Tengo un local de negocio con las siguientes características:
- Persona física con contrato realizado en 1940
- Fallecimiento del arrendatario (su padre) y subrogación de su hija en 1983.
Mi pregunta es: la subrogación se produjo antes de la entrada en vigor de la LAU. ¿el contrato se extingue al fallecimiento de la ahora arrendataria o el 1 de enero de 2015?
Nadie me puede ayudar? es que no tengo claro si se extinguiría el contrato en dicha fecha o por lo contrario no le afectaría, al haber entrado en vigor la ley posteriormente. Irretroactividad?
Hola Satisosaso. En mi opinión se extinguirá al fallecimiento de la actual arrendataria, ya que sería de aplicación el art 60 LAU 1964 al producirse la subrogación con anterioridad a la entrada en vigor de la LAU 1994.