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Renuncia pensión alimenticia

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
24/04/2012 11:50
Opinion por lo de documento privado pues poca. Yo de lo que no he vivido y no he tratado pues ni debo ni puedo opinar. Si de lo que he pasado, de lo que he reclamado y de lo que me ha funcionado. Espero que te asesoren bien. Lo que a veces pasa es que todo esto de tener que pasar por juzgado asusta, temor a represalias...normal! Yo también las tuve en su momento, pero eso no me debilitó ni influyó en mi manera de actuar. Me he acogido a las leyes que son las que me amparan y nunca, nunca nunca he sido denunciada ni demandada por nada, menos por temas de hijos o pareja. No he incumplido sentencias (tambien estoy obligada a cumplirla siendo demandante, ojo). no quisiera ser repetitiva pero si algún dia te ves en la necesidad de acudir a la justicia (por ejemplo por lo que comentabas que si a los años el padre regresa), para reclamar pensiones, etc habrás tenido que pasar antes y necesariamente por ella. Cualquier abogado te lo dirá. Tengo 6 abogados, y conocidos otros tantos y siempre me han recalcado esto mucho.Suerte wapa!
24/04/2012 11:34
Gracias auga. Gracias por la respuesta y por contar tu experiencia, la verdad que es siempre de utilidad escuchar a personas que han pasado por lo mismo y sobre todo te da fuerza e ilusión. Gracias tesoro. Voy a pasar a otra post las dudas sobre posible documento privado, agradecería también tu opinión. Un besito.
24/04/2012 10:24
Friosl, la renuncia a la patria potestad nada de nada por que la ley no lo contempla. Otra cosa... dices: "convenio regulador pasado por juzgado y documento privado"... o una cosa o la otra... validez el convenio regulador por juzgado. Otra cosita más.... comentas si de aquí a diez años vuelve. Mira si realmente el dejar de visitar y de pagar es lo que va a hacer, en diez años tienes tiempo mas que suficiente para solicitar una privacion de patria potestad. De todas maneras puedes solicitar ahora en via civil (aparte del tema pension y visitas) que se te sea atribuido el : ejercicio exclusivo de la patria potestad. Yo no se si acertaria dando consejor asi que prefiero exponer mi caso y que a quien convenga sirva de ejemplo o referente. (tanto a padres como a madres). Hay quien me ha dicho que si se ha ido para que hago nada, si asi no molesta, que ya puedo dormir tranquila, pero el que está pasando por esto como yo sabe que podemos tener la conciencia limpia pero la tranquilidad absoluta no... por que son temas que mientras no se van resolviendo nos producen mucha angustia... pero que se resuelven. Mi modo de pensar es que: como podemos reclamar algo por via legal que no ha pasado y se ha regulado por ésta y esperar el resultado justo? Yo he intentado hacerlo lo mejor posible, asesorandome muuuuuucho.
24/04/2012 10:07
Gracias auga, la verdad que tú lo has hecho como se debe hacer y me alegro que le hayan privado de la patria potestad a tu ex, ya que como bien dices duele que hayan pasado y sigan pasando de un hijo.
Yo voy a hacer el convenio regulador pasado por el juzgado, pero él sé de antemano que no quiere pagar ni ver al niño, y tiene muy pero que muy mala leche y es muy hipócrita, se ha encabezonado en que se firme un documento privado donde él no tiene visitas y yo no cobro la pensión del niño, y mi duda es si el dentro de diez años decide que quiere volver a ver al niño o se niega a firmarme la renuncia a la patria potestad para adoptar, con convenio regulador pasado por juzgado y documento privado dónde conste lo que he mencionado, puedo tener el arma de la pensión retroactiva de cinco años?
24/04/2012 09:25
Para reclamar una pensión con caracter retroactivo te comento: solo se pueden reclamar las pensiones alimenticias y las subidas correspondientes al IPC anual de los últimos 5 años que estén debidamente recogidas en un convenio regulador por sentencia firme (nada de privado).
24/04/2012 09:21
Yo no haria nada en despacho privado. Todo por juzgado que es lo que tiene mas peso y validez. Si esos pensamientos son los que tiene el padre también los puede decir delante de un juez, nada se lo impide. Entenderia normal que lo quisiera hacer en un despacho (que no una sala del juzgado), por que por via judicial, debe saber sobradamente que luego lo que se imponga puede ser reclamadado contundentemente y a ti mucho mas dificil de reclamar si haceis un convenio privado pero no regulado en sentencia judicial.
24/04/2012 09:15
Friosl, te cuento mi caso que es como el tuyo, pero yo a estas alturas ya estoy divorciada y desde el viernes pasado tengo la sentencia firme de privacion de patria potestad. Primero debo decir que es irrenunciable la patria potestad, que si se extingue como te comentan antes, y que en una demanda puedes solicitar la privacion o en su defecto la suspensión indicando no inferior a X años. Pero creo que este es el último paso. Yo en separación legal en 2001 se puso una pensión (que no puede renunciar ninguna de las partes por ser un derecho del menor, te dirán que si no quieres no la toques en caso de hacerse efectiva y que la pongas en una c.c. a nombre de la niña), en divorcio pasado un tiempo viendo que no venia a visitar al menor en demanda solici´té que no hubiera regimen de visitas... en sentencia firme de divorcio hay un texto: "Que no se hace mención expresa en cuanto a regimen de visitas paterno-filial dado el desinterés que el padre tiene respecto a su hijo XXXXXXXX XXXXXX que se viene incumpliendo desde diciembre del 2004". Tu mas que nadie conoces a tu ex..... si no paga deberias ir al mismo abogado que te lleve el divorcio y pedir una ejecución forzosa en derecho de familia (yo he puesto 2). Al tiempo, incumpliendo el padre todo esto...... puse el año pasado la demanda de privación de patria potestad. Yo en mi caso si tengo nuevo marido e hijos en común y estamos en proceso de adopción. decirte que también influye en las decisiones judiciales la edad de los menores y el tiempo que lleva el padre sin cumplir con las obligaciones. Pasito a pasito y mucha paciencia. En mi caso son 8 años sin noticias del padre. Solo que no se presenta a los juicios, ni se defiende ni ataca, simplemente pasotismo total (el pasotismo duele también). Solo se que para el tema de las pensiones que va por via penal (a espera de fecha de juicio casi inminente) si se ha buscado abogado y procurador por que le pica el bolsillo. Muchos ánimos.
23/04/2012 23:22
Elsita, mi ex se ha encabezonado en hacer un documento privado en el que yo renuncie a la pensión alimenticia y él a las visitas. En el caso hipotético que él se saltara y decidiese que quiere ver al niño, ese documento privado me perjudicaría en pedir la pensión con carácter retroactivo? yo creo que él lo quiere hacer por ese motivo.
21/04/2012 00:51
Eso si, centuriades, para que otros adopten, pero hasta que eso no ocurra no puede renunciar, y puede también exigir sus derechos al igual que se le pueden exigir.

