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Reparto herencia

4 Comentarios
 
Reparto herencia
03/07/2012 09:33
Hace 26 años fallece una mujer sin legar testamento y se hace el reparto de la herencia entre dos sobrinos pasados 5 años aproximadamente aparece un tercer sobrino el cual denuncia y el juez hace que la herencia se vuelva atrás (a nombre de la fallecida) para realizar una nueva partición. La sorpresa viene cuando los bienes vuelven pero uno de ellos el más cuantioso, con multiples embargos. Hasta hoy sigue el tema sin resolverse por dicho motivo. Sabeis si el banco/s tienen la obligación de levantar los embargos al no ser el titular de los embargos el propietario actual del bien?
03/07/2012 12:11
Hola RTRACTOR,

Necesitarán interponer una tercería de dominio, para levantar el embargo, justificando que la persona a la que se le ha practicado el embargo no es el propietario del bien, para ello necesita abogado y procurador.

Un saludo,
03/07/2012 12:29
Espero que solo sea eso ya que el tema como te puedes imaginar está en manos de un abogado desde el inicio y me extraña que no lo haya realizado con anterioridad.

Un saludo
03/07/2012 21:04
El art. 28 de la Ley hipotecaria, cuando la titularidad de los bienen proviene de herencia de colaterales (herederos no forzosos) como es el caso, hace una reserva en el Registro de la Propiedad. " Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante". Es decir las disposiciones que se hayan hecho despues de dos años no vinculan a terceros de buena fe. La titularidad podra cambiar, pero los embargos permaneceran si las deudas proviene de actos pasados los dos años que reserva la ley.
04/07/2012 09:21
Rafael necesitaria que me lo explicases algo más claro pues no lo entiendo. En este caso el embargo se produce a quien heredo el bien supuestamente pero luego el juez tiro atrás la herencia y vuelve a estar a nombre del difunto lo que supone que existe un bien a nombre de una pesona "A" (difunto) y unos embargos a nombre de una persona "B" (supuesto heredero inicial).
Reparto herencia | PorticoLegal
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03/07/2012 09:33
Hace 26 años fallece una mujer sin legar testamento y se hace el reparto de la herencia entre dos sobrinos pasados 5 años aproximadamente aparece un tercer sobrino el cual denuncia y el juez hace que la herencia se vuelva atrás (a nombre de la fallecida) para realizar una nueva partición. La sorpresa viene cuando los bienes vuelven pero uno de ellos el más cuantioso, con multiples embargos. Hasta hoy sigue el tema sin resolverse por dicho motivo. Sabeis si el banco/s tienen la obligación de levantar los embargos al no ser el titular de los embargos el propietario actual del bien?
03/07/2012 12:11
Hola RTRACTOR,

Necesitarán interponer una tercería de dominio, para levantar el embargo, justificando que la persona a la que se le ha practicado el embargo no es el propietario del bien, para ello necesita abogado y procurador.

Un saludo,
03/07/2012 12:29
Espero que solo sea eso ya que el tema como te puedes imaginar está en manos de un abogado desde el inicio y me extraña que no lo haya realizado con anterioridad.

Un saludo
03/07/2012 21:04
El art. 28 de la Ley hipotecaria, cuando la titularidad de los bienen proviene de herencia de colaterales (herederos no forzosos) como es el caso, hace una reserva en el Registro de la Propiedad. " Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante". Es decir las disposiciones que se hayan hecho despues de dos años no vinculan a terceros de buena fe. La titularidad podra cambiar, pero los embargos permaneceran si las deudas proviene de actos pasados los dos años que reserva la ley.
04/07/2012 09:21
Rafael necesitaria que me lo explicases algo más claro pues no lo entiendo. En este caso el embargo se produce a quien heredo el bien supuestamente pero luego el juez tiro atrás la herencia y vuelve a estar a nombre del difunto lo que supone que existe un bien a nombre de una pesona "A" (difunto) y unos embargos a nombre de una persona "B" (supuesto heredero inicial).