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Resolución favorable de la nacionalidad española

1 Comentarios
 
Resolución favorable de la nacionalidad española
06/10/2021 09:29
hola, a principios de septiembre me llegó la resolución favorable de la nacionalidad española . En este momento estoy en mi país de origen y tengo el nie caducado y tengo proyectado viajar en un mes para solicitar la cita ante el registro civil para la jura. mi pregunta es la siguienta: Tener el nie caducado es obstáculo para jurar bandera después de tener la resolución favorable de la nacionalidad española? muchas gracias.
06/10/2021 20:50
Luisa1985
Hola:

Si tiene caducada la tarjeta de identidad de extranjero puede identificarse para la jura con el pasaporte en vigor del país de su nacionalidad.

Debe llevar con usted la resolución de concesión de la nacionalidad española. Si presentó la solicitud vía telemática, debe llevar también el original de la certificación literal de nacimiento del país de origen y el certificado de antecedentes penales del país de origen. Si usted hubiera presentado la solicitud y los documentos en el Registro Civil, no tiene que llevar los últimos documentos porque ya los tiene el Registro Civil.

Recuerde que debe solicitar cita para jurar dentro del plazo de 180 días siguientes a la recepción de la notificación. La cita previa para la jura en el Registro Civil la puede solicitar en el siguiente enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiej/citar?locale=es


Un cordial saludo.
Resolución favorable de la nacionalidad española | PorticoLegal
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Resolución favorable de la nacionalidad española
06/10/2021 09:29
hola, a principios de septiembre me llegó la resolución favorable de la nacionalidad española . En este momento estoy en mi país de origen y tengo el nie caducado y tengo proyectado viajar en un mes para solicitar la cita ante el registro civil para la jura. mi pregunta es la siguienta: Tener el nie caducado es obstáculo para jurar bandera después de tener la resolución favorable de la nacionalidad española? muchas gracias.
06/10/2021 20:50
Luisa1985
Hola:

Si tiene caducada la tarjeta de identidad de extranjero puede identificarse para la jura con el pasaporte en vigor del país de su nacionalidad.

Debe llevar con usted la resolución de concesión de la nacionalidad española. Si presentó la solicitud vía telemática, debe llevar también el original de la certificación literal de nacimiento del país de origen y el certificado de antecedentes penales del país de origen. Si usted hubiera presentado la solicitud y los documentos en el Registro Civil, no tiene que llevar los últimos documentos porque ya los tiene el Registro Civil.

Recuerde que debe solicitar cita para jurar dentro del plazo de 180 días siguientes a la recepción de la notificación. La cita previa para la jura en el Registro Civil la puede solicitar en el siguiente enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiej/citar?locale=es


Un cordial saludo.