Por eso hasta que esto ocurra friosl, es decir que lo adopten, si ocurre, pues al menos que no se aceruqe por tener que pasar pensión.
21/04/2012 00:47
todo padre o madre que da a un hijo en adopcion debe renunciar a la patria potestad o en caso de no renunciar un juez debe retirarsela
es una situacion normal en los hijos tutelados por la administracion pero a veces los padres mantienen la patria potestad y renuncian a ella para que otros los adopten
21/04/2012 00:47
Friosl, esto que te he pegado arriba es lo que dice el Codigo Civil sobre patria potestad, es lo mismo que te dira cualquier abogado.

No puede renunciar ya ves, las causas son claras, pero tu si no le exiges nada, es decir si no le damandas por incumplimientos, pues...
21/04/2012 00:43
Extinción
En este punto hay que distinguir entre causas de extinción propiamente dichas y causas de privación de la patria potestad.

Las causas de extinción, no plantean ningún problema desde el punto de vista práctico y las tenemos reguladas en el art. 169 CC:

la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres;

la muerte o la declaración de fallecimiento del hijo;

la emancipación del hijo;

la adopción del hijo.

Pero además de estas causas de extinción de la patria potestad, existe, como se ha dicho, causas de privación de la misma. Así, y según el art. 170 CC, el padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de la patria potestad:
21/04/2012 00:07
consulte con un abogado
el padre si puede renunciar a la patria potestad si quiere pero no a pagar alimentos ya que es un derecho del hijo
en caso de quedar huerfano de madre se quedaría el niño con el padre a no ser que no estuviera reconocido por el o hubiera renunciado a la patria potestad o se la hubieran retirado
puede dejar quien administre los bienes del hijo hasta que sea mayor de edad en caso que vd muera
consulte con un abogado el caso
20/04/2012 23:34
Gracias elsita de nuevo, una última pregunta y no te molesto más.

