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Renovación y ampliación ascensor

5 Comentarios
 
Renovación y ampliación ascensor
05/02/2020 10:35
Hola:
He buscado en el foro pero no he encontrado un caso similar.
Pertenezco a una comunidad de vecinos que tiene dos portales y cuatro ascensores. Los dos portales están comunicados en todos los niveles (en el el bajo y luego en todos los pisos).
Los bajos no llegan al nivel de suelo de la calle, pero en uno de los portales hay un salvaescaleras que sí lo hace.
Los dos ascensores de uno de los portales no tienen el tamaño suficiente para que entre una silla de ruedas, pero en el ascensor del otro portal sí cabe perfectamente.
Los vecinos del portal de los ascensores pequeños quieren renovar uno de los ascensores, ampliándolo en sus dimensiones para que quepa una silla de ruedas, implicando con ello eliminar una de las escaleras de servicio (la que está en su portal).
Mis preguntas son:
¿Qué mayoría de votos es necesaria para la aprobación en Junta de la obra de este nuevo ascensor?
Al eliminar uno de los elementos comunes de la Comunidad (una escalera de servicio de su portal) ¿no necesitan de unanimidad de votos para la aprobación de la obra?
Si mi voto es negativo, ¿estoy obligado al pago de mi parte correspondiente?
Gracias de antemano a quien me pueda ayudar.
Un saludo,
05/02/2020 14:03
axlpendergast
Muy interesante el tema.

De momento me reservo mi opinión sobre tu tema, pero te hago estas preguntas:

1 ¿Estáis constituidos como una sola comunidad?

2 ¿Están repartidas las cuotas de participación fijadas en el titulo constitutivo entre los dos portales (seriáis una sola comunidad), o cada portal tiene repartida su propia cuota?.

3 ¿Como se pago el salva escaleras?

4 ¿Tu tienes llave del otro portal y por lo tanto puedes entrar a tu vivienda por ambos portales?

podía hacer mas preguntas, pero con estas bastan. es un tema muy complicado y no me quiero "mojar" porque hay muchas dudas.

Saludos y suerte.
05/02/2020 16:13
juanchito
Hola, juanchito. Te respondo a tus preguntas:
1. Sí, estamos constituidos como una sola comunidad.
2. Tenemos repartidas las cuotas de participación fijadas en el titulo constitutivo entre los dos portales, somos una sola comunidad.
3. El salva escaleras se pagó entre los dos portales.
4. Tengo llave del otro portal, puedo entrar a mi vivienda por ambos portales. Las cerraduras de ambos portales son idénticas. Todos los vecinos pueden entrar por ambos portales.
Añado un hecho: Hace años, tuvimos que poner un nuevo ascensor en mi portal, y los vecinos del otro portal se negaron a pagarlo, por lo que los gastos corrieron por parte sólo de los vecinos de mi portal. Sin embargo, ahora se pretende que el nuevo ascensor del otro portal lo pague toda la comunidad.
Gracias por responder y un saludo,
05/02/2020 17:11
axlpendergast
A ver axlpendergast:

Hace unos días un amigo me pidió consejo por el siguiente caso que podía servirte a ti.

Es discapacitado pero no va en sillas de ruedas, tiene un garaje en una mancomunidad que hay locales y pisos, hay dos entradas a esa mancomunidad, una en la que hay que salvar cuatro escalones que es la que mejor le viene para acceder a su plaza de garaje, y otra a cincuenta metros a ras de calle que le viene peor.

Solicito la supresión de esos cuatro escalones para salvar esa barrera arquitectónica a la comunidad general y como las comunidades de pisos tienen mas de los 3/5 se lo denegaron
en una junta general, solo le quedaba la impugnación, ¿que puede hacer mi amigo?.

