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Renovación de NIE expedido en 2010

1 Comentarios
 
09/01/2018 01:38
Eyb
Hola:

1.- El certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros que se expide a los nacionales de otros Estados parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, cuando se expide por primera vez, si bien no tiene fecha de caducidad, cuando la persona cumple cinco años de residencia continuada en España tiene derecho a solicitar que le sea expedido un nuevo certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros con indicación expresa de que ha adquirido el derecho de residencia permanente en España ( hay ciudadanos de la Unión que no siempre lo solicitan, pero es conveniente hacerlo).

2.- Lo que sucede es que hasta el año 2012 la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 no había sido correctamentr transpuesta al ordenamiento jurídico español. A partir de abril de 2012, al modificarse el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, se procedió a corregir los errores de transposición que se habían advertido, que básicamente eran:

- Antes bastaba con acreditar que se era nacional de cualquier Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza para solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y obtener la correspondiente certificación con asignación de NIE. Desde abril del año 2012 se exige además, como ya lo estableció desde el principio la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, que debían acreditar hallarse en alguno de los supuestos que permitían el ejercicio del derecho de residencia: ser trabajador por cuenta ajena o propia, ser estudiante matriculado o contar con recursos económicos propios suficientes.

- Asimismo, se ha establecido, como también ya lo decía la mencionada Directiva, que antes de adquirir el derecho de residencia permanente en España, seguirá siendo exigible que el ciudadano de la Unión se encuentre en alguno de los supuestos que hicieron posible el reconocimiento del derecho de residencia en el España.

- La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los últimos años ha ido confirmando lo antes indicado y además, precisando que el hecho de que la persona se encontrase desempleada y cobrando la prestación contributiva por desempleo no comportaba la pérdida de la calidad de trabajador y que por tanto seguía cumpliendo el requisito de serlo para mantener el derecho de residencia.

3.- Por ello, a la fecha es exigible, al momento de solicitar el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros por primera vez y también cuando se solicita la expedición de dicho certificado con la indicación de que se ha adquirido el derecho de residencia permanente en España, la aportación de documentos que acrediten que se es o se sigue siendo trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante matriculado o se cuenta con recursos económicos propos suficientes.

Un cordial saludo.
Renovación de nie expedido en 2010
08/01/2018 16:54
Mi pareja es de UK, solicitó el NIE en 2010 y entonces le dijeron que era para siempre.
Hace 2 años nos fuimos de España y acabamos de volver.

Fuimos a actualizar la dirección q aparece en el papel verde que le dieron entonces y nos han dicho que eso ya no vale y que para darle la nueva tarjeta tiene que cumplir unos requisitos que cambiaron en la reforma de la ley que se hizo en el 2012.
Actualmente no cumple esos requisitos por lo que no se lo renuevan, pero en la ley dice que será aplicada a los que soliciten el NIE a partir de 2012, por lo que entiendo que no se le aplicaría a mi pareja, ya que lo tenía desde el 2010 y deberían actualizarle la información y expedir la nueva tarjeta sin necesidad de presentar los requisitos que indica la ley del 2012.
Deberían renovarlo directamente o por el contrario debe presentar la documentación requerida en la ley del 2012?
Muchas gracias
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09/01/2018 01:38
Eyb
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1.- El certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros que se expide a los nacionales de otros Estados parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, cuando se expide por primera vez, si bien no tiene fecha de caducidad, cuando la persona cumple cinco años de residencia continuada en España tiene derecho a solicitar que le sea expedido un nuevo certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros con indicación expresa de que ha adquirido el derecho de residencia permanente en España ( hay ciudadanos de la Unión que no siempre lo solicitan, pero es conveniente hacerlo).

2.- Lo que sucede es que hasta el año 2012 la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 no había sido correctamentr transpuesta al ordenamiento jurídico español. A partir de abril de 2012, al modificarse el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, se procedió a corregir los errores de transposición que se habían advertido, que básicamente eran:

- Antes bastaba con acreditar que se era nacional de cualquier Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza para solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y obtener la correspondiente certificación con asignación de NIE. Desde abril del año 2012 se exige además, como ya lo estableció desde el principio la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, que debían acreditar hallarse en alguno de los supuestos que permitían el ejercicio del derecho de residencia: ser trabajador por cuenta ajena o propia, ser estudiante matriculado o contar con recursos económicos propios suficientes.

- Asimismo, se ha establecido, como también ya lo decía la mencionada Directiva, que antes de adquirir el derecho de residencia permanente en España, seguirá siendo exigible que el ciudadano de la Unión se encuentre en alguno de los supuestos que hicieron posible el reconocimiento del derecho de residencia en el España.

- La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los últimos años ha ido confirmando lo antes indicado y además, precisando que el hecho de que la persona se encontrase desempleada y cobrando la prestación contributiva por desempleo no comportaba la pérdida de la calidad de trabajador y que por tanto seguía cumpliendo el requisito de serlo para mantener el derecho de residencia.

3.- Por ello, a la fecha es exigible, al momento de solicitar el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros por primera vez y también cuando se solicita la expedición de dicho certificado con la indicación de que se ha adquirido el derecho de residencia permanente en España, la aportación de documentos que acrediten que se es o se sigue siendo trabajador por cuenta ajena o propia, estudiante matriculado o se cuenta con recursos económicos propos suficientes.

Un cordial saludo.
Renovación de nie expedido en 2010
08/01/2018 16:54
Mi pareja es de UK, solicitó el NIE en 2010 y entonces le dijeron que era para siempre.
Hace 2 años nos fuimos de España y acabamos de volver.

Fuimos a actualizar la dirección q aparece en el papel verde que le dieron entonces y nos han dicho que eso ya no vale y que para darle la nueva tarjeta tiene que cumplir unos requisitos que cambiaron en la reforma de la ley que se hizo en el 2012.
Actualmente no cumple esos requisitos por lo que no se lo renuevan, pero en la ley dice que será aplicada a los que soliciten el NIE a partir de 2012, por lo que entiendo que no se le aplicaría a mi pareja, ya que lo tenía desde el 2010 y deberían actualizarle la información y expedir la nueva tarjeta sin necesidad de presentar los requisitos que indica la ley del 2012.
Deberían renovarlo directamente o por el contrario debe presentar la documentación requerida en la ley del 2012?
Muchas gracias