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Rescisión de contrato. Impago de nóminas.

6 Comentarios
 
17/10/2017 07:08
Ivan10
Pues parece ser que se inicio no se hizo asi, es decir que no se demandó pidiendo la rescisión contractual ya que ahora du abogado si pretende presentar otra demanda exigiendo ademas del pago la rescisión del cto, lo dice usted mismo.
17/10/2017 00:02
Ivan10
Por lo menos ir cobrando el paro a 40 horas ... No a 30 ... Y la rescisión sino puede afrontarla la empresa que lo pagase , al menos en parte fogasa...
17/10/2017 00:00
jamgpreve
No , no quizás me he expresado mal ! En aquel momento lo que queríamos era q la rescindiesen el contrato por los cambios en el contrato sin consentimiento nuestro (y por la perpectiva de que está empresa va mal)... Y claro la correpondiente liquidacion y el pago de los meses que adeudaban ...
16/10/2017 23:27
Ivan10
Y ustedes en julio plantearon a su abogado demandar con la intención de pedir un despido o que les reclamara los salarios adeudados? Es que ahora a toro pasado, (cosa que es fácil de predecir), ahora viene la reduccion de jornada, acumulación de mas meses sin cobrar, ect. pero en aquel momento ustedes que querían cobrar y mantener el puesto de trabajo no? Pues eso las decisiones can como van y de un día para otro cambian los intereses del trabajador, de eso du abogado no tiene culpa aunque debería haberlo previsto pero esto ya es otra historia.
16/10/2017 22:01
jamgpreve
Gracias , pero en esa primera demanda no se puede pedir directamente la rescisión del contrato por cambio sustancial en las condiciones de trabajo? Y de paso el pago de la correspondiente liquidación y de los meses adecuados ...
Es q ahora trabajar unos cuantos meses "de gratis" porque la empresa ya tiene pinta q no va a soltar un duro y se van a juntar fácil 9 salarios impagados...
16/10/2017 20:11
Ivan10
1.- El FOGASA paga hasta 120 días,es decir 4 nominas y no 6.
2.- Si no impugna esa decisión y acepta la reducción a 30 h en el futuro si la cosa sigue yendo mal y terminan despidiendola tanto el despido como la indemnización serán acordes a esta última jornada por lo que perderá un 25 % de ambas.
3.- La primera demanda que realizó el abogado es para reclamar el pago de las nominas la que tendría que presentar ahora es para rescindir el cto con arreglo al art. 50 ET, se tratará de una demanda reclamando el despido improcedente a causa de la empresa por impago de salarios, por eso hay que hacer otra demanda.
SMO
Rescisión de contrato. impago de nóminas.
16/10/2017 19:05
Hola ! Les escribo para ver si me ayudan sobre como proceder en tema laboral que tiene a mi mujer en un sin vivir... Resumiendo un poco ; lleva trabajando casi 7 años en una empresa, la cual desde hace como año y medio empezó a tener problemas para pagar las nóminas , iba adecuando alguna pero bueno , iba tirando ... Llega julio se juntan 3 nóminas , nos vamos de Luna de miel y a la vuelta se encuentra con que le han enviado un email en que por causas económica van a reducir la jornada de 40 a 30 y semanales ante lo cual e informandonos nos ponemos a primero de agosto en manos de un aboga que mete una demanda ...llega septiembre Le pregunta al abogado que si sabemos algo y dice q nada .. Llega octubre y aconsejada por una conocida le dice que que raro que estén tardando tanto que puede ir al juzgado y preguntar ... Sorpresa va y le dicen q esta avisada la empresa y el abogado desde primeros de septiembre ...en fin... Ahora mismo se deben 4 meses de nómina y el abogado dice de meter otra para solicitar rescisión y pagos ...? Pero bueno!! con esta primera demanda que ha salido fecha para mediados de diciembre no pueden directamente rescindir el contrato? Es q me parec3 de risa... Así q meter otra demanda para que según dice saldría sobre abril? Que vamos a estar trabajando con un impago de 9 o 10 nóminas (me he informado que fogasa tiene un máximo de 6)... Alguien me puede asesoar un poco .la desconfianza en el abogado ya es total la verdad , merece la pena cambiar? Gracias
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17/10/2017 07:08
Ivan10
Pues parece ser que se inicio no se hizo asi, es decir que no se demandó pidiendo la rescisión contractual ya que ahora du abogado si pretende presentar otra demanda exigiendo ademas del pago la rescisión del cto, lo dice usted mismo.
