Y si se le reclama la deuda, entregándole personalmente un escrito notificando la deuda que tiene con la comunidad, se le lee el contenido del escrito entregado (por si es ciego o no sabe leer o es extranjero), el vecino deudor firma una fotocopia del escrito entregado, poniendo su nombre y fecha de la entrega Y su DNI.
Pregunta ¿Este documento puede valer como notificación/requerimiento fehacientemente?
fehaciente se refiere a que quede cosntacnia que se ha llevado a efecto dicho requerimietno, por jemeplo si remites una simple carta, no queda constancia de que el deudor la reciba. el mejor medio el requerimietno notarial, sin embargo existen otros igual de validos y eficaces como el telegrama, burofax, carta certificada.
si tienes que requerir de pago a alguien de modo fehaciente... ¿ a que se esta refiriendi con fehaciente? ¿ es necesario notario o valen otos modos? ¿Cuales serian?