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Reparación de tejado en edificio de 2 propietarios

2 Comentarios
 
03/10/2003 13:52
Gracias helpman. En este caso creo que no hay Junta de propietarios, ni Administrador,... Por otro lado no tenemos ningún documento que acredite la negativa del propietario de la planta baja, aunque sí copias de dos buro-fax enviados con la notificación de la obra, indicando que verbalmente no se había llegado a ningún acuerdo. Muchas gracias.
02/10/2003 20:37
hola marini. en principio la reparacion de un elemento común debe someterse al régimen establecido para la modificacion del titulo constitutivo-unanimidad-.
Por otro lado, corresponde a la Junta de propietarios aprobar la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, no pudiendo un propietario actuar de motu propio en tal sentido y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador.
Dicho lo anterior, tampoco es admisible la conducta del propieatario que os requiere, y ademas las obras que comentas son de urgencia, no sólo para vosotros como propietarios sino respecto de terceros que pasen al lado de vuestro edificio.
Pero no te puedo asegurar nada. Si podeis acreditar
tanto la urgencia de la reparacion(certificado del arquitecto), como la actitud negativa del propietario(?¿) no tendríais que temer por una paralizacion, y en cuanto al pago de la misma no te puedo dar una respuesta dado que los datos que aportas son confusos.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
Reparación de tejado en edificio de 2 propietarios
02/10/2003 14:07
Hola, tengo en piso (1ª planta) en un edificio de 3 plantas (la 3ª no aparece en escrituras,aunque si aparece un documento), el tejado estaba en muy mal estado (construido en el año 1975 de maderos y tablas: certificado por un arquitecto) y viendo que no se llegaba a ningún acuerdo con el propietario de la vivienda de la planta baja, decidimos hacer nuevo el tejado nosotros sin contar con su consentimiento. Ahora quiere parar la obra, ha puesto un acta de requerimiento, diciendo en él que no le habíamos avisado de nada, al cual le hemos contestado.....¿Podría llegar a parar la obra del nuevo tejado?¿Qué consecuencias puede tener todo esto?¿Tendría que pagar la mitad de la construcción del tejado (en escritura está la comunidad de propietarios al 50%)?........
Reparación de tejado en edificio de 2 propietarios | PorticoLegal
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Reparación de tejado en edificio de 2 propietarios

2 Comentarios
 
03/10/2003 13:52
Gracias helpman. En este caso creo que no hay Junta de propietarios, ni Administrador,... Por otro lado no tenemos ningún documento que acredite la negativa del propietario de la planta baja, aunque sí copias de dos buro-fax enviados con la notificación de la obra, indicando que verbalmente no se había llegado a ningún acuerdo. Muchas gracias.
02/10/2003 20:37
hola marini. en principio la reparacion de un elemento común debe someterse al régimen establecido para la modificacion del titulo constitutivo-unanimidad-.
Por otro lado, corresponde a la Junta de propietarios aprobar la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, no pudiendo un propietario actuar de motu propio en tal sentido y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador.
Dicho lo anterior, tampoco es admisible la conducta del propieatario que os requiere, y ademas las obras que comentas son de urgencia, no sólo para vosotros como propietarios sino respecto de terceros que pasen al lado de vuestro edificio.
Pero no te puedo asegurar nada. Si podeis acreditar
tanto la urgencia de la reparacion(certificado del arquitecto), como la actitud negativa del propietario(?¿) no tendríais que temer por una paralizacion, y en cuanto al pago de la misma no te puedo dar una respuesta dado que los datos que aportas son confusos.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
Reparación de tejado en edificio de 2 propietarios
02/10/2003 14:07
Hola, tengo en piso (1ª planta) en un edificio de 3 plantas (la 3ª no aparece en escrituras,aunque si aparece un documento), el tejado estaba en muy mal estado (construido en el año 1975 de maderos y tablas: certificado por un arquitecto) y viendo que no se llegaba a ningún acuerdo con el propietario de la vivienda de la planta baja, decidimos hacer nuevo el tejado nosotros sin contar con su consentimiento. Ahora quiere parar la obra, ha puesto un acta de requerimiento, diciendo en él que no le habíamos avisado de nada, al cual le hemos contestado.....¿Podría llegar a parar la obra del nuevo tejado?¿Qué consecuencias puede tener todo esto?¿Tendría que pagar la mitad de la construcción del tejado (en escritura está la comunidad de propietarios al 50%)?........