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Reparto herencia

5 Comentarios
 
Reparto herencia
11/07/2019 10:04
Buenos días y antes de nada agradecer a toda la comunidad el tiempo que se le dedica a personas como yo de esta manera altruista, muchas gracias, de verdad.
La herencia que tiene mi madre y sus dos hermanas esta repartida pero en condominio, ciertas fincas y una vivienda (casi ya en ruinas). Cada una es propietaria del 33% (excepto mi madre que es del 34% supongo que por ser indivisible en números redondos) pero quisiéramos repartirlo y que cada una fuese propietaria de sus cosas. Ellas siempre ponen algún tipo de dificultad y mi madre ofreció todas las formas posibles: comprar sus partes e incluso venderles la suya.
Llegados a este punto, ¿habría que ir a juicio para hacer la división de cosa común? Todo esto se desarrolla en Galicia.
Muchas gracias por su tiempo, es una gran ayuda. Gracias.
12/07/2019 09:36
Heikan06
Si no hay acuerdo sí, la única manera será un procedimiento judicial de división de la cosa común. Es mucho más simple realizar permutas, o extinciones de condominio de cada propiedad, pero eso ya es cosa de cada cual, y salvo que lo determine un juez nadie está obligado a deshacerse de su propiedad. El que se opone (si se hace de forma correcta) se acabará comiendo todas las costas, eso sí.
12/07/2019 09:53
paquito xocolatero
Muchas gracias por tu contestación, paquito xocolatero. Digamos que la familia esta rota así que no habrá conciliciación de ningún tipo... He leído por ahí que desde no me acuerdo que año, un notario podría hacer las reparticiones pero supongo que sera si se llega a algún tipo de acuerdo, ¿no es así? Lo que ni se me pasaba por la cabeza era el tema de costas. Habría que demostrar oposición por la otra parte, supongo, ¿no? La verdad es que no me entraba en la cabeza que la parte contraria pueda pagar costas, tenia pensado que el que iniciaba el tramite debería pagar...
Y muy agradecido por tu respuesta, de verdad, gracias!
12/07/2019 13:50
Heikan06
El reparto de la herencia ya está hecho, y lo que planteas no tiene nada que ver ya con herencias. Se trata de tal o cual propiedad en comunidad de bienes (es irrelevante cómo se llegara al proindiviso, si por compra conjunta, gananciales, herencia...) y de la aplicación del art. 400. Y aquí cuando queda claro para un juez que no se ha llegado a un acuerdo por culpa de alguno de los copropietarios, a quien se haya ofrecido un precio justo, pero se siga oponiendo a la venta, a adquirir el bien, o a cualquier medio disponible para disolver la copropiedad, lo normal es que se le haga asumir las costas. El procedimiento adecuado para ello es comenzar con un burofax solicitando pactar un precio para la extinción de condominio o la venta del bien, antes de recurrir a acción de división de la cosa común vía judicial. Según el valor de los bienes podría ser interesante contratar un abogado.
15/07/2019 19:24
Heikan06
Si no llegan a un acuerdo, y no quieren o no pueden soportar los costes y los años del proceso judicial, otra opción es vender su parte en proindiviso, hay empresas especializadas en comprar partes en proindiviso por herencia o divorcio.
Por la vía judicial de división, se suele terminar en subasta y obtendrán más o menos el mismo dinero que les pueden ofrecer ahora.
22/07/2019 10:22
Heikan06
Gracias Javiertor por tu participación. No tenia ni idea que había empresas que se dedicasen a estos menesteres, la verdad.
Tienes toda la razón, paquito xocolatero, esta fuera de todo lo relacionado con herencias, no lo llegaba a ver, pido disculpas por tan craso error.
Por lo que me contáis (o llego yo a entender) en caso de ir a juicio, ¿se llegaría a subasta publica? Siempre que no se llegue a acuerdo, claro. Yo imaginaba, siempre desde la ignorancia que es muy valiente, que el mismo juez seria el que hiciera partijas de valores similares y después repartiría por azar. Si vale de algo diré que las propiedades se encuentran en Galicia que tienen CC propio, no se si es relevante pero por si acaso.
