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Reincorporación de incapacidad permanente con erte

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Reincorporación de incapacidad permanente con erte
15/12/2020 23:38
Buenas tardes,
pertenezco a la Junta Directiva de una pequeña Asociación que se dedica a gestionar un espacio de acompañamiento infantil. Es una especie de guardería de niños de 1 a 3 años pero que opera como una asociación.
La asociación tiene 3 empleadas que son las acompañantes de los niños, y estos son únicos cargos disponibles y remunerados.
En el año 2017 una de las acompañantes fundadoras del proyecto ha sida diagnosticada con una enfermedad grave y ha recibido la invalidez primero temporal y a partir de enero del 2019 la incapacidad permanente absoluta con lo cual, la asociación como empleador, tenía el deber de reservar el puesto por 2 años, hasta enero de 2021). En ese momento, se ha realizado todo el procedimiento para suspender el contrato de la trabajadora.
A partir de septiembre de 2019 se decidió incorporar con contrato indefinido a la persona que hacía la sustitución de la trabajadora con la incapacidad y se reservó el dinero de la indemnización para poder hacer un despido improcedente si la trabajadora con la incapacidad, dentro de los 2 años de plazo, pedía reincorporación. Cosa que efectivamente ha ocurrido hace 2 semanas (6 semanas antes de extinguirse el período de reserva del puesto), cuando le han dado la resolución de extinción la incapacidad permanente absoluta.
Si no estuviéramos en 2020, haríamos el despido pagando la indemnización (cosa que además aceptaría sin problema la trabajadora en cuestión) pero, con la situación de la pandemia hemos recurrido a ERTEs para nuestras trabajadoras en los meses de marzo a septiembre. En septiembre se ha incorporado completamente la primera de nuestras empleadas saliendo del ERTE. Haber aplicado el ERTE, según la información que nos da nuestra gestoría, nos inhabilita para despedir a cualquier empleada, incluida la persona que estaba con contrato suspendido por incapacidad. Entonces, nos encontramos en una situación insostenible para la Asociación con riesgo grave de cerrar porque si bien tenemos ahorrado el importe de la indemnización de la trabajadora no tenemos otro capital como para devolver el dinero de los ERTEintereses. Y por otro lado, si readmitimos a la trabajadora esta ya nos ha avisado que se pedirá la baja apenas sea posible porque no se siente capacitada para reincorporarse al trabajo, incluso, en la resolución de extinción de la incapacidad la misma seguridad social admite un diagnóstico actual de "Trastorno adaptativo de humor mixto" pero considerando que esto no afecta su posible desempeño en sus funciones como educadora infantil.
En definitiva, cualquiera de las 2 opciones que se nos presentan representa asumir gastos que actualmente la asociación no se puede permitir.
Con todo lo explicado ¿pensáis que tenemos alguna opción que no se está contemplando?
Muchas gracias por la ayuda que me podáis prestar.
Reincorporación de incapacidad permanente con erte | PorticoLegal
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Reincorporación de incapacidad permanente con erte

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Reincorporación de incapacidad permanente con erte
15/12/2020 23:38
Buenas tardes,
pertenezco a la Junta Directiva de una pequeña Asociación que se dedica a gestionar un espacio de acompañamiento infantil. Es una especie de guardería de niños de 1 a 3 años pero que opera como una asociación.
La asociación tiene 3 empleadas que son las acompañantes de los niños, y estos son únicos cargos disponibles y remunerados.
En el año 2017 una de las acompañantes fundadoras del proyecto ha sida diagnosticada con una enfermedad grave y ha recibido la invalidez primero temporal y a partir de enero del 2019 la incapacidad permanente absoluta con lo cual, la asociación como empleador, tenía el deber de reservar el puesto por 2 años, hasta enero de 2021). En ese momento, se ha realizado todo el procedimiento para suspender el contrato de la trabajadora.
A partir de septiembre de 2019 se decidió incorporar con contrato indefinido a la persona que hacía la sustitución de la trabajadora con la incapacidad y se reservó el dinero de la indemnización para poder hacer un despido improcedente si la trabajadora con la incapacidad, dentro de los 2 años de plazo, pedía reincorporación. Cosa que efectivamente ha ocurrido hace 2 semanas (6 semanas antes de extinguirse el período de reserva del puesto), cuando le han dado la resolución de extinción la incapacidad permanente absoluta.
Si no estuviéramos en 2020, haríamos el despido pagando la indemnización (cosa que además aceptaría sin problema la trabajadora en cuestión) pero, con la situación de la pandemia hemos recurrido a ERTEs para nuestras trabajadoras en los meses de marzo a septiembre. En septiembre se ha incorporado completamente la primera de nuestras empleadas saliendo del ERTE. Haber aplicado el ERTE, según la información que nos da nuestra gestoría, nos inhabilita para despedir a cualquier empleada, incluida la persona que estaba con contrato suspendido por incapacidad. Entonces, nos encontramos en una situación insostenible para la Asociación con riesgo grave de cerrar porque si bien tenemos ahorrado el importe de la indemnización de la trabajadora no tenemos otro capital como para devolver el dinero de los ERTEintereses. Y por otro lado, si readmitimos a la trabajadora esta ya nos ha avisado que se pedirá la baja apenas sea posible porque no se siente capacitada para reincorporarse al trabajo, incluso, en la resolución de extinción de la incapacidad la misma seguridad social admite un diagnóstico actual de "Trastorno adaptativo de humor mixto" pero considerando que esto no afecta su posible desempeño en sus funciones como educadora infantil.
En definitiva, cualquiera de las 2 opciones que se nos presentan representa asumir gastos que actualmente la asociación no se puede permitir.
Con todo lo explicado ¿pensáis que tenemos alguna opción que no se está contemplando?
Muchas gracias por la ayuda que me podáis prestar.