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Retención de un menor en el extranjero

13 Comentarios
 
Retención de un menor en el extranjero
05/01/2011 19:15
Buenas tardes.
Mi pareja es argentina y yo y nuestro hijo somos españoles. Mi pareja tuvo que irse a Argentina por asuntos personales el pasado agosto y firmamos ante notario un consentimiento paterno para que pudiese viajar con nuestro hijo de 16 meses.

Estando allí tuvo que soportar la agonía y la muerte de su padre lo cual la dejó psicológicamente muy tocada. Dice que quiere estar allí un tiempo sola y el caso es que en estos meses (ya casi son 5) no me ha dejado ir a verla ni a ella ni a mi hijo que ahora tiene 20 meses. Y tampoco me ha dejado claro cuando piensa volver.

Qué derecho me ampara? Si tuviese que ir a juicio contra ella por la custodia del menor el hecho de que no me deje visitarle en el extranjero jugaría a mi favor?

SOY TOTALMENTE PROFANO EN ESTOS TEMAS Y ESTE ASUNTO EMPIEZA A AFECTARME MUCHO. OS AGRADECERÍA DE CORAZÓN CUALQUIER AYUDA. GRACIAS.
05/01/2011 20:54
Hola.
Entendiendo que exista dolo, es decir, que la madre impidiese que usted tivuese contacto con el menor, se lo a llevado a un pais fuera de donde residia el menor, no le deja ni tan siquiera visitarlo, estariamos ante un clarisimo caso de delito de sustraccion internacional de menores, (art 225 bis C.P) que se puede castigar con las penas de prision de dos a cuatro años, lo cual facultaria a cualquier juez a expedir el correspondiente oficio a la interpol para la inmediata detencion de la madre y el efectivo retorno del menor con su progenitor, al tener señaladas en el codigo penal penas superiores a dos años de prision, contacte con un buen abogado cuanto antes y siga sus instrucciones, acaso procediera que no consienta usted que le aparten de su hijo, una actuacion penal al amparo del precepto legal que le expongo seria lo mas adecuado, en cualquier caso le aconsejo que contacte con un abogado cuanto antes, el tiempo corre en su contra.
Un saludo.
05/01/2011 21:33
Hola. Muchísimas gracias por el comentario.

Y cambia en algo en favor de la madre el hecho de que tenga una autorización paterna firmada ante notario para viajar con el niño? Puede eso dar a entender a un juez que ella tenía postestad para impedirme visitarles?

Gracias
05/01/2011 21:38
¿impedirle visitar al menor?
esa conducta por parte de la madre ya es en si constitutiva de delito en este supuesto, ¿la firma ante notario? no habilita en absoluto a la madre para impedir el contacto con el menor, eso solo lo puede decidir un juez
y a la luz de su planteamiento parece que vd tiene la intencion de estar con su hijo, asi las cosas es documento notarial no faculta a la madre para residir con el menor en el extranjero por tiempo indefinido, y mucho menos pàra impedir el contacto del menor con su progenitor.
Un saludo.
05/01/2011 21:40
Un permiso para viajar es sólo eso, un permiso para viajar. No es una renuncia a cuialquier derecho que usted osu hijo puedan tener. Lo que tiene usted que hacer notar es que su mujer se fué para estar unos días o unas semanas y ahora resulta que no sólo no ha vuelto sino que evita que usted vea a su hijo.
05/01/2011 21:44
Gracias por las respuestas.

Ahora supongamos que ella viene en febrero como en principio era su intención la última vez que hablamos.

Si rompiésemos la relación y tuviésemos que ir a jucio por la custodia del menor, ésta forma de actuar de ella se podría esgrimir en su contra en el juicio?

Ella siempre podría decir que yo no he viajado porque no me ha dado la gana. Sería mi palabra contra la suya.
05/01/2011 21:56
Usted mismo lo ha dicho, sería su palabra contra la de usted, y al no poder demostrarlo sería como si no hubiera pasado. No obstante, el hecho de que ella sea extrangera y, por tanto, se corra el riesgo de que si se va con el niño teniendo la custodia se rompa la relación del menor con usted podría ser un argumento a favor de una custodia paterna o compartida.

