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Renta activa de inserción

1 Comentarios
 
Renta activa de inserción
09/09/2003 11:51
Un cordial saludo a todos los/as compañeros/as del foro.
Después de las vacaciones de agosto me incorporo al foro, agradeciendo vuestras preguntas y respuestas y deseando que el foro continue con esta participación tan estupenda.

Aprovecho la ocasión para informaros que con fecha 6/8/2003, se publicó en el BOE nº 187, el Real Decreto 945/2003, por el que se regula la Renta Activa de Inserción, para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

El programa va dirigido a desempleados en situación de necesidad y cuyas posibilidades de ocupación son menores por ser mayores de 45 años, parados de larga duración o emigrantes retornados o por ser parados de cualquier edad, discapacitados o víctimas de violencia doméstica siempre que, en cada caso, reúnan los requisitos exigidos para ser beneficiarios de éste.

Las personas que reúnan los requisitos exigidos pueden acceder a un programa de inserción laboral y recibir una renta igual al 75% del SMI durante un máximo de 10 meses, mientras se continue en el programa.

La solicitud se puede realizar hasta el 31 de Diciembre de 2003.

Saludos.


09/09/2003 22:11
Un cordial saludo, también, para ti compañero. Espero que hayas venido "rubio", ya que todo el mundo viene achicharrado por el sol.
Renta activa de inserción | PorticoLegal
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09/09/2003 11:51
Un cordial saludo a todos los/as compañeros/as del foro.
Después de las vacaciones de agosto me incorporo al foro, agradeciendo vuestras preguntas y respuestas y deseando que el foro continue con esta participación tan estupenda.

Aprovecho la ocasión para informaros que con fecha 6/8/2003, se publicó en el BOE nº 187, el Real Decreto 945/2003, por el que se regula la Renta Activa de Inserción, para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

El programa va dirigido a desempleados en situación de necesidad y cuyas posibilidades de ocupación son menores por ser mayores de 45 años, parados de larga duración o emigrantes retornados o por ser parados de cualquier edad, discapacitados o víctimas de violencia doméstica siempre que, en cada caso, reúnan los requisitos exigidos para ser beneficiarios de éste.

Las personas que reúnan los requisitos exigidos pueden acceder a un programa de inserción laboral y recibir una renta igual al 75% del SMI durante un máximo de 10 meses, mientras se continue en el programa.

La solicitud se puede realizar hasta el 31 de Diciembre de 2003.

Saludos.


09/09/2003 22:11
Un cordial saludo, también, para ti compañero. Espero que hayas venido "rubio", ya que todo el mundo viene achicharrado por el sol.