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residencia y matrimonio

3 Comentarios
 
30/11/2010 14:46
Hola. Por supuesto, las personas cobijadas por el régimen comunitario están habilitadas para trabajar sin limitación de ningún tipo, salvo las requeridas para poder ejercer una profesión específica (por ejemplo, la tenencia de la titulación correspondiente, debidamente homologada si ha sido obtenida en el extranjero, las correspondientes dispensas o autorizaciones administrativas del ramo si hubiera lugar a ellas y la correspondiente colegiación).

Un cordial saludo y suerte.
29/11/2010 22:40
Y en lo referente al permiso laboral? la tarjeta de residencia te permite estar regularizado en ese ambito?
Gracias
29/11/2010 17:37
Hola. Puedes casarte con la persona en cualquier momento. El derecho a contraer matrimonio es un derecho fundamental de la persona, no puede ser limitado.

Para casarte con la persona, necesitas iniciar el expediente matrimonial previo en el Registro Civil del lugar donde esté empadronado cualquiera de los dos.

Cuando te cases con ella, puede acceder al régimen comunitario.

No es contraproducente, nada tiene que ver una cosa con la otra, son procedimientos diferentes. Es perfectamente posible que una persona se case mientras está tramitando una autorización de residencia inicial o renovación (y puede casarse con un comunitario como con un extracomunitario) y si es con un comunitario, tendrá como consecuencia la obtención de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, que pondrá a la pareja en una situación más ventajosa, al hacerle extensivo el régimen comunitario.

Puede también, si lo considera conveniente a sus intereses, inscribirse con su pareja como pareja de hecho en el registro que exista al efecto en su comunidad autónoma, esto le dará también la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Ha de tener presentes los requisitos que le exigirán en su comunidad autónoma para tener acceso al registro.

Un cordial saludo y suerte.
Residencia y matrimonio
27/11/2010 23:09
Llebo 4 años de relacion con mi pareja que es de EEUU, ha estado en regimen de estudiante hasta hace unos meses pero ahora esta tramitando el permiso de residencia y trabajo. Le han comentado que puede tardar de 3 a 6 meses, o finalizar con la denegación.
La pregunta es: si nos casamos en este momento favorecemos su regularización? o es contraproducente teniendo un tramite en curso? es cierto que tras el matrimonio el permiso de trabajo se demora un año?
Muchas gracias
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30/11/2010 14:46
Hola. Por supuesto, las personas cobijadas por el régimen comunitario están habilitadas para trabajar sin limitación de ningún tipo, salvo las requeridas para poder ejercer una profesión específica (por ejemplo, la tenencia de la titulación correspondiente, debidamente homologada si ha sido obtenida en el extranjero, las correspondientes dispensas o autorizaciones administrativas del ramo si hubiera lugar a ellas y la correspondiente colegiación).

Un cordial saludo y suerte.
29/11/2010 22:40
Y en lo referente al permiso laboral? la tarjeta de residencia te permite estar regularizado en ese ambito?
Gracias
29/11/2010 17:37
Hola. Puedes casarte con la persona en cualquier momento. El derecho a contraer matrimonio es un derecho fundamental de la persona, no puede ser limitado.

Para casarte con la persona, necesitas iniciar el expediente matrimonial previo en el Registro Civil del lugar donde esté empadronado cualquiera de los dos.

Cuando te cases con ella, puede acceder al régimen comunitario.

No es contraproducente, nada tiene que ver una cosa con la otra, son procedimientos diferentes. Es perfectamente posible que una persona se case mientras está tramitando una autorización de residencia inicial o renovación (y puede casarse con un comunitario como con un extracomunitario) y si es con un comunitario, tendrá como consecuencia la obtención de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, que pondrá a la pareja en una situación más ventajosa, al hacerle extensivo el régimen comunitario.

Puede también, si lo considera conveniente a sus intereses, inscribirse con su pareja como pareja de hecho en el registro que exista al efecto en su comunidad autónoma, esto le dará también la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Ha de tener presentes los requisitos que le exigirán en su comunidad autónoma para tener acceso al registro.

Un cordial saludo y suerte.
Residencia y matrimonio
27/11/2010 23:09
Llebo 4 años de relacion con mi pareja que es de EEUU, ha estado en regimen de estudiante hasta hace unos meses pero ahora esta tramitando el permiso de residencia y trabajo. Le han comentado que puede tardar de 3 a 6 meses, o finalizar con la denegación.
La pregunta es: si nos casamos en este momento favorecemos su regularización? o es contraproducente teniendo un tramite en curso? es cierto que tras el matrimonio el permiso de trabajo se demora un año?
Muchas gracias