A raíz de abandonarme en el embarazo he tenido ataques de ansiedad y depresión, la salud se me ha resentido mucho, si me sucediera algo, imagino que aunque él no la conozca como eso no constará en ningún sitio, la custodia se la darán a él, habría alguna posibilidad que constara que la custodia y gestión de mis bienes fuese para mis padres que me están ayudando a cuidarla? porque es capaz de entrarle un amor hacia mi hijo si puede manejar dinero ajeno.
Gracias Elsita y ruego me disculpes.
20/04/2012 23:19
Que no puede renunciar a nadaaaaa, ni a la patria potestad tampoco.

Que si haces el convenio y pides la pensión es lo único que lo alejará, si ve que no dices nada por que no la pase, pero que sepa que sivuelve se la pides con caracter retroactivo. Diselo después de firmado todo pero de palabra, que no la pase que no le demandaras nada, pero que si algún dia quiere acercarse al crio se la pides toda.
20/04/2012 22:34
Gracias de nuevo Elsita.
Divorcio express, la duda está que el padre no quiere ni ha querido a mi hijo, no lo conoce ni lo quiere conocer ni quiere pasarle pensión, ni nada de nada. A mí me da miedo que al obligarle a pasar pensión por mi hijo por intentarme fartidiar a mí por no querer abortar le haga daño emocional a mi hijo. No quiero más problemas de iniciar denuncias por no pasar pensión, se me iría más en abogados que la pensión que le pase y el miedo a las posibles represalias, prefiero renunciar a la pensión y me gustaría que él pudiese renunciar a la patria potestad ya que ni ha querido conocerlo ni me ha llamado por teléfono y constar como madre soltera. El está de acuerdo en la firma de un escrito renunciando a las visitas y yo a la pensión, que es lo que él quiere. Por lo que me ha explicado Elsita voy a hacer convenio regulador. La duda está que me gustaría que renunciara a la patria potestad.
20/04/2012 22:11
Si la pensión alimenticia es irrenunciable, como lo es, no puedes renunciar a la misma. No se dónde está la duda.
20/04/2012 20:55
que no te gaste dinero en firmar documento, ni con notario por medio ni sin notario para renunciar, que ese documento no tiene validez.

Tu padre si puede adoptarlo, seria como tu hermano, participaria de todos los derecho como herencia etc y tendria las responsabilidades de cualquier hijo con sus padres también.

Haz las cosas bien.
Haz un convenio regulador como cualquier pareja que tienen un hijo en común y se separan, con un abogado, sobre visitas y pensión de alimentos, el abogado lollevara al juzgado y debeis firmarlo allí, solo asi tendrá validez. No lo cumplis, pues vale, como nadie denuncia a nadie no pasa nada, pero si un dia a él como te dije le da por aparecer sabe que te tiene que pagar mucho de pensiónes atrasadas y se lo pensará, no creo que quisiera fastiarte si el fastiado va a ser él.

Te estas complicando mucho la vida, y esto es muy simple.

19/04/2012 23:56
Gracias, disculpa tanta insistencia en el tema, se ha adelantado todo y el lunes firmamos lo acordado y no sé ni qué es lo mejor, estoy hecha un lío, el padre lo tiene claro, no pagar ni verla.
Respecto a pedir pensión alimenticia desde ahora, lo entiendo, muchas gracias por la explicación.
Mi padre puede adoptar a mi hijo?
Sería conveniente que en el documento a firmar al igual que yo renuncio a los alimentos que el renuncia a la patria potestad, ambos son irrenunciables, aunque yo no haga el cambio de apellidos en el registro civil, ya que eso lo tendría que autorizar un juez, pero por si el día de mañana yo tuviese pareja y él no quiera renunciar a la patria potestad para hacerme la puñeta, poder tener un antecedente?
19/04/2012 21:00
Frisol, a ver, el tema de la pensión es un arma que tienes contra él, en el sentido de que si en un futuro, alguien(que puede ser tu padre también) se decide a doptar a tu hijo tendrás para negociar con el padre biológico, que cede en la adopción o le reclamas con caracter retroactivo la pensión.
Tu no puedes ahora ponerle solo tus apellidos ya que el niño esta recocido por él, y la patria potestad también es irrenunciable por él, esto es así.