Mi consejo fue que no impugnara ese acuerdo, que pasara olímpicamente de ese tema. porque puede que S. S. dictara una sentencia de que habiendo otra entrada a ras de suelo, incluso si fuera en silla de rueda la podía utilizar, no merecía la pena exponerse aun teniendo razón, pagar al abogado, amen de procurador, amen de costas, amen de enemigos porque esa comunidad es muy problemática etc.
La cuestión es que la persona que tenga la mala suerte de ser un discapacitado e ir en silla de ruedas, tiene la opción de entrar por cualquier de los dos portales, y emplear el ascensor comunitario mas grande y como se comunican ambos portales, no tendrá problemas para ir a su vivienda.

Conclusión no hace falta para nada el cambio de ese ascensor, y si se empeñan que decimos en Aragon, que lo paguen ellos.pero no con el dinero de la comunidad, que sea a escote entre ellos, como hicieron con vosotros.
Si llegáis a los tribunales seguro que pasaría como el caso de mi amigo, su S. S. diria "si hay ya un ascensor preparado para una silla de ruedas en la comunidad, aunque es mejor emplear el de su portal, no hace falta que se haga el cambio"
A esta cuestión no olvidemos que hay que eliminar una escalera comunitaria, que se necesita la unanimidad de todos los propietarios.

Si los dos portales fueran comunidades distintas hubiera sido otro cantar, en tu caso el sentido comun es lo que tiene que prevalecer, creo que en tu comunidad hay muy poco.

Saludos y suerte.
05/02/2020 18:48
juanchito
Hola, juanchito:
Gracias por la repuesta, es la misma conclusión a la que yo llegué al repasar la LPH, pero claro, el derecho siempre es interpretable...
Además, en estos momentos no hay ninguna persona con discapacidad física en el otro portal, lo quieren hacer sólo para prever el futuro. Y por supuesto, actualmente están usando nuestro ascensor cuando quieren cargar objetos grandes, aunque no pagaron por él.
Un saludo,
05/02/2020 21:24
axlpendergast
ustedes hace años cometieron un gran error y fue admitir que el otro portal no abonase la parte del ascensor que les correspondía
Renovación y ampliación ascensor | PorticoLegal
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Renovación y ampliación ascensor
05/02/2020 10:35
Hola:
He buscado en el foro pero no he encontrado un caso similar.
Pertenezco a una comunidad de vecinos que tiene dos portales y cuatro ascensores. Los dos portales están comunicados en todos los niveles (en el el bajo y luego en todos los pisos).
Los bajos no llegan al nivel de suelo de la calle, pero en uno de los portales hay un salvaescaleras que sí lo hace.
Los dos ascensores de uno de los portales no tienen el tamaño suficiente para que entre una silla de ruedas, pero en el ascensor del otro portal sí cabe perfectamente.
Los vecinos del portal de los ascensores pequeños quieren renovar uno de los ascensores, ampliándolo en sus dimensiones para que quepa una silla de ruedas, implicando con ello eliminar una de las escaleras de servicio (la que está en su portal).
Mis preguntas son:
¿Qué mayoría de votos es necesaria para la aprobación en Junta de la obra de este nuevo ascensor?
Al eliminar uno de los elementos comunes de la Comunidad (una escalera de servicio de su portal) ¿no necesitan de unanimidad de votos para la aprobación de la obra?
Si mi voto es negativo, ¿estoy obligado al pago de mi parte correspondiente?
Gracias de antemano a quien me pueda ayudar.
Un saludo,
05/02/2020 14:03
axlpendergast
Muy interesante el tema.

De momento me reservo mi opinión sobre tu tema, pero te hago estas preguntas:

1 ¿Estáis constituidos como una sola comunidad?

2 ¿Están repartidas las cuotas de participación fijadas en el titulo constitutivo entre los dos portales (seriáis una sola comunidad), o cada portal tiene repartida su propia cuota?.

3 ¿Como se pago el salva escaleras?

4 ¿Tu tienes llave del otro portal y por lo tanto puedes entrar a tu vivienda por ambos portales?

podía hacer mas preguntas, pero con estas bastan. es un tema muy complicado y no me quiero "mojar" porque hay muchas dudas.

