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respetar antiguedad

2 Comentarios
 
Respetar antiguedad
18/06/2014 10:22
un trabajador pide mediante carta y con preaviso le-
gal baja en la Empresa,antiguedad 18 años,se le liqui-da las partes proporcionales y la mensualidad en curso
.todo de forma correcta y aceptado por el trabajador.
Tras 35 dias fuera de la Empresa, y por fallar las expectativas del negocio que iniciaba.Pide de nuevo alta en la Empresa, siendo aceptada esta.
Pregunta ¿Que antiguedad le corresponde? ¿La anterior de 18 años? ¿O empieza con antiguedad "0". GRACIAS POR SU RESPUESTAS.
18/06/2014 11:50
Hola rarumo, si en las nóminas aparece la antigüedad que tenía antes de irse, incluso con la baja voluntaria, podría ser porque hubo algún tipo de acuerdo pactado al volver a la empresa, o incluso antes.
En cualquier caso habría que demostrarlo, pues en principio ese acuerdo debería ser expreso y constar por escrito. Si no se tuviera ese reconocimiento o documentos que lo acrediten se podría defender por medio de testigos o interrogatorio.
Existe jurisprudencia en la que se respeta la antigüedad, en principio, siempre que no sean más de 20 días los que pasen entre contrato y contrato, aunque este límite, en algunos casos, se ha podido alargar dependiendo del caso.
Se presupone que la antigüedad es la del último contrato , ya que la relación contractual quedo extinguida y liquidada.
Ahora bien, la empresa en la nómina está reconociendo otra. Habría que verlo con más detalle.

Para cualquier duda o consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te dejo el contacto 91 024 23 61 – contacto@ibericabogados.com
UN saludo!!
18/06/2014 17:31
Para los casos de concatenación de contratos por finalización de ctos y luego nueva reincorporación como dice lauriber esa concatenación es reconocida para los casos de plazos inferiores a 20 días entre ctos, (auqneu como ya dijo tb lauriber si se demuestra que el puesto es necesario se puede amplikar el mismo), pero es que su caso es una finalización por baja voluntaria y entonces la empresa le hace el favor de readmirtirle pero no tiene ninguna obligación de respetarle la antigüedad, usted para esa experiencia de probar con otro empleo dewbio de acogerse a la figura de la excedencia voluntaria la cual puede ser de 4 meses a 5 años y así usted hubiese mantenido su reserva de puesto así como de antigüedad.
Ahora si como le dice lauriber existe algún acuerdo entre las partes que lo dudo mucho, (pero este debe ser de forma expresa, osea por escrito).
SMO.
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Respetar antiguedad
18/06/2014 10:22
un trabajador pide mediante carta y con preaviso le-
gal baja en la Empresa,antiguedad 18 años,se le liqui-da las partes proporcionales y la mensualidad en curso
.todo de forma correcta y aceptado por el trabajador.
Tras 35 dias fuera de la Empresa, y por fallar las expectativas del negocio que iniciaba.Pide de nuevo alta en la Empresa, siendo aceptada esta.
Pregunta ¿Que antiguedad le corresponde? ¿La anterior de 18 años? ¿O empieza con antiguedad "0". GRACIAS POR SU RESPUESTAS.
18/06/2014 11:50
Hola rarumo, si en las nóminas aparece la antigüedad que tenía antes de irse, incluso con la baja voluntaria, podría ser porque hubo algún tipo de acuerdo pactado al volver a la empresa, o incluso antes.
En cualquier caso habría que demostrarlo, pues en principio ese acuerdo debería ser expreso y constar por escrito. Si no se tuviera ese reconocimiento o documentos que lo acrediten se podría defender por medio de testigos o interrogatorio.
Existe jurisprudencia en la que se respeta la antigüedad, en principio, siempre que no sean más de 20 días los que pasen entre contrato y contrato, aunque este límite, en algunos casos, se ha podido alargar dependiendo del caso.
Se presupone que la antigüedad es la del último contrato , ya que la relación contractual quedo extinguida y liquidada.
Ahora bien, la empresa en la nómina está reconociendo otra. Habría que verlo con más detalle.

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UN saludo!!
18/06/2014 17:31
Para los casos de concatenación de contratos por finalización de ctos y luego nueva reincorporación como dice lauriber esa concatenación es reconocida para los casos de plazos inferiores a 20 días entre ctos, (auqneu como ya dijo tb lauriber si se demuestra que el puesto es necesario se puede amplikar el mismo), pero es que su caso es una finalización por baja voluntaria y entonces la empresa le hace el favor de readmirtirle pero no tiene ninguna obligación de respetarle la antigüedad, usted para esa experiencia de probar con otro empleo dewbio de acogerse a la figura de la excedencia voluntaria la cual puede ser de 4 meses a 5 años y así usted hubiese mantenido su reserva de puesto así como de antigüedad.
Ahora si como le dice lauriber existe algún acuerdo entre las partes que lo dudo mucho, (pero este debe ser de forma expresa, osea por escrito).
SMO.
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