No obstante, ya le aviso que la custodia paterna o compartida aún es complicado, aunque no imposible.
05/01/2011 22:36
Sería mi palabra contra la suya pero tendría pruebas: mi pasaporte como prueba de que no he viajado, el de mi hijo como prueba de que él sí ha viajado y ha estado allí X meses, correos electrónicos pidiéndole que me dejara ir, testimonio de mis familiares y amigos de que yo me moría de ganas por ir... nada de esto valdría ante un juez?

Gracias.
05/01/2011 22:40
Los correos electronicos podrian ser una prueba feeciente ante un juez muy dificil de rebatir.
06/01/2011 00:02
Las pruebas son importantes, y cuando las hay es más fácil conseguir algo positivo, así que adelante.
06/01/2011 00:42
Muchísimas gracias por las respuestas. Me han servido de muchísima ayuda. El mismo viernes voy a un abogado. GRACIAS.
07/01/2011 11:12
Buenos días de nuevo.

Finalmente el abogado me recibe el lunes a primera hora.

Quería plantearles otras dos cuestiones:

1. Me gustaría saber si dándose el hecho de que tanto yo como mi hijo somos ciudadanos españoles y que mi pareja es extranjera, cualquier acción judicial debe ser emprendida en los tribunales de España o si mi pareja pudiese emprender alguna acción en un tribunal extranjero para reclamar la custodia de nuestro hijo.

2. Puede mi pareja otorgarle al menos su nacionalidad? o es necesaria la aprobación del otro progenitor para realizar ese trámite.

Gracias de antemano por las respuestas.
07/01/2011 13:43
Creo que para otorgar la nacionalidad a un menor hace falta el permiso del otro progenitor, al menos en España, pero no se si en Argentina será igual.
Y tambien creo que cualquier acción sobre la custodia del menor tiene que hacerse en España, ya que el niño es español-
07/01/2011 15:01
Padre,

Vamos a ver. Usted se enfrenta a una sustracción de su hijo, a un secuestro. Debe invocar al Convenio internacional de sustracción de menores de la haya de 1980. La autorización versa sobre un viaje no sobre el consentimiento a la residencia en Argentina, es asi? por lo tanto usted estaba ejerciendo la custodia pero su hijo ha sido sustraido, secuestrado. Esto pasa todos los dias en España, cuando al niño se lo llevan al extranjero por lo menos uno puede apelar a los convenios internacionales, asi que fijese a pesar de esta situación usted puede tener màs oportunidades de conseguir la custodia de su hijo que cualquier padre divorciado español que se enfrente a la sustracción de sus hijos.

Lo primero, debe actuar con la cabeza fría pero rapidamente.

1. Deje constancia explicita de que se opone al traslado. Envie burofax con certificación de texto de que se opone a ese traslado , y dele a la madre una semana para regresar dado el tiempo transcurrido.

2. Si la madre no regresa debe interponer demanda por sustracción de menores de acuerdo al convenio de la haya de 1980 (civil) y demanda penal por secuestro.

3. independientemente de 1y 2 debe presentar rapidamente demanda en España solicitando la custodia de su hijo (consulte con su abogado).

Todas estas cosas debe hacerlas lo mas rapidamente posible. Usted no sabe lo que ha podido presentar la madre en Argentina, de hecho debe presentar la demanda de inmediato en España para que los tribunales españoles sean competentes sino un tribunal argentino puede declararse competente y dictaminar rapido. Aparte la madre va a alegar arraigo del menor, aunque a efectos del convenio de la haya deben transcurrir dos años.

En cualquier caso armese de valor y de paciencia, pero no pierda tiempo debe actuar con la cabeza fria pero lo más rapidamente posible.

Finalmente asesorese también en el ministerio de justicia, hay un departamente encargado de estos casos de sustracciones,

http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1215197995954/Tematica_C/1215198006656/Detalle.html

Y finalmente MUCHO ANIMO, aunque no le servira de mucho consuelo sepa que yo pase por su misma situación y que finalmente mis hijos viven conmigo.


