Sería válida una autorización permanente realizada por escrito por un propietario a favor de otro para que le represente en las Juntas que se puedan realizar.
voy a representar a una persona que no puede asistir finalmente a una junta, pero que tenía a su vez 8 representaciones más a su nombre, de otros propietarios. Puedo representar a esas nueve personas? cual sería el tratamiento que habría que dar a las representaciones? Muchas gracias por vuestra ayuda
Wendy, Procure abrir un post nuevo para cada consulta. Si no, es difícil contestar.... Ud. representará a ese propietario, pero a los otros 8 propietarios no. La delegación de voto es personal e intransferible.