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rescisión contrato por causa mayor

1 Comentarios
 
18/04/2012 11:42
Hola karmelita. En primer lugar debería contar con un informe pericial que dictamine si el origen de los cortes es la instalación eléctrica de la vivienda o del servicio de distribución(endesa). En el primer caso, usted estará obligada a notificar fehacientemente a su arrendador la necesidad de la reparación. Em el segundo bastaría con cambiar de compañía suminsitradora.

Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl


Rescisión contrato por causa mayor
16/04/2012 16:59
Buenas tardes:
Mi contrato contiene una claúsula que estipula que para la rescisión del contrato he de avisar con un mínimo de 2 meses de antelación.
En los últimos 9 meses, hemos sufrido 8 cortes eléctricos (atribuídos al deficiente cableado de Endesa y sin previsión de solución por el momento), alguno de ellos con afectación de electrodomésticos y duración de más de 12 horas, por lo que he decidido buscar otra vivienda.
El propietario se niega a devolver la fianza (2 meses).
La deficiencia en el suministro eléctrico (todo en el piso funciona con electricidad) ¿puede considerarse causa mayor? ¿Existe legislación al respecto?
Muchas gracias por vuestra ayuda
rescisión contrato por causa mayor | PorticoLegal
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rescisión contrato por causa mayor

1 Comentarios
 
18/04/2012 11:42
Hola karmelita. En primer lugar debería contar con un informe pericial que dictamine si el origen de los cortes es la instalación eléctrica de la vivienda o del servicio de distribución(endesa). En el primer caso, usted estará obligada a notificar fehacientemente a su arrendador la necesidad de la reparación. Em el segundo bastaría con cambiar de compañía suminsitradora.

Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

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Rescisión contrato por causa mayor
16/04/2012 16:59
Buenas tardes:
Mi contrato contiene una claúsula que estipula que para la rescisión del contrato he de avisar con un mínimo de 2 meses de antelación.
En los últimos 9 meses, hemos sufrido 8 cortes eléctricos (atribuídos al deficiente cableado de Endesa y sin previsión de solución por el momento), alguno de ellos con afectación de electrodomésticos y duración de más de 12 horas, por lo que he decidido buscar otra vivienda.
El propietario se niega a devolver la fianza (2 meses).
La deficiencia en el suministro eléctrico (todo en el piso funciona con electricidad) ¿puede considerarse causa mayor? ¿Existe legislación al respecto?
Muchas gracias por vuestra ayuda