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requerimiento monitorio en apartado de correos

4 Comentarios
 
21/04/2009 13:36
Pues eso, dejarla en un apartado de correos es como dejarla en un buzón, si el destinatario la recoge y contesta, perfecto, sino pues resto de medios q contempla la ley. Pero vamos, q por intentarlo q no quede, digo yo.
20/04/2009 18:05
Yo entiendo que en todo caso estaría en manos del deudor el recibir o no la notificación. Creo que en este caso la oficina de notificaciones dejará aviso en el apartado de correos y si el deudor quiere va al juzgado. Y en caso de no acudir al juzgado a notificarse es cuando solicito la averiguación judicial del domicilio del deudor.
De todas formas no lo tengo claro.
20/04/2009 15:37
Dispone el art. 160 de la LEC que el acto de comunicación realizado por correo cetificado, telegrama con acuse de recibo o cualquier otro, debe permitir dejar en los atuos constancia fehaciente de haberse recibido la notificación, de la fecha de la recepción y de su contenido, dándose fe por el Secretario judicial de la remisión y contenido de lo remitido, pero en el caso que nos ocupa no hay forma de que quede constancia de la fecha de recepción, ya que cualquier usuario de un aptdo. de correos puede disponer del contenido del mismo cuando lo desee sin dejar constancia de su recepción, con lo cual el acto de comunicación queda inválido.
En cualquier caso puedes solicitar al juzgado que proceda a la averiguación del domicilio del deudor o en su caso el del domicilio laboral a través de los medios telemáticas de que ahora disponen, INE, TGSS, AG. TRIBUTARIA, TRAFICO, etc. ahora bien es casi imprenscindible conocer el nº. de identificación del deudor NIF, NIE, CIF, también es posible requerir a la oficina de correos para que identifique el domicilio del poseedor del apartado. En fin tienes varias opciones, pero prácticamente todas ellas pasan por intentar el requerimiento personal. Saludos.
18/04/2009 12:14
Yo lo intentaría. Además no veo pq no se pueda designar un apartado de correos si es la única "dirección" q se conoce.
Requerimiento monitorio en apartado de correos
16/04/2009 12:08
Si la única dirección que tengo del deudor es un apartado de correos, puedo designarlo como domicilio del mismo y el juzgado hará el requerimiento de pago en esa dirección?
requerimiento monitorio en apartado de correos | PorticoLegal
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requerimiento monitorio en apartado de correos

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21/04/2009 13:36
Pues eso, dejarla en un apartado de correos es como dejarla en un buzón, si el destinatario la recoge y contesta, perfecto, sino pues resto de medios q contempla la ley. Pero vamos, q por intentarlo q no quede, digo yo.
20/04/2009 18:05
Yo entiendo que en todo caso estaría en manos del deudor el recibir o no la notificación. Creo que en este caso la oficina de notificaciones dejará aviso en el apartado de correos y si el deudor quiere va al juzgado. Y en caso de no acudir al juzgado a notificarse es cuando solicito la averiguación judicial del domicilio del deudor.
De todas formas no lo tengo claro.
20/04/2009 15:37
Dispone el art. 160 de la LEC que el acto de comunicación realizado por correo cetificado, telegrama con acuse de recibo o cualquier otro, debe permitir dejar en los atuos constancia fehaciente de haberse recibido la notificación, de la fecha de la recepción y de su contenido, dándose fe por el Secretario judicial de la remisión y contenido de lo remitido, pero en el caso que nos ocupa no hay forma de que quede constancia de la fecha de recepción, ya que cualquier usuario de un aptdo. de correos puede disponer del contenido del mismo cuando lo desee sin dejar constancia de su recepción, con lo cual el acto de comunicación queda inválido.
En cualquier caso puedes solicitar al juzgado que proceda a la averiguación del domicilio del deudor o en su caso el del domicilio laboral a través de los medios telemáticas de que ahora disponen, INE, TGSS, AG. TRIBUTARIA, TRAFICO, etc. ahora bien es casi imprenscindible conocer el nº. de identificación del deudor NIF, NIE, CIF, también es posible requerir a la oficina de correos para que identifique el domicilio del poseedor del apartado. En fin tienes varias opciones, pero prácticamente todas ellas pasan por intentar el requerimiento personal. Saludos.
18/04/2009 12:14
Yo lo intentaría. Además no veo pq no se pueda designar un apartado de correos si es la única "dirección" q se conoce.
Requerimiento monitorio en apartado de correos
16/04/2009 12:08
Si la única dirección que tengo del deudor es un apartado de correos, puedo designarlo como domicilio del mismo y el juzgado hará el requerimiento de pago en esa dirección?