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Renuncia herencia

1 Comentarios
 
Renuncia herencia
16/03/2019 13:26
Tengo una duda, somos tres hermanos, al morir mi padre en el testamento dice a sus tres hijos a partes iguales yo he renunciado a la herencia ya que mis padres durante años me han dado cerca de 100.000 ellos están con división judicial de la herencia porque no se ponen de acuerdo, según me informaron en el cuaderno particional salíamos a 30.000 euros cada uno por los bienes que había.
pueden reclamar que yo devuelva los 100.000 euros, o tienen que informar al contador partidor?
crei que al renunciar no tendría que devolverlos, o ya estaría compensado no llevándome mi parte de bienes por 30.000?

gracias por su respuesta
17/03/2019 12:17
Jesusmont
Los 100.000 euros son un crédito que tiene la masa hereditaria contra usted, y que cofiguran un capítulo absolutamente independiente de la renuncia a la herencia, pues en el primer caso se trata de un activo contable y en el segundo una decisión personal no conectada jurídicamente a ese activo. Por lo tanto, si es el caso, le deberá usted a sus hermanos 100.000 euros en el caso de que integren documentadamente esa herencia a la masa hereditaria.
Renuncia herencia | PorticoLegal
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Renuncia herencia
16/03/2019 13:26
Tengo una duda, somos tres hermanos, al morir mi padre en el testamento dice a sus tres hijos a partes iguales yo he renunciado a la herencia ya que mis padres durante años me han dado cerca de 100.000 ellos están con división judicial de la herencia porque no se ponen de acuerdo, según me informaron en el cuaderno particional salíamos a 30.000 euros cada uno por los bienes que había.
pueden reclamar que yo devuelva los 100.000 euros, o tienen que informar al contador partidor?
crei que al renunciar no tendría que devolverlos, o ya estaría compensado no llevándome mi parte de bienes por 30.000?

gracias por su respuesta
17/03/2019 12:17
Jesusmont
Los 100.000 euros son un crédito que tiene la masa hereditaria contra usted, y que cofiguran un capítulo absolutamente independiente de la renuncia a la herencia, pues en el primer caso se trata de un activo contable y en el segundo una decisión personal no conectada jurídicamente a ese activo. Por lo tanto, si es el caso, le deberá usted a sus hermanos 100.000 euros en el caso de que integren documentadamente esa herencia a la masa hereditaria.