17/10/2017 00:02
Ivan10
Por lo menos ir cobrando el paro a 40 horas ... No a 30 ... Y la rescisión sino puede afrontarla la empresa que lo pagase , al menos en parte fogasa...
17/10/2017 00:00
jamgpreve
No , no quizás me he expresado mal ! En aquel momento lo que queríamos era q la rescindiesen el contrato por los cambios en el contrato sin consentimiento nuestro (y por la perpectiva de que está empresa va mal)... Y claro la correpondiente liquidacion y el pago de los meses que adeudaban ...
16/10/2017 23:27
Ivan10
Y ustedes en julio plantearon a su abogado demandar con la intención de pedir un despido o que les reclamara los salarios adeudados? Es que ahora a toro pasado, (cosa que es fácil de predecir), ahora viene la reduccion de jornada, acumulación de mas meses sin cobrar, ect. pero en aquel momento ustedes que querían cobrar y mantener el puesto de trabajo no? Pues eso las decisiones can como van y de un día para otro cambian los intereses del trabajador, de eso du abogado no tiene culpa aunque debería haberlo previsto pero esto ya es otra historia.
16/10/2017 22:01
jamgpreve
Gracias , pero en esa primera demanda no se puede pedir directamente la rescisión del contrato por cambio sustancial en las condiciones de trabajo? Y de paso el pago de la correspondiente liquidación y de los meses adecuados ...
Es q ahora trabajar unos cuantos meses "de gratis" porque la empresa ya tiene pinta q no va a soltar un duro y se van a juntar fácil 9 salarios impagados...
16/10/2017 20:11
Ivan10
1.- El FOGASA paga hasta 120 días,es decir 4 nominas y no 6.
2.- Si no impugna esa decisión y acepta la reducción a 30 h en el futuro si la cosa sigue yendo mal y terminan despidiendola tanto el despido como la indemnización serán acordes a esta última jornada por lo que perderá un 25 % de ambas.
3.- La primera demanda que realizó el abogado es para reclamar el pago de las nominas la que tendría que presentar ahora es para rescindir el cto con arreglo al art. 50 ET, se tratará de una demanda reclamando el despido improcedente a causa de la empresa por impago de salarios, por eso hay que hacer otra demanda.
SMO
Rescisión de contrato. impago de nóminas.
16/10/2017 19:05
Hola ! Les escribo para ver si me ayudan sobre como proceder en tema laboral que tiene a mi mujer en un sin vivir... Resumiendo un poco ; lleva trabajando casi 7 años en una empresa, la cual desde hace como año y medio empezó a tener problemas para pagar las nóminas , iba adecuando alguna pero bueno , iba tirando ... Llega julio se juntan 3 nóminas , nos vamos de Luna de miel y a la vuelta se encuentra con que le han enviado un email en que por causas económica van a reducir la jornada de 40 a 30 y semanales ante lo cual e informandonos nos ponemos a primero de agosto en manos de un aboga que mete una demanda ...llega septiembre Le pregunta al abogado que si sabemos algo y dice q nada .. Llega octubre y aconsejada por una conocida le dice que que raro que estén tardando tanto que puede ir al juzgado y preguntar ... Sorpresa va y le dicen q esta avisada la empresa y el abogado desde primeros de septiembre ...en fin... Ahora mismo se deben 4 meses de nómina y el abogado dice de meter otra para solicitar rescisión y pagos ...? Pero bueno!! con esta primera demanda que ha salido fecha para mediados de diciembre no pueden directamente rescindir el contrato? Es q me parec3 de risa... Así q meter otra demanda para que según dice saldría sobre abril? Que vamos a estar trabajando con un impago de 9 o 10 nóminas (me he informado que fogasa tiene un máximo de 6)... Alguien me puede asesoar un poco .la desconfianza en el abogado ya es total la verdad , merece la pena cambiar? Gracias