Tu no puedes firmar renunciando a la pensión, esa firma no tiene validez, ya que tu no puedes disponer renunciando a un derecho que es de tu hijo no tuyo.

El niño tiene madre y padre los dos teneis obligaciones y derechos con él.
Si tu no pides pensión alimenticia judicialmente para tu hijo ahora y se le reconoce una cuantia, no hay nada a lo que renuncar, ya que no hay fijada pensión.
Lo primero es eso, pedir la pensión y una vez la tengas le dices que no le pediras nada mientras no se acerque a vosotros que en el momento que lo hiciera la reclamarias y con caracer retroactivo. Si el pidiera visitas ahora se las darian, pero es que dentro de años también se las darian, por eso si ve que puede perder dinero, renunciara a las visitas ahora y siempre, aunque esten establecidas, tu no dices nada al juzgado y punto.
Si tu desde ya no pides pensión, no tendrás esa arma para negociar, por que él no te debera nada, me explico?

Pide la pensión, y si el quiere hijo de verdad tendrá que pagar y visitarlo desde ya, y si le da por quererlo dentro de 5 años ya sabe lo que le espera, pagar esos años de pensión. Mucho querria ese hijos si estuviera dispuesto a pagar esos cinco años juntos de pensión, que por lo que cuentas no lo creo.
Pero si se diera el caso al menos sabrás que de verdad lo quiere, nadie paga tanto y luego se vuelve a ir, seria estúpido.

Es que desde que le puso sus apellidos, es su hijo legalmente, otra cosa es que solo llevara los tuyos y ya te digo, peor, por que igualmente podria aparecer dentro de años y como no te deberia nada de pensiones pues tan fresco. Has tenido suerte como te va deber dinero, seguro que no le interesa aparecer nunca.

Saludos y no te amargues, disfruta de tu hijo.
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Renuncia pensión alimenticia