Saludos y suerte.
05/02/2020 16:13
juanchito
Hola, juanchito. Te respondo a tus preguntas:
1. Sí, estamos constituidos como una sola comunidad.
2. Tenemos repartidas las cuotas de participación fijadas en el titulo constitutivo entre los dos portales, somos una sola comunidad.
3. El salva escaleras se pagó entre los dos portales.
4. Tengo llave del otro portal, puedo entrar a mi vivienda por ambos portales. Las cerraduras de ambos portales son idénticas. Todos los vecinos pueden entrar por ambos portales.
Añado un hecho: Hace años, tuvimos que poner un nuevo ascensor en mi portal, y los vecinos del otro portal se negaron a pagarlo, por lo que los gastos corrieron por parte sólo de los vecinos de mi portal. Sin embargo, ahora se pretende que el nuevo ascensor del otro portal lo pague toda la comunidad.
Gracias por responder y un saludo,
05/02/2020 17:11
axlpendergast
A ver axlpendergast:

Hace unos días un amigo me pidió consejo por el siguiente caso que podía servirte a ti.

Es discapacitado pero no va en sillas de ruedas, tiene un garaje en una mancomunidad que hay locales y pisos, hay dos entradas a esa mancomunidad, una en la que hay que salvar cuatro escalones que es la que mejor le viene para acceder a su plaza de garaje, y otra a cincuenta metros a ras de calle que le viene peor.

Solicito la supresión de esos cuatro escalones para salvar esa barrera arquitectónica a la comunidad general y como las comunidades de pisos tienen mas de los 3/5 se lo denegaron
en una junta general, solo le quedaba la impugnación, ¿que puede hacer mi amigo?.

Mi consejo fue que no impugnara ese acuerdo, que pasara olímpicamente de ese tema. porque puede que S. S. dictara una sentencia de que habiendo otra entrada a ras de suelo, incluso si fuera en silla de rueda la podía utilizar, no merecía la pena exponerse aun teniendo razón, pagar al abogado, amen de procurador, amen de costas, amen de enemigos porque esa comunidad es muy problemática etc.
La cuestión es que la persona que tenga la mala suerte de ser un discapacitado e ir en silla de ruedas, tiene la opción de entrar por cualquier de los dos portales, y emplear el ascensor comunitario mas grande y como se comunican ambos portales, no tendrá problemas para ir a su vivienda.

Conclusión no hace falta para nada el cambio de ese ascensor, y si se empeñan que decimos en Aragon, que lo paguen ellos.pero no con el dinero de la comunidad, que sea a escote entre ellos, como hicieron con vosotros.
Si llegáis a los tribunales seguro que pasaría como el caso de mi amigo, su S. S. diria "si hay ya un ascensor preparado para una silla de ruedas en la comunidad, aunque es mejor emplear el de su portal, no hace falta que se haga el cambio"
A esta cuestión no olvidemos que hay que eliminar una escalera comunitaria, que se necesita la unanimidad de todos los propietarios.

Si los dos portales fueran comunidades distintas hubiera sido otro cantar, en tu caso el sentido comun es lo que tiene que prevalecer, creo que en tu comunidad hay muy poco.

Saludos y suerte.
05/02/2020 18:48
juanchito
Hola, juanchito:
Gracias por la repuesta, es la misma conclusión a la que yo llegué al repasar la LPH, pero claro, el derecho siempre es interpretable...
Además, en estos momentos no hay ninguna persona con discapacidad física en el otro portal, lo quieren hacer sólo para prever el futuro. Y por supuesto, actualmente están usando nuestro ascensor cuando quieren cargar objetos grandes, aunque no pagaron por él.
Un saludo,
05/02/2020 21:24
axlpendergast
ustedes hace años cometieron un gran error y fue admitir que el otro portal no abonase la parte del ascensor que les correspondía