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Relación de gastos extraordinarios.

1 Comentarios
 
26/02/2018 10:09
maria b
Los gastos para los que no hayan transcurrido 5 años sí, si ya ha pasado ese tiempo no.
Además han de ser gastos exigibles, es decir, deben ser gastos necesarios o contar con la autorización del otro progenitor, que en algunos casos puede entenderse como tácita al no oponerse en su momento. Depende mucho del gasto en cuestión y de cómo se produjera.
Relación de gastos extraordinarios.
24/02/2018 15:04
Tengo un hijo que ya está casado y es economicamente independiente desde hace 5 años , pero mi exmarido me pide ahora pasado tanto tiempo el pago de los gastos extraordinarios de mi hijo ( estudios, etc). Lo hace porque estamos inmersos en un proceso de liquidación de los bienes gananciales y para pagarme menos dinero. ¿Puede pedirme esos gastos pasado tanto tiempo ? Yo ya le pagué hasta que mi hijo fué economicamente independiente la pensión de manutención que el juez estipuló ya que mi hijo decidió vivir con mi exmarido, esa pensión por alimentos ya fué más alta de lo normal porque el juez tuvo en cuenta que mi hijo iba a estudiar fuera.. ¿No hay un limite de tiempo para reclamar esos gastos?
Además quiero hacer notar que esos gastos que me reclama son de los estudios que hizo mi hijo en una escuela privada muy cara a la que él quiso enviarlo a estudiar después de la separación, mi situación economica en aquel entonces no era buena y yo esos gastos extraordinarios si me los hubiera reclamado en ese momento tampoco podia pagarlos. ¿Entonces qué pasa que si por capricho de unos de los exconyuges decide enviar a su hijo a estudiar a un centro privado o al extranjero por capricho el otro tiene que pagar esos gastos? Gracias .
Relación de gastos extraordinarios. | PorticoLegal
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26/02/2018 10:09
maria b
Los gastos para los que no hayan transcurrido 5 años sí, si ya ha pasado ese tiempo no.
Además han de ser gastos exigibles, es decir, deben ser gastos necesarios o contar con la autorización del otro progenitor, que en algunos casos puede entenderse como tácita al no oponerse en su momento. Depende mucho del gasto en cuestión y de cómo se produjera.
Relación de gastos extraordinarios.
24/02/2018 15:04
Tengo un hijo que ya está casado y es economicamente independiente desde hace 5 años , pero mi exmarido me pide ahora pasado tanto tiempo el pago de los gastos extraordinarios de mi hijo ( estudios, etc). Lo hace porque estamos inmersos en un proceso de liquidación de los bienes gananciales y para pagarme menos dinero. ¿Puede pedirme esos gastos pasado tanto tiempo ? Yo ya le pagué hasta que mi hijo fué economicamente independiente la pensión de manutención que el juez estipuló ya que mi hijo decidió vivir con mi exmarido, esa pensión por alimentos ya fué más alta de lo normal porque el juez tuvo en cuenta que mi hijo iba a estudiar fuera.. ¿No hay un limite de tiempo para reclamar esos gastos?
Además quiero hacer notar que esos gastos que me reclama son de los estudios que hizo mi hijo en una escuela privada muy cara a la que él quiso enviarlo a estudiar después de la separación, mi situación economica en aquel entonces no era buena y yo esos gastos extraordinarios si me los hubiera reclamado en ese momento tampoco podia pagarlos. ¿Entonces qué pasa que si por capricho de unos de los exconyuges decide enviar a su hijo a estudiar a un centro privado o al extranjero por capricho el otro tiene que pagar esos gastos? Gracias .