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
24/04/2012 11:50
Opinion por lo de documento privado pues poca. Yo de lo que no he vivido y no he tratado pues ni debo ni puedo opinar. Si de lo que he pasado, de lo que he reclamado y de lo que me ha funcionado. Espero que te asesoren bien. Lo que a veces pasa es que todo esto de tener que pasar por juzgado asusta, temor a represalias...normal! Yo también las tuve en su momento, pero eso no me debilitó ni influyó en mi manera de actuar. Me he acogido a las leyes que son las que me amparan y nunca, nunca nunca he sido denunciada ni demandada por nada, menos por temas de hijos o pareja. No he incumplido sentencias (tambien estoy obligada a cumplirla siendo demandante, ojo). no quisiera ser repetitiva pero si algún dia te ves en la necesidad de acudir a la justicia (por ejemplo por lo que comentabas que si a los años el padre regresa), para reclamar pensiones, etc habrás tenido que pasar antes y necesariamente por ella. Cualquier abogado te lo dirá. Tengo 6 abogados, y conocidos otros tantos y siempre me han recalcado esto mucho.Suerte wapa!
24/04/2012 11:34
Gracias auga. Gracias por la respuesta y por contar tu experiencia, la verdad que es siempre de utilidad escuchar a personas que han pasado por lo mismo y sobre todo te da fuerza e ilusión. Gracias tesoro. Voy a pasar a otra post las dudas sobre posible documento privado, agradecería también tu opinión. Un besito.
24/04/2012 10:24
Friosl, la renuncia a la patria potestad nada de nada por que la ley no lo contempla. Otra cosa... dices: "convenio regulador pasado por juzgado y documento privado"... o una cosa o la otra... validez el convenio regulador por juzgado. Otra cosita más.... comentas si de aquí a diez años vuelve. Mira si realmente el dejar de visitar y de pagar es lo que va a hacer, en diez años tienes tiempo mas que suficiente para solicitar una privacion de patria potestad. De todas maneras puedes solicitar ahora en via civil (aparte del tema pension y visitas) que se te sea atribuido el : ejercicio exclusivo de la patria potestad. Yo no se si acertaria dando consejor asi que prefiero exponer mi caso y que a quien convenga sirva de ejemplo o referente. (tanto a padres como a madres). Hay quien me ha dicho que si se ha ido para que hago nada, si asi no molesta, que ya puedo dormir tranquila, pero el que está pasando por esto como yo sabe que podemos tener la conciencia limpia pero la tranquilidad absoluta no... por que son temas que mientras no se van resolviendo nos producen mucha angustia... pero que se resuelven. Mi modo de pensar es que: como podemos reclamar algo por via legal que no ha pasado y se ha regulado por ésta y esperar el resultado justo? Yo he intentado hacerlo lo mejor posible, asesorandome muuuuuucho.
24/04/2012 10:07
Gracias auga, la verdad que tú lo has hecho como se debe hacer y me alegro que le hayan privado de la patria potestad a tu ex, ya que como bien dices duele que hayan pasado y sigan pasando de un hijo.
Yo voy a hacer el convenio regulador pasado por el juzgado, pero él sé de antemano que no quiere pagar ni ver al niño, y tiene muy pero que muy mala leche y es muy hipócrita, se ha encabezonado en que se firme un documento privado donde él no tiene visitas y yo no cobro la pensión del niño, y mi duda es si el dentro de diez años decide que quiere volver a ver al niño o se niega a firmarme la renuncia a la patria potestad para adoptar, con convenio regulador pasado por juzgado y documento privado dónde conste lo que he mencionado, puedo tener el arma de la pensión retroactiva de cinco años?
24/04/2012 09:25
Para reclamar una pensión con caracter retroactivo te comento: solo se pueden reclamar las pensiones alimenticias y las subidas correspondientes al IPC anual de los últimos 5 años que estén debidamente recogidas en un convenio regulador por sentencia firme (nada de privado).
24/04/2012 09:21
Yo no haria nada en despacho privado. Todo por juzgado que es lo que tiene mas peso y validez. Si esos pensamientos son los que tiene el padre también los puede decir delante de un juez, nada se lo impide. Entenderia normal que lo quisiera hacer en un despacho (que no una sala del juzgado), por que por via judicial, debe saber sobradamente que luego lo que se imponga puede ser reclamadado contundentemente y a ti mucho mas dificil de reclamar si haceis un convenio privado pero no regulado en sentencia judicial.
24/04/2012 09:15
Friosl, te cuento mi caso que es como el tuyo, pero yo a estas alturas ya estoy divorciada y desde el viernes pasado tengo la sentencia firme de privacion de patria potestad. Primero debo decir que es irrenunciable la patria potestad, que si se extingue como te comentan antes, y que en una demanda puedes solicitar la privacion o en su defecto la suspensión indicando no inferior a X años. Pero creo que este es el último paso. Yo en separación legal en 2001 se puso una pensión (que no puede renunciar ninguna de las partes por ser un derecho del menor, te dirán que si no quieres no la toques en caso de hacerse efectiva y que la pongas en una c.c. a nombre de la niña), en divorcio pasado un tiempo viendo que no venia a visitar al menor en demanda solici´té que no hubiera regimen de visitas... en sentencia firme de divorcio hay un texto: "Que no se hace mención expresa en cuanto a regimen de visitas paterno-filial dado el desinterés que el padre tiene respecto a su hijo XXXXXXXX XXXXXX que se viene incumpliendo desde diciembre del 2004". Tu mas que nadie conoces a tu ex..... si no paga deberias ir al mismo abogado que te lleve el divorcio y pedir una ejecución forzosa en derecho de familia (yo he puesto 2). Al tiempo, incumpliendo el padre todo esto...... puse el año pasado la demanda de privación de patria potestad. Yo en mi caso si tengo nuevo marido e hijos en común y estamos en proceso de adopción. decirte que también influye en las decisiones judiciales la edad de los menores y el tiempo que lleva el padre sin cumplir con las obligaciones. Pasito a pasito y mucha paciencia. En mi caso son 8 años sin noticias del padre. Solo que no se presenta a los juicios, ni se defiende ni ataca, simplemente pasotismo total (el pasotismo duele también). Solo se que para el tema de las pensiones que va por via penal (a espera de fecha de juicio casi inminente) si se ha buscado abogado y procurador por que le pica el bolsillo. Muchos ánimos.
23/04/2012 23:22
Elsita, mi ex se ha encabezonado en hacer un documento privado en el que yo renuncie a la pensión alimenticia y él a las visitas. En el caso hipotético que él se saltara y decidiese que quiere ver al niño, ese documento privado me perjudicaría en pedir la pensión con carácter retroactivo? yo creo que él lo quiere hacer por ese motivo.
21/04/2012 00:51
Eso si, centuriades, para que otros adopten, pero hasta que eso no ocurra no puede renunciar, y puede también exigir sus derechos al igual que se le pueden exigir.

