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representacion

1 Comentarios
 
20/06/2003 12:18
según la LPH en su artículo Artículo 15

". La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario. "

A pesar de que la Ley no lo diga expresamente, no veo muy claro lo de autorizar al administrador a participar aunque sea por delegación en la toma de decisiones de la Junta al suponer una extralimitación, a pesar de ser por delegación, de sus funciones.
Lo mejor para que luego no haya jaleos seria delegar en otra persona.

Asi pues, el propietario que no asista puede delegar su voz y voto en otra persona, y para ello, deberá firmar un documento donde exprese tal delegación. Y la persona que le represente, lo deberá mostar en la Junta, y entregar al Presidente.

El documento de representación puede ser tan sencillo como el siguiente:



D. ............, con DNI 12345678-Z, como propietario de la vivienda sita en el piso ....de esta Comunidad de Vecinos, delego en D. ....., con DNI 87654321-A para que, en virtud de lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, me represente en la Junta de Propietarios a celebrar eL próximo día .....

Y para que así conste, a los efectos oportunos, se firma la presente a.....

Y acto seguido firman las dos personas.

Respecto a lo del copropietario de avanzada edad ¿en que consistiria esa ayuda?¿hablas de un abogado?¿un familiar?

1 saludo



Representacion
20/06/2003 10:47
Puede el administrador representar a uno a varios copropietarios?

Un copropietario de avanzada edad, que vive solo y no tiene marido ni hijos, puede acudir a la Junta con otra persona que le ayude a defender sus intereses?
representacion | PorticoLegal
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20/06/2003 12:18
según la LPH en su artículo Artículo 15

". La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario. "

A pesar de que la Ley no lo diga expresamente, no veo muy claro lo de autorizar al administrador a participar aunque sea por delegación en la toma de decisiones de la Junta al suponer una extralimitación, a pesar de ser por delegación, de sus funciones.
Lo mejor para que luego no haya jaleos seria delegar en otra persona.

Asi pues, el propietario que no asista puede delegar su voz y voto en otra persona, y para ello, deberá firmar un documento donde exprese tal delegación. Y la persona que le represente, lo deberá mostar en la Junta, y entregar al Presidente.

El documento de representación puede ser tan sencillo como el siguiente:



D. ............, con DNI 12345678-Z, como propietario de la vivienda sita en el piso ....de esta Comunidad de Vecinos, delego en D. ....., con DNI 87654321-A para que, en virtud de lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, me represente en la Junta de Propietarios a celebrar eL próximo día .....

Y para que así conste, a los efectos oportunos, se firma la presente a.....

Y acto seguido firman las dos personas.

Respecto a lo del copropietario de avanzada edad ¿en que consistiria esa ayuda?¿hablas de un abogado?¿un familiar?

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20/06/2003 10:47
Puede el administrador representar a uno a varios copropietarios?

Un copropietario de avanzada edad, que vive solo y no tiene marido ni hijos, puede acudir a la Junta con otra persona que le ayude a defender sus intereses?