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reparación en alquiler

4 Comentarios
 
Reparación en alquiler
23/04/2009 12:53
Hola!! Necesito una consulta jurídica. Expongo la situación. Llevo en alquiler más o menos un año y medio. El otro día se me rompio el calentador de agua por segunda vez desde que llevo viviendo en dicho alquiler. Llame al técnico con el correspondiente pago de dicha reparación. Como ya he expresado, esta es la segunda, hubo anteriormente una primera rotura de otra pieza en la cual tuve que llamar también al técnico. En la primera rotura le comunique a mi arrendador o casero dicho problema y el me pago la reparación. Lo que ocurre, es que en esta última, yo se lo he comunicado a él, pero me ha dicho que existe un artículo en la ley que si el arrendatario lleva más de un año en el piso, quien responde sobre ese deterioro es el arrendatario, no el arrendador. Mi pregunta es: ¿existe dicho artículo? y ¿quién responde sobre esa reparación: yo o mi casero?
Espero vuestras respuestas lo antes posible.
Muchas gracias.
Kander
23/04/2009 16:03
Existe y no existe... Pídale al arrendador la factura del calentador (fecha de compra)...El que lo está usando es usted, el desgaste o averías le ocurren a usted..."HAY QUE SABER SI EL CALENTADOR ES VIEJO O NO"...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
23/04/2009 22:06
En primer lugar darle las gracias por responder tan rápidamente.
Una pregunta que quiero hacerle: ¿que importancia tiene que el calentador sea nuevo o viejo? Creo que el calentador ya tiene unos cuantos años, pero bueno, por lo que entiendo de su respuesta es que soy yo el que debo pagar este gasto o no???

Un saludo.

kander
24/04/2009 00:49
A más viejo, más posibilidad de estropearse... y el responsable, sería el Arrendador. Porque el piso se lo alquiló en condiciones de habitabilidad, y el agua caliente, es una parte muy importante del alquiler/precio.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
03/05/2009 04:09
la roturas de pisos paredes, techos calefones cañerias y elctriciad le competen al propietario.
luz,gas,telefono ,agua corriente o potable impuesto municipal lamparita de luz al inquilino no me acuerdo que mas......... saluddos
reparación en alquiler | PorticoLegal
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Reparación en alquiler
23/04/2009 12:53
Hola!! Necesito una consulta jurídica. Expongo la situación. Llevo en alquiler más o menos un año y medio. El otro día se me rompio el calentador de agua por segunda vez desde que llevo viviendo en dicho alquiler. Llame al técnico con el correspondiente pago de dicha reparación. Como ya he expresado, esta es la segunda, hubo anteriormente una primera rotura de otra pieza en la cual tuve que llamar también al técnico. En la primera rotura le comunique a mi arrendador o casero dicho problema y el me pago la reparación. Lo que ocurre, es que en esta última, yo se lo he comunicado a él, pero me ha dicho que existe un artículo en la ley que si el arrendatario lleva más de un año en el piso, quien responde sobre ese deterioro es el arrendatario, no el arrendador. Mi pregunta es: ¿existe dicho artículo? y ¿quién responde sobre esa reparación: yo o mi casero?
Espero vuestras respuestas lo antes posible.
Muchas gracias.
Kander
23/04/2009 16:03
Existe y no existe... Pídale al arrendador la factura del calentador (fecha de compra)...El que lo está usando es usted, el desgaste o averías le ocurren a usted..."HAY QUE SABER SI EL CALENTADOR ES VIEJO O NO"...

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
23/04/2009 22:06
En primer lugar darle las gracias por responder tan rápidamente.
Una pregunta que quiero hacerle: ¿que importancia tiene que el calentador sea nuevo o viejo? Creo que el calentador ya tiene unos cuantos años, pero bueno, por lo que entiendo de su respuesta es que soy yo el que debo pagar este gasto o no???

Un saludo.

kander
24/04/2009 00:49
A más viejo, más posibilidad de estropearse... y el responsable, sería el Arrendador. Porque el piso se lo alquiló en condiciones de habitabilidad, y el agua caliente, es una parte muy importante del alquiler/precio.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
03/05/2009 04:09
la roturas de pisos paredes, techos calefones cañerias y elctriciad le competen al propietario.
luz,gas,telefono ,agua corriente o potable impuesto municipal lamparita de luz al inquilino no me acuerdo que mas......... saluddos