Por eso hasta que esto ocurra friosl, es decir que lo adopten, si ocurre, pues al menos que no se aceruqe por tener que pasar pensión.
21/04/2012 00:47
todo padre o madre que da a un hijo en adopcion debe renunciar a la patria potestad o en caso de no renunciar un juez debe retirarsela
es una situacion normal en los hijos tutelados por la administracion pero a veces los padres mantienen la patria potestad y renuncian a ella para que otros los adopten
21/04/2012 00:47
Friosl, esto que te he pegado arriba es lo que dice el Codigo Civil sobre patria potestad, es lo mismo que te dira cualquier abogado.

No puede renunciar ya ves, las causas son claras, pero tu si no le exiges nada, es decir si no le damandas por incumplimientos, pues...
21/04/2012 00:43
Extinción
En este punto hay que distinguir entre causas de extinción propiamente dichas y causas de privación de la patria potestad.

Las causas de extinción, no plantean ningún problema desde el punto de vista práctico y las tenemos reguladas en el art. 169 CC:

la muerte o la declaración de fallecimiento de los padres;

la muerte o la declaración de fallecimiento del hijo;

la emancipación del hijo;

la adopción del hijo.

Pero además de estas causas de extinción de la patria potestad, existe, como se ha dicho, causas de privación de la misma. Así, y según el art. 170 CC, el padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de la patria potestad:
21/04/2012 00:07
consulte con un abogado
el padre si puede renunciar a la patria potestad si quiere pero no a pagar alimentos ya que es un derecho del hijo
en caso de quedar huerfano de madre se quedaría el niño con el padre a no ser que no estuviera reconocido por el o hubiera renunciado a la patria potestad o se la hubieran retirado
puede dejar quien administre los bienes del hijo hasta que sea mayor de edad en caso que vd muera
consulte con un abogado el caso
20/04/2012 23:34
Gracias elsita de nuevo, una última pregunta y no te molesto más.

A raíz de abandonarme en el embarazo he tenido ataques de ansiedad y depresión, la salud se me ha resentido mucho, si me sucediera algo, imagino que aunque él no la conozca como eso no constará en ningún sitio, la custodia se la darán a él, habría alguna posibilidad que constara que la custodia y gestión de mis bienes fuese para mis padres que me están ayudando a cuidarla? porque es capaz de entrarle un amor hacia mi hijo si puede manejar dinero ajeno.
Gracias Elsita y ruego me disculpes.
20/04/2012 23:19
Que no puede renunciar a nadaaaaa, ni a la patria potestad tampoco.

Que si haces el convenio y pides la pensión es lo único que lo alejará, si ve que no dices nada por que no la pase, pero que sepa que sivuelve se la pides con caracter retroactivo. Diselo después de firmado todo pero de palabra, que no la pase que no le demandaras nada, pero que si algún dia quiere acercarse al crio se la pides toda.
20/04/2012 22:34
Gracias de nuevo Elsita.
Divorcio express, la duda está que el padre no quiere ni ha querido a mi hijo, no lo conoce ni lo quiere conocer ni quiere pasarle pensión, ni nada de nada. A mí me da miedo que al obligarle a pasar pensión por mi hijo por intentarme fartidiar a mí por no querer abortar le haga daño emocional a mi hijo. No quiero más problemas de iniciar denuncias por no pasar pensión, se me iría más en abogados que la pensión que le pase y el miedo a las posibles represalias, prefiero renunciar a la pensión y me gustaría que él pudiese renunciar a la patria potestad ya que ni ha querido conocerlo ni me ha llamado por teléfono y constar como madre soltera. El está de acuerdo en la firma de un escrito renunciando a las visitas y yo a la pensión, que es lo que él quiere. Por lo que me ha explicado Elsita voy a hacer convenio regulador. La duda está que me gustaría que renunciara a la patria potestad.
20/04/2012 22:11
Si la pensión alimenticia es irrenunciable, como lo es, no puedes renunciar a la misma. No se dónde está la duda.
20/04/2012 20:55
que no te gaste dinero en firmar documento, ni con notario por medio ni sin notario para renunciar, que ese documento no tiene validez.

