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Renovación de residencia, envío de documentos por correo.

1 Comentarios
 
Renovación de residencia, envío de documentos por correo.
15/11/2017 20:21
Es posible renovar un certificado de residencia de comunitario temporal a permanente después de cumplir 5 años de residencia continua enviando los documentos por medio de correo certificado?
Normalmente se hace con cita y en la comisaria de policia.

Gracias.

Ger
15/11/2017 21:40
Gerardin
Hola:

Usted debe comparecer porque no se inicia propiamente un procedimiento administrativo sino que se constata en el acto si cumple con los requisitos y verificado eso, se le expide inmediatamente el certificado de inscripción en el Registro Central del Extranjeros con derecho a residir con carácter permanente.

En otra entrada ya le he pasado la siguiente información, que le reproduzco:


En el siguiente enlace aparece que para los trámites ante el Cuerpo Nacional de Policía, entre los que se encuentra la solicitud de certificados de inscripción en el Registro Central de Extranjeros de ciudadanos de la Unión ( iniciales y los que certifican que el interesado ha adquirido el derecho de residencia permanente), las personas empadronadas en el Ayuntamiento de cualquier municipio de la provincia de Barcelona pueden solicitar cita en cualquier comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la provincia, con independencia del municipio en el que se encuentre empadronado. De modo que si no le salen citas en Barcelona capital (Rambla Güipúzcoa), pero sí le sale en alguna localidad cercana y a usted le urge hacer su trámite, le conviene solicitar la cita y desplazarse a otra localidad :

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustieb/citar?accion=ac_info&i=es&org=AGE&p=8&t=22&sbt=&nsbt=&dsbt=

Un cordial saludo.
Renovación de residencia, envío de documentos por correo. | PorticoLegal
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Renovación de residencia, envío de documentos por correo.
15/11/2017 20:21
Es posible renovar un certificado de residencia de comunitario temporal a permanente después de cumplir 5 años de residencia continua enviando los documentos por medio de correo certificado?
Normalmente se hace con cita y en la comisaria de policia.

Gracias.

Ger
15/11/2017 21:40
Gerardin
Hola:

Usted debe comparecer porque no se inicia propiamente un procedimiento administrativo sino que se constata en el acto si cumple con los requisitos y verificado eso, se le expide inmediatamente el certificado de inscripción en el Registro Central del Extranjeros con derecho a residir con carácter permanente.

En otra entrada ya le he pasado la siguiente información, que le reproduzco:


En el siguiente enlace aparece que para los trámites ante el Cuerpo Nacional de Policía, entre los que se encuentra la solicitud de certificados de inscripción en el Registro Central de Extranjeros de ciudadanos de la Unión ( iniciales y los que certifican que el interesado ha adquirido el derecho de residencia permanente), las personas empadronadas en el Ayuntamiento de cualquier municipio de la provincia de Barcelona pueden solicitar cita en cualquier comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la provincia, con independencia del municipio en el que se encuentre empadronado. De modo que si no le salen citas en Barcelona capital (Rambla Güipúzcoa), pero sí le sale en alguna localidad cercana y a usted le urge hacer su trámite, le conviene solicitar la cita y desplazarse a otra localidad :

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustieb/citar?accion=ac_info&i=es&org=AGE&p=8&t=22&sbt=&nsbt=&dsbt=

Un cordial saludo.