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Retención de un menor en el extranjero
05/01/2011 19:15
Buenas tardes.
Mi pareja es argentina y yo y nuestro hijo somos españoles. Mi pareja tuvo que irse a Argentina por asuntos personales el pasado agosto y firmamos ante notario un consentimiento paterno para que pudiese viajar con nuestro hijo de 16 meses.

Estando allí tuvo que soportar la agonía y la muerte de su padre lo cual la dejó psicológicamente muy tocada. Dice que quiere estar allí un tiempo sola y el caso es que en estos meses (ya casi son 5) no me ha dejado ir a verla ni a ella ni a mi hijo que ahora tiene 20 meses. Y tampoco me ha dejado claro cuando piensa volver.

Qué derecho me ampara? Si tuviese que ir a juicio contra ella por la custodia del menor el hecho de que no me deje visitarle en el extranjero jugaría a mi favor?

SOY TOTALMENTE PROFANO EN ESTOS TEMAS Y ESTE ASUNTO EMPIEZA A AFECTARME MUCHO. OS AGRADECERÍA DE CORAZÓN CUALQUIER AYUDA. GRACIAS.
05/01/2011 20:54
Hola.
Entendiendo que exista dolo, es decir, que la madre impidiese que usted tivuese contacto con el menor, se lo a llevado a un pais fuera de donde residia el menor, no le deja ni tan siquiera visitarlo, estariamos ante un clarisimo caso de delito de sustraccion internacional de menores, (art 225 bis C.P) que se puede castigar con las penas de prision de dos a cuatro años, lo cual facultaria a cualquier juez a expedir el correspondiente oficio a la interpol para la inmediata detencion de la madre y el efectivo retorno del menor con su progenitor, al tener señaladas en el codigo penal penas superiores a dos años de prision, contacte con un buen abogado cuanto antes y siga sus instrucciones, acaso procediera que no consienta usted que le aparten de su hijo, una actuacion penal al amparo del precepto legal que le expongo seria lo mas adecuado, en cualquier caso le aconsejo que contacte con un abogado cuanto antes, el tiempo corre en su contra.
Un saludo.
05/01/2011 21:33
Hola. Muchísimas gracias por el comentario.

Y cambia en algo en favor de la madre el hecho de que tenga una autorización paterna firmada ante notario para viajar con el niño? Puede eso dar a entender a un juez que ella tenía postestad para impedirme visitarles?

Gracias
05/01/2011 21:38
¿impedirle visitar al menor?
esa conducta por parte de la madre ya es en si constitutiva de delito en este supuesto, ¿la firma ante notario? no habilita en absoluto a la madre para impedir el contacto con el menor, eso solo lo puede decidir un juez
y a la luz de su planteamiento parece que vd tiene la intencion de estar con su hijo, asi las cosas es documento notarial no faculta a la madre para residir con el menor en el extranjero por tiempo indefinido, y mucho menos pàra impedir el contacto del menor con su progenitor.
Un saludo.
05/01/2011 21:40
Un permiso para viajar es sólo eso, un permiso para viajar. No es una renuncia a cuialquier derecho que usted osu hijo puedan tener. Lo que tiene usted que hacer notar es que su mujer se fué para estar unos días o unas semanas y ahora resulta que no sólo no ha vuelto sino que evita que usted vea a su hijo.
05/01/2011 21:44
Gracias por las respuestas.

Ahora supongamos que ella viene en febrero como en principio era su intención la última vez que hablamos.

Si rompiésemos la relación y tuviésemos que ir a jucio por la custodia del menor, ésta forma de actuar de ella se podría esgrimir en su contra en el juicio?

Ella siempre podría decir que yo no he viajado porque no me ha dado la gana. Sería mi palabra contra la suya.
05/01/2011 21:56
Usted mismo lo ha dicho, sería su palabra contra la de usted, y al no poder demostrarlo sería como si no hubiera pasado. No obstante, el hecho de que ella sea extrangera y, por tanto, se corra el riesgo de que si se va con el niño teniendo la custodia se rompa la relación del menor con usted podría ser un argumento a favor de una custodia paterna o compartida.

