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Resolución de pleno derecho - Arrendamiento Antiguo -

5 Comentarios
 
Resolución de pleno derecho - arrendamiento antiguo -
16/10/2006 15:27
En la LAU, el artículo 35 nos viene a decir que se puede resolver de pleno derecho el contrato si dan actividades ilícitas (artículo 27.2 e).
¿El tener 1 o 2 personas trabajando de forma ilegal y sin ningún contrato constituye una ACTIVIDAD ILÍCITA?
17/10/2006 22:55
Si correcto. Pero la forma de acreditar la ilicitud de la actividad será complicado, salvo está que venga por orden judicial. Como ffórmulas alternativas he utilizaod la comparecencia notarial en la vivienda bajo la excusa de entregar en mano al inquilino una carta que ponga de manifiesto precisamente este tipo de actividad. Ya me dirás si necesitas mi ayuda
20/10/2006 23:49
Además, si alquilaste la casa como vivienda, el hecho de que la dediquen a otra caua tambiés es causa de resolución. El hecho e que tengan a dos personas trabajando allí parece indicar que desarrollan algun tipo de actividad industrial o comercial.
24/10/2006 08:54
Primeramente daros las gracias a los 2.
Pero el alquiler es un local comercial, y no se....lo veo bastante difícil el tirarles.
Mientras ellos hacen negocio y sacan una pasta, a ti te pagan por el alquiler una miseria.
¡Para que luego digan que estamos en EUROPA!
24/10/2006 12:38
Hola Estudiante85. Solo por curiosidad.¿ El contrato es de fecha anterior al 9 de mayo de 1985, posterior al 9 de mayo de 1995 pero anterior al 24 de Noviembre de 1994 o posterior al 24 de Noviembre de 1994?.

Un saludo.
25/10/2006 14:41
Gracias por tu interes Jan.
El contrato es anterior a 1985, viene de los años 70.
Resolución de pleno derecho - Arrendamiento Antiguo - | PorticoLegal
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Resolución de pleno derecho - Arrendamiento Antiguo -

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Resolución de pleno derecho - arrendamiento antiguo -
16/10/2006 15:27
En la LAU, el artículo 35 nos viene a decir que se puede resolver de pleno derecho el contrato si dan actividades ilícitas (artículo 27.2 e).
¿El tener 1 o 2 personas trabajando de forma ilegal y sin ningún contrato constituye una ACTIVIDAD ILÍCITA?
17/10/2006 22:55
Si correcto. Pero la forma de acreditar la ilicitud de la actividad será complicado, salvo está que venga por orden judicial. Como ffórmulas alternativas he utilizaod la comparecencia notarial en la vivienda bajo la excusa de entregar en mano al inquilino una carta que ponga de manifiesto precisamente este tipo de actividad. Ya me dirás si necesitas mi ayuda
20/10/2006 23:49
Además, si alquilaste la casa como vivienda, el hecho de que la dediquen a otra caua tambiés es causa de resolución. El hecho e que tengan a dos personas trabajando allí parece indicar que desarrollan algun tipo de actividad industrial o comercial.
24/10/2006 08:54
Primeramente daros las gracias a los 2.
Pero el alquiler es un local comercial, y no se....lo veo bastante difícil el tirarles.
Mientras ellos hacen negocio y sacan una pasta, a ti te pagan por el alquiler una miseria.
¡Para que luego digan que estamos en EUROPA!
24/10/2006 12:38
Hola Estudiante85. Solo por curiosidad.¿ El contrato es de fecha anterior al 9 de mayo de 1985, posterior al 9 de mayo de 1995 pero anterior al 24 de Noviembre de 1994 o posterior al 24 de Noviembre de 1994?.

Un saludo.
25/10/2006 14:41
Gracias por tu interes Jan.
El contrato es anterior a 1985, viene de los años 70.