Hola a ver si me podeis aclarar esta cuestión. Quiero intentar la modificación de medidas para suprimir la pensión compensatoria que le paso a mi ex, por sentencia de divorcio firme.Pues ella entiendo que al liquidarse los gananciales ha venido a mejor fortuna. La resolución que se dictase¿sería un auto, una sentencia o una providencia? ¿Podría recurrirse?
Gracias por vuestra ayuda, agradezco ideas y demás, un saludo
Discrepo de Clarito con todos mis respetos.Yo he instado demanda de modificacion de medidas definitivas y logicamente ha acabado en sentencia.Pudiendo interponerse recurso de apelacion en el plazo de 5 dias.Saludos
Abusando un poco más de vuestro saber, podeis decirme si la razón que piendso argumentar tiene visos de convencer al juez? Ella sigue sin trabajo(que se sepa).
Como que al liquidarse la sociedad de gananciales ha venido a mejor fortuna?no entiendo muy bien.Me imagino que esa disolucion de la sociedad de gananciales la aprobo el juez por tanto si sigue sin trabajo..no tengo muy claro que apruebe una modificacion de medidas.Me pregunto que circunstancias han cambiado?Sigue sin trabajo y la disolucion de los gananciales ya la aprobo en su dia el juez....
Veamos, a mejor fortuna puede venir por encontrar un trabajo, por ejemplo, por recibir sumas o bienes que permitan un alto nivel de vida, etc,etc. Si la liquidación de la sociedad ganancial ha mejorado sustancialmente la situación económica de la beneficiaria de la pensión compensatoria, en mi opinión el tribunal podría dictar una resolución favorable al sr. Alex. Pienso.¿O no?
Esta claro clarito (valga la redundancia) pero en este caso sigue sin trabajo y la sociedad de gananciales es la misma que disolvio el juez asi que.......
La sentencia de divorcio se hizo firme en Febrero, la medida de la pensión compensatoria la deja como indefinida. Ella tiene 51 añosy no ha trabajado nunca en su vida. Ahora yo sospecho que tiene algo pero en negro, o sea que no tengo pruebas. Con la liquidación se ha hecho con unos 84.000€, pero no tiene vivienda propia, en realidad parte de esa cantidad procede de venta del piso ganancial. ¿Como lo veis?
No me aclaro con lo que me habeis dicho, ¿me vale la pena plantearmelo o mejor me olvido? La verdad es que no estoy en mi mejor momento ecó´nomicamente y un pleito con pocas posibilidades de ganarse me da más que miedo.
Clarito parece que lo ve claro, Jimmy al contrario, no sé a qué atenerme, si alguien más me dice algo, lo agradezco.
No creo que prospere tu reclamación. Al hacer la liquidación el juez ya vio la parte que se le adjudicaba a tu ex y, que no tenía trabajo, por lo que concedió la pensión. Si no tiene ningún ingreso legal a mayores, entiendo que, legalmente, no ha cambiado nada. Otra cosa es que puedas probar que trabaja y cobra en negro.
Creo que no me expliqué bien. La liquidación ha sido posterior al divorcio. Ella acaba de recibir su saldo acreedor. no sé si ese detalle es relevante para la consulta que os hago, o da igual qué fue primero y qué después. Tal vez resulta que no os acabo de captar, y soy un brasas, perdonad.