No obstante, ya le aviso que la custodia paterna o compartida aún es complicado, aunque no imposible.
05/01/2011 22:36
Sería mi palabra contra la suya pero tendría pruebas: mi pasaporte como prueba de que no he viajado, el de mi hijo como prueba de que él sí ha viajado y ha estado allí X meses, correos electrónicos pidiéndole que me dejara ir, testimonio de mis familiares y amigos de que yo me moría de ganas por ir... nada de esto valdría ante un juez?

Gracias.
05/01/2011 22:40
Los correos electronicos podrian ser una prueba feeciente ante un juez muy dificil de rebatir.
06/01/2011 00:02
Las pruebas son importantes, y cuando las hay es más fácil conseguir algo positivo, así que adelante.
06/01/2011 00:42
Muchísimas gracias por las respuestas. Me han servido de muchísima ayuda. El mismo viernes voy a un abogado. GRACIAS.
07/01/2011 11:12
Buenos días de nuevo.

Finalmente el abogado me recibe el lunes a primera hora.

Quería plantearles otras dos cuestiones:

1. Me gustaría saber si dándose el hecho de que tanto yo como mi hijo somos ciudadanos españoles y que mi pareja es extranjera, cualquier acción judicial debe ser emprendida en los tribunales de España o si mi pareja pudiese emprender alguna acción en un tribunal extranjero para reclamar la custodia de nuestro hijo.

2. Puede mi pareja otorgarle al menos su nacionalidad? o es necesaria la aprobación del otro progenitor para realizar ese trámite.

Gracias de antemano por las respuestas.
07/01/2011 13:43
Creo que para otorgar la nacionalidad a un menor hace falta el permiso del otro progenitor, al menos en España, pero no se si en Argentina será igual.
Y tambien creo que cualquier acción sobre la custodia del menor tiene que hacerse en España, ya que el niño es español-
07/01/2011 15:01
Padre,

Vamos a ver. Usted se enfrenta a una sustracción de su hijo, a un secuestro. Debe invocar al Convenio internacional de sustracción de menores de la haya de 1980. La autorización versa sobre un viaje no sobre el consentimiento a la residencia en Argentina, es asi? por lo tanto usted estaba ejerciendo la custodia pero su hijo ha sido sustraido, secuestrado. Esto pasa todos los dias en España, cuando al niño se lo llevan al extranjero por lo menos uno puede apelar a los convenios internacionales, asi que fijese a pesar de esta situación usted puede tener màs oportunidades de conseguir la custodia de su hijo que cualquier padre divorciado español que se enfrente a la sustracción de sus hijos.

Lo primero, debe actuar con la cabeza fría pero rapidamente.

1. Deje constancia explicita de que se opone al traslado. Envie burofax con certificación de texto de que se opone a ese traslado , y dele a la madre una semana para regresar dado el tiempo transcurrido.

2. Si la madre no regresa debe interponer demanda por sustracción de menores de acuerdo al convenio de la haya de 1980 (civil) y demanda penal por secuestro.

3. independientemente de 1y 2 debe presentar rapidamente demanda en España solicitando la custodia de su hijo (consulte con su abogado).

Todas estas cosas debe hacerlas lo mas rapidamente posible. Usted no sabe lo que ha podido presentar la madre en Argentina, de hecho debe presentar la demanda de inmediato en España para que los tribunales españoles sean competentes sino un tribunal argentino puede declararse competente y dictaminar rapido. Aparte la madre va a alegar arraigo del menor, aunque a efectos del convenio de la haya deben transcurrir dos años.

En cualquier caso armese de valor y de paciencia, pero no pierda tiempo debe actuar con la cabeza fria pero lo más rapidamente posible.

Finalmente asesorese también en el ministerio de justicia, hay un departamente encargado de estos casos de sustracciones,

http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1215197995954/Tematica_C/1215198006656/Detalle.html

Y finalmente MUCHO ANIMO, aunque no le servira de mucho consuelo sepa que yo pase por su misma situación y que finalmente mis hijos viven conmigo.