la semana o previo a festivo, etc. Si tu jornada máxima por convenio es digamos de 9 horas al día (aunque casi todos los días hagas 8) y te ponen 10 horas, es ilegal que hagas esa hora y tendrías que negarte y si te la ponen en el horario podrías denunciar a la inspección de trabajo. La jornada máxima incluye las horas extras. Por lo mismo, se deben respetar los descansos entre jornadas que son de 12 horas. Pero como digo, mira bien el convenio que todo esto debe estar bien explicado.
09/07/2019 11:01
Alvareli
En el convenio del metal de Sevilla, que es al que nos acogemos pone la jornada en computo anual de 1759 horas, por lo que entiendo que una semana o un mes los trabajadores pueden echar mas de 9 horas diarias, porque incluso nuestro horario habitual es de 8 horas y media de lunes a jueves.
yo preguntaba como hacerlo porque como soy la trabajadora encargada de este registro, pues si a final de mes veo que un trabajador ha hecho mas de 40 horas a la semana, aunque el computo sea anual, pues las horas extras de ese mes la puedo compensar con horas de descanso y que no venga a trabajar y se pone asi en el registro horario.Y creo que las horas extras si no se pagan no hay que cotizarlas, lo que no sé si son compensadas hay que ponerlas en la nomina o darle una copia del registro al trabajador.
un saludo
10/07/2019 19:38
Alvareli
Hola,

como bien te indicaban, en tu convenio viene especificado todos esos detalles que preguntas.

En el registro, entiendo que tiene que venir un campo/apartado/columna para poner las horas ordinarias y al lado las extraordinarias o complementarias, y al final la suma de estas como total.

Yo solo quería apuntar como info complementaria a lo comentado, que es muy importante poner la hora real de entrada y hora real de salida por si en el trayecto de casa al trabajo y del trabajo a casa hubiera algún accidente, se considerara "in itinere" como accidente laboral. Por eso es importante poner el total (horas ordinarias extraordinarias o complementarias) de horas trabajadas para reflejar cuando entras y sales del centro de trabajo.
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04/07/2019 18:40
Hola, quería saber si en el registro horario que tiene que hacerse en las empresas y fichar los trabajadores, en caso de que el trabajador eche horas extras ,porque haga un día ocasional 9-10 horas y se compense con descanso ,si se puede reflejar en el registro como descanso por hora extra.Pero tengo duda si hay que indicarlo también en la nómina y cotizarlo, y si las horas extras hay que firmarla de estar de acuerdo en realizarla o dejar por escrito el motivo de la hora extra. Además no se si se pueden echar mas de 9 horas diarias.
También quería saber si se trabaja a turno partido y por la mañana se echan mas de 6 horas seguidas, habría que hacer una pausa y registrarlo o se suma todo el exceso de horas de la jornada como horas extras y ya está,por ejemplo si un día se hacen 6 horas por la mañana y 3 horas por la tarde pues se pone 9 horas al día y el exceso sería hora extra.
En el caso de nuestra empresa nuestro horario es de 8.5 horas de lunes a jueves a turno partido y 6 horas el viernes, y algunos días pues se echan mas horas y se reflejan en el registro.gracias
07/07/2019 17:22
Alvareli
Deberías leer tu convenio ya que todas las dudas que comentas aparecerán resueltas ahí. En algunos convenios la jornada es de cómputo anual y no semanal, porque en realidad no hay horas extras sino que se compensa con descanso y al final del año no has hecho horas extras, aunque en la práctica hagas horas de más algunos días... Tendrías que ver cuál se la jornada máxima en tu convenio, si es de 9 horas o 10 horas, algunos convenios ponen un máximo de 10 horas pero con condicionantes como sólo dos días específicos a la semana o previo a festivo, etc. Si tu jornada máxima por convenio es digamos de 9 horas al día (aunque casi todos los días hagas 8) y te ponen 10 horas, es ilegal que hagas esa hora y tendrías que negarte y si te la ponen en el horario podrías denunciar a la inspección de trabajo. La jornada máxima incluye las horas extras. Por lo mismo, se deben respetar los descansos entre jornadas que son de 12 horas. Pero como digo, mira bien el convenio que todo esto debe estar bien explicado.
09/07/2019 11:01
Alvareli
En el convenio del metal de Sevilla, que es al que nos acogemos pone la jornada en computo anual de 1759 horas, por lo que entiendo que una semana o un mes los trabajadores pueden echar mas de 9 horas diarias, porque incluso nuestro horario habitual es de 8 horas y media de lunes a jueves.
yo preguntaba como hacerlo porque como soy la trabajadora encargada de este registro, pues si a final de mes veo que un trabajador ha hecho mas de 40 horas a la semana, aunque el computo sea anual, pues las horas extras de ese mes la puedo compensar con horas de descanso y que no venga a trabajar y se pone asi en el registro horario.Y creo que las horas extras si no se pagan no hay que cotizarlas, lo que no sé si son compensadas hay que ponerlas en la nomina o darle una copia del registro al trabajador.
un saludo
10/07/2019 19:38
Alvareli
Hola,

como bien te indicaban, en tu convenio viene especificado todos esos detalles que preguntas.

En el registro, entiendo que tiene que venir un campo/apartado/columna para poner las horas ordinarias y al lado las extraordinarias o complementarias, y al final la suma de estas como total.

Yo solo quería apuntar como info complementaria a lo comentado, que es muy importante poner la hora real de entrada y hora real de salida por si en el trayecto de casa al trabajo y del trabajo a casa hubiera algún accidente, se considerara "in itinere" como accidente laboral. Por eso es importante poner el total (horas ordinarias extraordinarias o complementarias) de horas trabajadas para reflejar cuando entras y sales del centro de trabajo.