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11/07/2019 10:04
Buenos días y antes de nada agradecer a toda la comunidad el tiempo que se le dedica a personas como yo de esta manera altruista, muchas gracias, de verdad.
La herencia que tiene mi madre y sus dos hermanas esta repartida pero en condominio, ciertas fincas y una vivienda (casi ya en ruinas). Cada una es propietaria del 33% (excepto mi madre que es del 34% supongo que por ser indivisible en números redondos) pero quisiéramos repartirlo y que cada una fuese propietaria de sus cosas. Ellas siempre ponen algún tipo de dificultad y mi madre ofreció todas las formas posibles: comprar sus partes e incluso venderles la suya.
Llegados a este punto, ¿habría que ir a juicio para hacer la división de cosa común? Todo esto se desarrolla en Galicia.
Muchas gracias por su tiempo, es una gran ayuda. Gracias.
12/07/2019 09:36
Heikan06
Si no hay acuerdo sí, la única manera será un procedimiento judicial de división de la cosa común. Es mucho más simple realizar permutas, o extinciones de condominio de cada propiedad, pero eso ya es cosa de cada cual, y salvo que lo determine un juez nadie está obligado a deshacerse de su propiedad. El que se opone (si se hace de forma correcta) se acabará comiendo todas las costas, eso sí.
12/07/2019 09:53
paquito xocolatero
Muchas gracias por tu contestación, paquito xocolatero. Digamos que la familia esta rota así que no habrá conciliciación de ningún tipo... He leído por ahí que desde no me acuerdo que año, un notario podría hacer las reparticiones pero supongo que sera si se llega a algún tipo de acuerdo, ¿no es así? Lo que ni se me pasaba por la cabeza era el tema de costas. Habría que demostrar oposición por la otra parte, supongo, ¿no? La verdad es que no me entraba en la cabeza que la parte contraria pueda pagar costas, tenia pensado que el que iniciaba el tramite debería pagar...
Y muy agradecido por tu respuesta, de verdad, gracias!
12/07/2019 13:50
Heikan06
El reparto de la herencia ya está hecho, y lo que planteas no tiene nada que ver ya con herencias. Se trata de tal o cual propiedad en comunidad de bienes (es irrelevante cómo se llegara al proindiviso, si por compra conjunta, gananciales, herencia...) y de la aplicación del art. 400. Y aquí cuando queda claro para un juez que no se ha llegado a un acuerdo por culpa de alguno de los copropietarios, a quien se haya ofrecido un precio justo, pero se siga oponiendo a la venta, a adquirir el bien, o a cualquier medio disponible para disolver la copropiedad, lo normal es que se le haga asumir las costas. El procedimiento adecuado para ello es comenzar con un burofax solicitando pactar un precio para la extinción de condominio o la venta del bien, antes de recurrir a acción de división de la cosa común vía judicial. Según el valor de los bienes podría ser interesante contratar un abogado.
15/07/2019 19:24
Heikan06
Si no llegan a un acuerdo, y no quieren o no pueden soportar los costes y los años del proceso judicial, otra opción es vender su parte en proindiviso, hay empresas especializadas en comprar partes en proindiviso por herencia o divorcio.
Por la vía judicial de división, se suele terminar en subasta y obtendrán más o menos el mismo dinero que les pueden ofrecer ahora.
22/07/2019 10:22
Heikan06
Gracias Javiertor por tu participación. No tenia ni idea que había empresas que se dedicasen a estos menesteres, la verdad.
Tienes toda la razón, paquito xocolatero, esta fuera de todo lo relacionado con herencias, no lo llegaba a ver, pido disculpas por tan craso error.
Por lo que me contáis (o llego yo a entender) en caso de ir a juicio, ¿se llegaría a subasta publica? Siempre que no se llegue a acuerdo, claro. Yo imaginaba, siempre desde la ignorancia que es muy valiente, que el mismo juez seria el que hiciera partijas de valores similares y después repartiría por azar. Si vale de algo diré que las propiedades se encuentran en Galicia que tienen CC propio, no se si es relevante pero por si acaso.