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Renovar contrato alquiler

2 Comentarios
 
04/07/2017 17:05
villega
Cuidado; hay que afinar más: no es antes o despues del 2013, sino antes o despues del 6 de junio del 2013
04/07/2017 13:35
villega
-Si el contrato se firmo posteriormente al año 2013 la repuesta la encuentra en el Artículo 10 LAU: Prórroga del contrato

1. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.


-Si el contrato se firmo anteriormente al año 2013 la repuesta la encuentra en el Artículo 10 LAU: Prórroga del contrato

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Renovar contrato alquiler
04/07/2017 12:16
Tengo alquilado un piso y vence el contrato el 3 de septiembre, si no renovamos el contrato, ?por cuantos años queda prorrogado ¿
Yo no quiero hacer un nuevo contrato por cinco años, ya que tengo intención de venderlo y al inquilino no le interesa.
Saludos cordiales y gracias.
Renovar contrato alquiler | PorticoLegal
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villega
Cuidado; hay que afinar más: no es antes o despues del 2013, sino antes o despues del 6 de junio del 2013
04/07/2017 13:35
villega
-Si el contrato se firmo posteriormente al año 2013 la repuesta la encuentra en el Artículo 10 LAU: Prórroga del contrato

1. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.


-Si el contrato se firmo anteriormente al año 2013 la repuesta la encuentra en el Artículo 10 LAU: Prórroga del contrato

Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Renovar contrato alquiler
04/07/2017 12:16
Tengo alquilado un piso y vence el contrato el 3 de septiembre, si no renovamos el contrato, ?por cuantos años queda prorrogado ¿
Yo no quiero hacer un nuevo contrato por cinco años, ya que tengo intención de venderlo y al inquilino no le interesa.
Saludos cordiales y gracias.