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Replantear testamento.

2 Comentarios
 
Replantear testamento.
27/12/2017 23:37
Hola, tengo dos dudas que si me podeis ayudar pues fenomenal. Mi padre falleció con testamento abierto. Hace cuatro años.
Los herederos no estamos ninguno de acuerdo con el testamento hecho por nuestro padre y sin embargo si nos hemos puesto de acuerdo con otro reparto, pero que ya digo no es el que mi padre pensó o testó.

Alguien sabe si es obligatorio cumplir ese testamento o al estar de acuerdo con otro reparto lo podemos evitar?. Como decía han pasado cuatro años y la otra pregunta es en cuanto a lo del pago del IMPUESTO DE SUCESIONES que es un jaleo.

En los seis meses primeros del fallecimiento presentamos la declaración del impuesto de sucesiones y en todo este tiempo HACIENDA no nos ha solicitado ningun importe.

Ahora que vamos a repartir los bienes, ¿que es lo que tenemos que pagar?. Otra vez ese impuesto o sólo cuando llegue la Renta declararlo y ya esta?, A ver si lo he escrito mas o menos claro, gracias
28/12/2017 22:55
kyko
....................seguro que no hay nadie que pueda responderme?. un cable please! gracias
31/12/2017 12:40
kyko
- Si todos estais de acuerdo, si podeis hacer la adjudicación que estimeis oportuna.
- Si presentasteis liquidación administrativa y la Delegación de Hacienda de vuestra Comunidad no os ha presentado liquidación, a los 4 años y seis meses después del fallecimiento prescribe.
- El impuesto de sucesiones no tiene nada que ver con la declaración de la renta. En renta se declara lo que la palabra indica, "renta". Si la herencia genera rendimientos, es eso lo que tendréis que declarar, no el capital que se liquida por Sucesiones.
Replantear testamento. | PorticoLegal
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Replantear testamento.
27/12/2017 23:37
Hola, tengo dos dudas que si me podeis ayudar pues fenomenal. Mi padre falleció con testamento abierto. Hace cuatro años.
Los herederos no estamos ninguno de acuerdo con el testamento hecho por nuestro padre y sin embargo si nos hemos puesto de acuerdo con otro reparto, pero que ya digo no es el que mi padre pensó o testó.

Alguien sabe si es obligatorio cumplir ese testamento o al estar de acuerdo con otro reparto lo podemos evitar?. Como decía han pasado cuatro años y la otra pregunta es en cuanto a lo del pago del IMPUESTO DE SUCESIONES que es un jaleo.

En los seis meses primeros del fallecimiento presentamos la declaración del impuesto de sucesiones y en todo este tiempo HACIENDA no nos ha solicitado ningun importe.

Ahora que vamos a repartir los bienes, ¿que es lo que tenemos que pagar?. Otra vez ese impuesto o sólo cuando llegue la Renta declararlo y ya esta?, A ver si lo he escrito mas o menos claro, gracias
28/12/2017 22:55
kyko
....................seguro que no hay nadie que pueda responderme?. un cable please! gracias
31/12/2017 12:40
kyko
- Si todos estais de acuerdo, si podeis hacer la adjudicación que estimeis oportuna.
- Si presentasteis liquidación administrativa y la Delegación de Hacienda de vuestra Comunidad no os ha presentado liquidación, a los 4 años y seis meses después del fallecimiento prescribe.
- El impuesto de sucesiones no tiene nada que ver con la declaración de la renta. En renta se declara lo que la palabra indica, "renta". Si la herencia genera rendimientos, es eso lo que tendréis que declarar, no el capital que se liquida por Sucesiones.