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Retención de saldo en cuenta por herencia

4 Comentarios
 
03/01/2018 12:57
Fernandog
Así es efectivamente como está ocurriendo, aunque mi opinión en base a las consultas efectuadas es que ellos solo pueden exigirme haber presentado la liquidación del impuesto sobre sucesiones, y en todo caso justificación de haber solicitado fraccionamiento o aplazamiento. De no ser así que sentido tiene que pida un fraccionamiento o aplazamiento cuando además me exigen haber pagado el primer plazo.
03/01/2018 12:52
Fernandog
Claro, pero sin resolución todavía del mismo, si lo he entendido bien. El banco necesita justificante de pago íntegro o resolución de la Junta permitiendo el fraccionamiento del pago.
02/01/2018 18:28
paquito xocolatero
Como he dicho en mi consulta se ha presentado el impuesto sobre sucesiones y a la vez hemos solicitado el fraccionamiento. De toda esta documentación se ha enviado copia al banco.
02/01/2018 18:21
Fernandog
Sí, es así. No puedes acceder a la cuenta si no has pagado o presentado declaración del impuesto de sucesiones.
Retención de saldo en cuenta por herencia
02/01/2018 13:48
En Junio de 2017 fallecío una hermana soltera y sin descendencia. De ella somos herederos sus 4 hermanos ya que nuestros padres también han fallecido.

La herencia adjudicada en escritura pública consta de una vivienda, un trastero y un aparcamiento, además de una cuenta bancaria en BBVA.

Despues de diversos y numerosos trámites y tras haber enviado al banco toda la documentación que nos iban requiriendo para poder disponer de la cuenta bancaria, con cuyo saldo queremos hacer frete a los pagos de notaria, registro de la propiedad, plusvalia y algún otro, y teniamos pensado dejar pendiente el impuesto sobre sucesiones, para lo cual una vez presentada la declaración correspondiente hemos solicitado el fraccionamiento.

El banco no nos permite disponer del saldo mientras no presentemos la resolución de la administración (Junta de Andalucía) concediendo el fraccionamiento. En ese momento nos comunican que liberarian el importe del primer plazo de dicho fraccionamiento y una vez presentemos el justificante de pago liberarian el resto del saldo.

Nos comunican que esto es así porque son responsables subsidiarios del pago de dicho impuesto, motivo por el cual usan este procedimiento.

Me gustaria que, por favor, me indicasen si esto es así, y en caso negativo que tenemos que hacer para solucionarlo.

Gracias por adelantado.
Retención de saldo en cuenta por herencia | PorticoLegal
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Retención de saldo en cuenta por herencia

4 Comentarios
 
03/01/2018 12:57
Fernandog
Así es efectivamente como está ocurriendo, aunque mi opinión en base a las consultas efectuadas es que ellos solo pueden exigirme haber presentado la liquidación del impuesto sobre sucesiones, y en todo caso justificación de haber solicitado fraccionamiento o aplazamiento. De no ser así que sentido tiene que pida un fraccionamiento o aplazamiento cuando además me exigen haber pagado el primer plazo.
03/01/2018 12:52
Fernandog
Claro, pero sin resolución todavía del mismo, si lo he entendido bien. El banco necesita justificante de pago íntegro o resolución de la Junta permitiendo el fraccionamiento del pago.
02/01/2018 18:28
paquito xocolatero
Como he dicho en mi consulta se ha presentado el impuesto sobre sucesiones y a la vez hemos solicitado el fraccionamiento. De toda esta documentación se ha enviado copia al banco.
02/01/2018 18:21
Fernandog
Sí, es así. No puedes acceder a la cuenta si no has pagado o presentado declaración del impuesto de sucesiones.
Retención de saldo en cuenta por herencia
02/01/2018 13:48
En Junio de 2017 fallecío una hermana soltera y sin descendencia. De ella somos herederos sus 4 hermanos ya que nuestros padres también han fallecido.

La herencia adjudicada en escritura pública consta de una vivienda, un trastero y un aparcamiento, además de una cuenta bancaria en BBVA.

Despues de diversos y numerosos trámites y tras haber enviado al banco toda la documentación que nos iban requiriendo para poder disponer de la cuenta bancaria, con cuyo saldo queremos hacer frete a los pagos de notaria, registro de la propiedad, plusvalia y algún otro, y teniamos pensado dejar pendiente el impuesto sobre sucesiones, para lo cual una vez presentada la declaración correspondiente hemos solicitado el fraccionamiento.

El banco no nos permite disponer del saldo mientras no presentemos la resolución de la administración (Junta de Andalucía) concediendo el fraccionamiento. En ese momento nos comunican que liberarian el importe del primer plazo de dicho fraccionamiento y una vez presentemos el justificante de pago liberarian el resto del saldo.

Nos comunican que esto es así porque son responsables subsidiarios del pago de dicho impuesto, motivo por el cual usan este procedimiento.

Me gustaria que, por favor, me indicasen si esto es así, y en caso negativo que tenemos que hacer para solucionarlo.

Gracias por adelantado.