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reincidencia delito seguridad vial

6 Comentarios
 
Reincidencia delito seguridad vial
05/05/2012 17:31
hola buenas tardes,con la última reforma del código penal,en los delitos de conducir bajo los efectos de bebidas alcoholicas,sólo se puede condenar a multa,prisión o trabajos ( sólo a una de la tres),"aparte de la retirada del permiso",pero si la persona es reincidente ¿sólo se le puede condenar tb a una de las 3?,o se le pude condenar a multa y trabajos aparte de la retirada,gracias
05/05/2012 17:50
Uff, hombre, mira a ver si podeis llegar a un acuerdo, que lo tienes muy crudo, acude a tu abogado.
05/05/2012 18:02
Sólo a una. Ojito, que hay fiscales que tienen la manía de pedir prisión para todos los reincidentes.
06/05/2012 02:06
gracias por las respuestas,si al fiscal le da por pedir prisión,veis posible negociar la prisión por una multa o x dias de trabajos por no ser reo habitual,o el fiscal podria pedir prision y trabajos (las dos cosas),a cambio de no entrar en la cárcel,gracias
07/05/2012 13:59
Lo que tienes que hacer compañero, es no volver a conducir si has bebido. Concienciate.

No serías el primero que por una tontería (alcoholemia, pelea, etc..) va a la cárcel.

Mucho cuidado, y mucha suerte.
07/05/2012 14:23
si tiene razón,todos en algún momento de la vida debemos concienciarnos de algún fallo que cometemos,incluído usted "la perfección no existe"
07/05/2012 14:31
con la reforma del código penal aunque seas reincidente sólo se te condenará a una,cárcel,o multa,o prisión (ojo no es lo mismo reincidencia que multirreincidencia),si sólo eres reincidente aunque el fiscal te solicite cárcel,facilmente se llega a un acuerdo de sustición de pena (multa o trabajos,sólo una de las 2),se te sustitute aún más fácil con el articulo 94 por no ser reo habitual,supongo que estoy acertado en mi respuesta si no es así agradecería me rectificaran
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Reincidencia delito seguridad vial
05/05/2012 17:31
hola buenas tardes,con la última reforma del código penal,en los delitos de conducir bajo los efectos de bebidas alcoholicas,sólo se puede condenar a multa,prisión o trabajos ( sólo a una de la tres),"aparte de la retirada del permiso",pero si la persona es reincidente ¿sólo se le puede condenar tb a una de las 3?,o se le pude condenar a multa y trabajos aparte de la retirada,gracias
05/05/2012 17:50
Uff, hombre, mira a ver si podeis llegar a un acuerdo, que lo tienes muy crudo, acude a tu abogado.
05/05/2012 18:02
Sólo a una. Ojito, que hay fiscales que tienen la manía de pedir prisión para todos los reincidentes.
06/05/2012 02:06
gracias por las respuestas,si al fiscal le da por pedir prisión,veis posible negociar la prisión por una multa o x dias de trabajos por no ser reo habitual,o el fiscal podria pedir prision y trabajos (las dos cosas),a cambio de no entrar en la cárcel,gracias
07/05/2012 13:59
Lo que tienes que hacer compañero, es no volver a conducir si has bebido. Concienciate.

No serías el primero que por una tontería (alcoholemia, pelea, etc..) va a la cárcel.

Mucho cuidado, y mucha suerte.
07/05/2012 14:23
si tiene razón,todos en algún momento de la vida debemos concienciarnos de algún fallo que cometemos,incluído usted "la perfección no existe"
07/05/2012 14:31
con la reforma del código penal aunque seas reincidente sólo se te condenará a una,cárcel,o multa,o prisión (ojo no es lo mismo reincidencia que multirreincidencia),si sólo eres reincidente aunque el fiscal te solicite cárcel,facilmente se llega a un acuerdo de sustición de pena (multa o trabajos,sólo una de las 2),se te sustitute aún más fácil con el articulo 94 por no ser reo habitual,supongo que estoy acertado en mi respuesta si no es así agradecería me rectificaran