Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Resto indemnización FOGASA

4 Comentarios
 
31/05/2012 11:52
Despido objetivo art.52, 53 del ET.
DALE UN VISTAZO

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Building, el tema del fogasa es un tanto complicado.
Es un tema que requiere de una persona un poco entendida en la materia.
La INFORMACION que doy es solo para que tengas unos conocimientos exiguos del tema, pero no para que emprendas acciones o ejecuciones ante los juzgados.
Por tanto, lo dicho es solo una informacion limitada.
31/05/2012 08:44
Muchas gracias Trola. Según lo que dice el ET "Si dichos créditos concurriesen con los que puedan conservar los trabajadores por la parte no satisfecha por el Fondo, unos y otros se abonarán a prorrata de sus respectivos importes." Hasta ahí todo claro, entiendo que una vez que el fogasa te abone el máximo que puede, aunque el proceso esté archivado, la sentencia sigue siendo titulo ejecutivo y podré interponer demanda ejecutiva por el resto de la indemnización hasta ejecutar los bienes que haya ¿cierto?. Una vez en ese punto cobrara cada uno (si dios quiere) proporcionalmente a las cantidades que se le deben.

En cuanto al tema del despido objetivo, según tengo entendido, la empresa debe acreditar perdidas de tres meses consecutivos, pero deben explicar el tema en la carta de despido ¿no?Solo dicen por cese de la actividad pero nada más, los trabajadores no tenían conocimiento de los problemas reales que existían...

Un saludo
30/05/2012 16:37
Mira el art. 33,2 delEstatuto de los Trabajadores.
Y mira esta GUIA.
http://graduadosocialmadrid.org/upload/FOGASA_novedades_normativas_oct_11_WEB.ppt
30/05/2012 16:20
¿Nadie?
Resto indemnización fogasa
29/05/2012 23:51
Hola a todos,

Tengo cuatro trabajadores con despido improcedente declarado. Todos están ya en ejecución y en dos de los procedimientos se ha dictado decreto declarando la insolvencia de la empresa. Queremos ir ahora a solicitar al fogasa el abono de la indemnización pero lo máximo que den es el triple del smi por una anualidad. Solo a uno de los trabajadores le cubre la indemnización, los otros tres se quedan con una gran parte sin cobrar. ¿como puede cobrarse el resto? La empresa tiene varios inmuebles aunque la mayoría (no todos) con bastantes cargas. ¿Podemos ir contra la empresa por el resto de las indemnizaciones?

Además de ello, hace unos días han despedido a otro trabajador sin embargo en la carta de despido de este añaden la frase "por cese de actividad" aunque no han puesto dinero alguno a disposición del trabajador. Es eso causa de despido objetivo?

Como veréis ando un poco perdida en estos temas...

Muchas gracias y un saludo compañeros!
Resto indemnización FOGASA | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Resto indemnización FOGASA

4 Comentarios
 
31/05/2012 11:52
Despido objetivo art.52, 53 del ET.
DALE UN VISTAZO

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Building, el tema del fogasa es un tanto complicado.
Es un tema que requiere de una persona un poco entendida en la materia.
La INFORMACION que doy es solo para que tengas unos conocimientos exiguos del tema, pero no para que emprendas acciones o ejecuciones ante los juzgados.
Por tanto, lo dicho es solo una informacion limitada.
31/05/2012 08:44
Muchas gracias Trola. Según lo que dice el ET "Si dichos créditos concurriesen con los que puedan conservar los trabajadores por la parte no satisfecha por el Fondo, unos y otros se abonarán a prorrata de sus respectivos importes." Hasta ahí todo claro, entiendo que una vez que el fogasa te abone el máximo que puede, aunque el proceso esté archivado, la sentencia sigue siendo titulo ejecutivo y podré interponer demanda ejecutiva por el resto de la indemnización hasta ejecutar los bienes que haya ¿cierto?. Una vez en ese punto cobrara cada uno (si dios quiere) proporcionalmente a las cantidades que se le deben.

En cuanto al tema del despido objetivo, según tengo entendido, la empresa debe acreditar perdidas de tres meses consecutivos, pero deben explicar el tema en la carta de despido ¿no?Solo dicen por cese de la actividad pero nada más, los trabajadores no tenían conocimiento de los problemas reales que existían...

Un saludo
30/05/2012 16:37
Mira el art. 33,2 delEstatuto de los Trabajadores.
Y mira esta GUIA.
http://graduadosocialmadrid.org/upload/FOGASA_novedades_normativas_oct_11_WEB.ppt
30/05/2012 16:20
¿Nadie?
Resto indemnización fogasa
29/05/2012 23:51
Hola a todos,

Tengo cuatro trabajadores con despido improcedente declarado. Todos están ya en ejecución y en dos de los procedimientos se ha dictado decreto declarando la insolvencia de la empresa. Queremos ir ahora a solicitar al fogasa el abono de la indemnización pero lo máximo que den es el triple del smi por una anualidad. Solo a uno de los trabajadores le cubre la indemnización, los otros tres se quedan con una gran parte sin cobrar. ¿como puede cobrarse el resto? La empresa tiene varios inmuebles aunque la mayoría (no todos) con bastantes cargas. ¿Podemos ir contra la empresa por el resto de las indemnizaciones?

Además de ello, hace unos días han despedido a otro trabajador sin embargo en la carta de despido de este añaden la frase "por cese de actividad" aunque no han puesto dinero alguno a disposición del trabajador. Es eso causa de despido objetivo?

Como veréis ando un poco perdida en estos temas...

Muchas gracias y un saludo compañeros!