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Renuncia de un socio en una S.L

3 Comentarios
 
Renuncia de un socio en una s.l
11/05/2009 20:38
Buenos dias

Somos dos socios en una S.L
Tengo 51 % y el otro 44 %
Mi socio quiere renunciar. Cuales son mis obligaciones.
Tengo que darle su parte corespondiente. Como se calcula ?

Gracias
12/05/2009 19:56
Hola, a mi tambien me interesa mucho este tema, podríais responder, muchas gracias
13/05/2009 11:27
Todo depende de la situación de la empresa.

le recomiendo que hable con un abogado de su zona, que toque temas societarios.

Para valorar las acciones, lo normal es a través de una auditoria, para ver la situación real de la empresa, y a aprtir de alli, ver el valor de la empresa, y este valor dividirlo por el número de participaciones.
14/05/2009 15:01
Leob:

Una sociedad no es un trabajo en si al cual se pueda renunciar. Los socios tienen derecho a separarse de la sociedad siempre que concurra alguna de las causas estipuladas por la ley o por los estatutos. Esto quiere decir que si no concurre una causa legal de separación o si la separación de los socios no está contemplada en los estatutos, tu socio no podrá separarse. Eventualmente cabe la opción de que tu compres su parte al precio que libremente acordeis y por tanto no sujeto al valor nominal.
Por otra parte los porcentajes que mencionas no son correctos por ambos sumaríais 95% y en consecuencia falta un 5% mas.

Te recomiendo, como ya he hecho, que veas a tu abogado.

Un saludo

SILVA ORTIZ Abogados.
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Renuncia de un socio en una S.L

3 Comentarios
 
Renuncia de un socio en una s.l
11/05/2009 20:38
Buenos dias

Somos dos socios en una S.L
Tengo 51 % y el otro 44 %
Mi socio quiere renunciar. Cuales son mis obligaciones.
Tengo que darle su parte corespondiente. Como se calcula ?

Gracias
12/05/2009 19:56
Hola, a mi tambien me interesa mucho este tema, podríais responder, muchas gracias
13/05/2009 11:27
Todo depende de la situación de la empresa.

le recomiendo que hable con un abogado de su zona, que toque temas societarios.

Para valorar las acciones, lo normal es a través de una auditoria, para ver la situación real de la empresa, y a aprtir de alli, ver el valor de la empresa, y este valor dividirlo por el número de participaciones.
14/05/2009 15:01
Leob:

Una sociedad no es un trabajo en si al cual se pueda renunciar. Los socios tienen derecho a separarse de la sociedad siempre que concurra alguna de las causas estipuladas por la ley o por los estatutos. Esto quiere decir que si no concurre una causa legal de separación o si la separación de los socios no está contemplada en los estatutos, tu socio no podrá separarse. Eventualmente cabe la opción de que tu compres su parte al precio que libremente acordeis y por tanto no sujeto al valor nominal.
Por otra parte los porcentajes que mencionas no son correctos por ambos sumaríais 95% y en consecuencia falta un 5% mas.

Te recomiendo, como ya he hecho, que veas a tu abogado.

Un saludo

SILVA ORTIZ Abogados.