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Reparto de herencia

1 Comentarios
 
Reparto de herencia
07/02/2007 20:48
Una hermana de mi padre ha fallecido en junio de 2006 habiendo hecho testamento, sin tener más herederos que mis hermanos y yo.
Como legados me deja a mí ciertos bienes, más la mitad del dinero que haya en su cuenta (en la cual sólo figuro como firma autorizada).
Y deja el resto (no como legado) a repartir entre mis hermanos y yo.

Éstos no están por la labor de agilizar los trámites ya que ese resto al que me he referido tiene bastante complicada su puesta en claro y además no es de mucho valor. Por lo cual veo que se nos va a pasar el plazo de 6 meses, que ya hemos prorrogado con otros 6, para pagar en hacienda y poner lo que me corresponde a mi nombre.

La otra mitad del dinero de la cuenta es para mi hermana que si figura como titular.
En esa cuenta y con fechas posteriores a la muerte, han entrado varias partidas (rentas y nómina) relativas a pagos anteriores a la fecha del fallecimiento. Resultando de estas partidas una cantidad bastante superior.

Mi consulta es la siguiente:

1º.- ¿Me convendría, si es posible hacerlo, aceptar la parte que tengo como legado y renunciar a la parte común para así librarme de la posible sanción de hacienda?.

2º.- ¿Puede mi hermana quitarme de la cuenta y quedarse con todo el dinero al que me he referido, repartiendo únicamente lo que había en el momento del óbito?.
08/02/2007 11:32
El pago del impuesto de sucesiones es independiente de la aceptación y reparto de la herencia (aunque el pago supone aceptación, claro).

Lo que quiero decir es que los herederos y/o legatarios tienen obligación de pagar el impuesto en proporción a lo heredado, y después, si quieren hacer la partición, inscribir bienes o lo que sea, pueden hacerlo sin que exista plazo para ello.

La herencia la constituyen los bienes del causante en el momento del fallecimiento, así que el dinero de las cuentas, a efectos de impuesto, es el que existía el día del fallecimiento, pero para repartir, entiendo que cuando llegue el momento deberán repartir el dinero que exista.
Reparto de herencia | PorticoLegal
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Reparto de herencia
07/02/2007 20:48
Una hermana de mi padre ha fallecido en junio de 2006 habiendo hecho testamento, sin tener más herederos que mis hermanos y yo.
Como legados me deja a mí ciertos bienes, más la mitad del dinero que haya en su cuenta (en la cual sólo figuro como firma autorizada).
Y deja el resto (no como legado) a repartir entre mis hermanos y yo.

Éstos no están por la labor de agilizar los trámites ya que ese resto al que me he referido tiene bastante complicada su puesta en claro y además no es de mucho valor. Por lo cual veo que se nos va a pasar el plazo de 6 meses, que ya hemos prorrogado con otros 6, para pagar en hacienda y poner lo que me corresponde a mi nombre.

La otra mitad del dinero de la cuenta es para mi hermana que si figura como titular.
En esa cuenta y con fechas posteriores a la muerte, han entrado varias partidas (rentas y nómina) relativas a pagos anteriores a la fecha del fallecimiento. Resultando de estas partidas una cantidad bastante superior.

Mi consulta es la siguiente:

1º.- ¿Me convendría, si es posible hacerlo, aceptar la parte que tengo como legado y renunciar a la parte común para así librarme de la posible sanción de hacienda?.

2º.- ¿Puede mi hermana quitarme de la cuenta y quedarse con todo el dinero al que me he referido, repartiendo únicamente lo que había en el momento del óbito?.
08/02/2007 11:32
El pago del impuesto de sucesiones es independiente de la aceptación y reparto de la herencia (aunque el pago supone aceptación, claro).

Lo que quiero decir es que los herederos y/o legatarios tienen obligación de pagar el impuesto en proporción a lo heredado, y después, si quieren hacer la partición, inscribir bienes o lo que sea, pueden hacerlo sin que exista plazo para ello.

La herencia la constituyen los bienes del causante en el momento del fallecimiento, así que el dinero de las cuentas, a efectos de impuesto, es el que existía el día del fallecimiento, pero para repartir, entiendo que cuando llegue el momento deberán repartir el dinero que exista.