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Rescate de plan de Pensiones

3 Comentarios
 
Rescate de plan de pensiones
25/04/2012 12:30
Hola,
Hemos pedido al Banco el rescate del plan de Pensiones
a su heredero legal
por fallecimiento del participe que era mi hermana y después de presentar todos los documentos necesarios han pasado 35 dias habiles y vemos que el plazo ya es excesivo.
¿Que plazo legal tiene el banco en liberar ese fondo a su heredero legal?
Gracias y saludos
25/04/2012 15:35
Hasta donde yo sé, no hay un plazo legal. No obstante, 35 días me parece un plazo más que razonable, yo llamaría a la entidad a ver qué pasa y si no dan una respuesta convincente presentaría una queja ante el defensor del cliente.
27/04/2012 17:46
Gracias
Pero acabo de leer Según Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de planes y fondos de pensiones.
Última reforma de la presente disposición realizada por RD 1299/2009 de 31 julio, por el que
se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones en su Artículo 10. Prestaciones dice entre otras cosas:

1.-Prestación en forma de capital, consistente en una percepción de pago único. El pago de esta
prestación podrá ser inmediato a la fecha de la contingencia o diferido a un momento
posterior.

2.- Si se tratase de un capital inmediato, deberá ser abonado al beneficiario dentro del plazo
máximo de 7 días hábiles desde que éste presentase la documentación correspondiente.

El banco no esta claramente cimpliendo la ley
27/04/2012 21:38
No estoy seguro de que ese plazo sea aplicable estrictamente en caso de fallecimiento. No obstante, lo mejor es dirigirse al defensor del cliente.
Rescate de plan de Pensiones | PorticoLegal
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Rescate de plan de Pensiones

3 Comentarios
 
Rescate de plan de pensiones
25/04/2012 12:30
Hola,
Hemos pedido al Banco el rescate del plan de Pensiones
a su heredero legal
por fallecimiento del participe que era mi hermana y después de presentar todos los documentos necesarios han pasado 35 dias habiles y vemos que el plazo ya es excesivo.
¿Que plazo legal tiene el banco en liberar ese fondo a su heredero legal?
Gracias y saludos
25/04/2012 15:35
Hasta donde yo sé, no hay un plazo legal. No obstante, 35 días me parece un plazo más que razonable, yo llamaría a la entidad a ver qué pasa y si no dan una respuesta convincente presentaría una queja ante el defensor del cliente.
27/04/2012 17:46
Gracias
Pero acabo de leer Según Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de planes y fondos de pensiones.
Última reforma de la presente disposición realizada por RD 1299/2009 de 31 julio, por el que
se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones en su Artículo 10. Prestaciones dice entre otras cosas:

1.-Prestación en forma de capital, consistente en una percepción de pago único. El pago de esta
prestación podrá ser inmediato a la fecha de la contingencia o diferido a un momento
posterior.

2.- Si se tratase de un capital inmediato, deberá ser abonado al beneficiario dentro del plazo
máximo de 7 días hábiles desde que éste presentase la documentación correspondiente.

El banco no esta claramente cimpliendo la ley
27/04/2012 21:38
No estoy seguro de que ese plazo sea aplicable estrictamente en caso de fallecimiento. No obstante, lo mejor es dirigirse al defensor del cliente.