Tu padre si puede adoptarlo, seria como tu hermano, participaria de todos los derecho como herencia etc y tendria las responsabilidades de cualquier hijo con sus padres también.

Haz las cosas bien.
Haz un convenio regulador como cualquier pareja que tienen un hijo en común y se separan, con un abogado, sobre visitas y pensión de alimentos, el abogado lollevara al juzgado y debeis firmarlo allí, solo asi tendrá validez. No lo cumplis, pues vale, como nadie denuncia a nadie no pasa nada, pero si un dia a él como te dije le da por aparecer sabe que te tiene que pagar mucho de pensiónes atrasadas y se lo pensará, no creo que quisiera fastiarte si el fastiado va a ser él.

Te estas complicando mucho la vida, y esto es muy simple.

19/04/2012 23:56
Gracias, disculpa tanta insistencia en el tema, se ha adelantado todo y el lunes firmamos lo acordado y no sé ni qué es lo mejor, estoy hecha un lío, el padre lo tiene claro, no pagar ni verla.
Respecto a pedir pensión alimenticia desde ahora, lo entiendo, muchas gracias por la explicación.
Mi padre puede adoptar a mi hijo?
Sería conveniente que en el documento a firmar al igual que yo renuncio a los alimentos que el renuncia a la patria potestad, ambos son irrenunciables, aunque yo no haga el cambio de apellidos en el registro civil, ya que eso lo tendría que autorizar un juez, pero por si el día de mañana yo tuviese pareja y él no quiera renunciar a la patria potestad para hacerme la puñeta, poder tener un antecedente?
19/04/2012 21:00
Frisol, a ver, el tema de la pensión es un arma que tienes contra él, en el sentido de que si en un futuro, alguien(que puede ser tu padre también) se decide a doptar a tu hijo tendrás para negociar con el padre biológico, que cede en la adopción o le reclamas con caracter retroactivo la pensión.
Tu no puedes ahora ponerle solo tus apellidos ya que el niño esta recocido por él, y la patria potestad también es irrenunciable por él, esto es así.

Tu no puedes firmar renunciando a la pensión, esa firma no tiene validez, ya que tu no puedes disponer renunciando a un derecho que es de tu hijo no tuyo.

El niño tiene madre y padre los dos teneis obligaciones y derechos con él.
Si tu no pides pensión alimenticia judicialmente para tu hijo ahora y se le reconoce una cuantia, no hay nada a lo que renuncar, ya que no hay fijada pensión.
Lo primero es eso, pedir la pensión y una vez la tengas le dices que no le pediras nada mientras no se acerque a vosotros que en el momento que lo hiciera la reclamarias y con caracer retroactivo. Si el pidiera visitas ahora se las darian, pero es que dentro de años también se las darian, por eso si ve que puede perder dinero, renunciara a las visitas ahora y siempre, aunque esten establecidas, tu no dices nada al juzgado y punto.
Si tu desde ya no pides pensión, no tendrás esa arma para negociar, por que él no te debera nada, me explico?

Pide la pensión, y si el quiere hijo de verdad tendrá que pagar y visitarlo desde ya, y si le da por quererlo dentro de 5 años ya sabe lo que le espera, pagar esos años de pensión. Mucho querria ese hijos si estuviera dispuesto a pagar esos cinco años juntos de pensión, que por lo que cuentas no lo creo.
Pero si se diera el caso al menos sabrás que de verdad lo quiere, nadie paga tanto y luego se vuelve a ir, seria estúpido.

Es que desde que le puso sus apellidos, es su hijo legalmente, otra cosa es que solo llevara los tuyos y ya te digo, peor, por que igualmente podria aparecer dentro de años y como no te deberia nada de pensiones pues tan fresco. Has tenido suerte como te va deber dinero, seguro que no le interesa aparecer nunca.

Saludos y no te amargues, disfruta de tu hijo.