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renovar tarjeta comunitaria inicial (1 año)

2 Comentarios
 
27/05/2014 18:22
Gracias. Ya puse la queja y pregunté también al respecto a la oficina de extranjería de Barcelona vía email.

La duda que tengo ahora, es de no poder hacer nada, lo que seria injusto, y tener que repetir el proceso, que impreso debo llevar y que documentos, los mismos que la otra vez?
27/05/2014 16:49
Hola:

La tarjeta de residencia como familiar extracomunitario de ciudadano de la Unión se debe conceder, a falta de indicación precisa de un tiempo menor de permanencia previsto en España por el familiar ciudadano de la Unión o asimilado que da derecho a su expedición, por un período de 5 años. En este supuesto, estamos ante un nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea (excepto la propia España), Espacio Económico Europeo o Suiza, que ha ejercido su derecho de residencia en España mediante la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dado que esa persona debe primeramente realizar la gestión indicada, donde deberá decir el tiempo que tiene previsto permanecer en España, será luego de ello que su familiar extracomunitario podrá pedir la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión: si ha indicado un tiempo inferior a 5 años, el certificado tendrá esa vigencia y asimismo, la tarjeta para el familiar extracomunitario. Si no lo ha indicado, se debe conceder por 5 años.

Cuando se trata de familiares de españoles, la tarjeta debe concederse siempre por 5 años. El motivo es muy sencillo: a los españoles no se les puede requerir que acrediten un tiempo previsto de permanencia en España, pues son nacionales del país y tienen pleno derecho a residir en su territorio, derecho que siempre tiene carácter incondicional. Y si a un nacional no se le puede requerir tal dato, a sus familiares a quienes les resulta de aplicación el régimen comunitario, se les debe expedir la tarjeta por el tiempo máximo posible que establece la normativa : 5 años.

Si, por error de la Administración se ha concedido una tarjeta por un año (que, si en efecto, así ha sido, sería contrario a lo previsto en la normativa y usted debería denunciarlo a la Defensoría del Pueblo), debe solicitar la renovación de la tarjeta. Deben expedirle una por 5 años. La permanente se concede cuando se ha residido, de forma continuada, durante 5 años en España.

Un cordial saludo.
Renovar tarjeta comunitaria inicial (1 año)
26/05/2014 20:51
Hola, dentro de poco me toca renovar la tarjeta comunitaria, esta ha tenido una vigencia de 1 año solamente, debido a que según el funcionario, el seguro médico privado tenia una validez anual..

El caso es que necesito saber que tarjeta corresponde ahora, si la permanente u otra vez una de 1 año..

Que impreso necesito rellenar, el EX-16, 18 o el 19?.. necesito traducir y apostillar el certificado de estado civil otra vez? Somos pareja de hecho desde hace 1 año, inscritos en el registro de parejas de hecho mediante acta notarial
renovar tarjeta comunitaria inicial (1 año) | PorticoLegal
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renovar tarjeta comunitaria inicial (1 año)

2 Comentarios
 
27/05/2014 18:22
Gracias. Ya puse la queja y pregunté también al respecto a la oficina de extranjería de Barcelona vía email.

La duda que tengo ahora, es de no poder hacer nada, lo que seria injusto, y tener que repetir el proceso, que impreso debo llevar y que documentos, los mismos que la otra vez?
27/05/2014 16:49
Hola:

La tarjeta de residencia como familiar extracomunitario de ciudadano de la Unión se debe conceder, a falta de indicación precisa de un tiempo menor de permanencia previsto en España por el familiar ciudadano de la Unión o asimilado que da derecho a su expedición, por un período de 5 años. En este supuesto, estamos ante un nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea (excepto la propia España), Espacio Económico Europeo o Suiza, que ha ejercido su derecho de residencia en España mediante la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dado que esa persona debe primeramente realizar la gestión indicada, donde deberá decir el tiempo que tiene previsto permanecer en España, será luego de ello que su familiar extracomunitario podrá pedir la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión: si ha indicado un tiempo inferior a 5 años, el certificado tendrá esa vigencia y asimismo, la tarjeta para el familiar extracomunitario. Si no lo ha indicado, se debe conceder por 5 años.

Cuando se trata de familiares de españoles, la tarjeta debe concederse siempre por 5 años. El motivo es muy sencillo: a los españoles no se les puede requerir que acrediten un tiempo previsto de permanencia en España, pues son nacionales del país y tienen pleno derecho a residir en su territorio, derecho que siempre tiene carácter incondicional. Y si a un nacional no se le puede requerir tal dato, a sus familiares a quienes les resulta de aplicación el régimen comunitario, se les debe expedir la tarjeta por el tiempo máximo posible que establece la normativa : 5 años.

Si, por error de la Administración se ha concedido una tarjeta por un año (que, si en efecto, así ha sido, sería contrario a lo previsto en la normativa y usted debería denunciarlo a la Defensoría del Pueblo), debe solicitar la renovación de la tarjeta. Deben expedirle una por 5 años. La permanente se concede cuando se ha residido, de forma continuada, durante 5 años en España.

Un cordial saludo.
Renovar tarjeta comunitaria inicial (1 año)
26/05/2014 20:51
Hola, dentro de poco me toca renovar la tarjeta comunitaria, esta ha tenido una vigencia de 1 año solamente, debido a que según el funcionario, el seguro médico privado tenia una validez anual..

El caso es que necesito saber que tarjeta corresponde ahora, si la permanente u otra vez una de 1 año..

Que impreso necesito rellenar, el EX-16, 18 o el 19?.. necesito traducir y apostillar el certificado de estado civil otra vez? Somos pareja de hecho desde hace 1 año, inscritos en el registro de parejas de hecho mediante acta notarial