En la escalera somos cuatro vecinos propietarios de su piso y uno de ellos también es propietario de un local en el edificio que está dedicado a restaurante. No hay constituida ninguna comunidad de vecinos. Ahora se debe reparar un trozo de la fachada por peligro de desprendimientos pero el propietario del piso local se niega a participar de los gastos que corresponderian al local. Dice que el ya paga un seguro por el restaurant y que si le cae un pedazo de fachada a alguien sentado en la terraza que para eso ya paga el seguro. La pregunta es si tiene obligación a colaborar en los gastos con relación a las dos partes piso local. Gracias por vuestras respuestas.
Creo que se me ha entendido. Cuatro pisos y un local dedicado a restaurant. El local tambien es propiedad de uno que tambien tiene un piso. O sea: Se habrían de dividir los gastos en 5 partes? GRACIAS.
1º ¿Hay división horizontal?. 2º ¿Tienen asignado coeficiente cada vivienda y local?. 3º La comunidad es obligatoria constituirla al haber mas de 4 fincas registrales. 4º ¡Como reparten los las cuotas de gastos?. 5º ¿Hacen juntas Generales y hay nombrado presidente?.
Y porque no tienen constituida la comunidad? Debera ir al registro de la propiedad y ver que figura en la escritura de obra nueva, acerca de los gastos a los que tiene que contribuir el local. Sin ese dato no se puede opinar.
En principio sí que tiene obligación, pero al no estar constituida la comunidad veo complicado reclamárselo, ya que debería hacerlo la comunidad aplicando las cuotas de participación y la comunidad se podría decir que no existe.