Un cliente nos ha rescindido el contrato de excavaciones en una obra alegando que vamos retrasados en el plazo. Sin embargo, decididos a aceptar la decision y aceptar la liquidación de obra, nos encontramos que no coje el telefono ni nos recibe en su oficina, indicandonos vía carta que nos avisará para proceder a la liquidación. A pasado un mes y no lo ha hecho. ¿Que plazo legal máximo puede hacernos esperar para proceder a la liquidación de los servicios y posterior cobro?. Gracias.