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Retención Huelga

3 Comentarios
 
10/04/2012 09:46
si estás generando las nóminas de profesores imagino que utilizarás un programa informático. hoy en día practicamente todos tienen la opción de crear la incidencia al igual que una baja por IT, maternidad, etc. Tan solo crea la incidencia marcando el día de huelga y el programa hará el descuento oportuno. Si no das con la tecla llama al proveedor de tu programa y seguro que te lo aclara. Un saludo
10/04/2012 09:30
Gracias Llobu. Estoy hablando de maestros y profesores en la enseñanza concertada. Sus contratos son indefinidos o por cursos escolares. Claro está que su jornada semanal es de lunes a viernes porque sábados, domingos y festivos no hay clase.
Me han dicho que se aplica esta fórmula:
(integro integro x 2/12) / 30 * 7/6
¿Es la correcta?. Saludos
10/04/2012 09:02
Depende de la jornada.

Si es una jornada de lunes a viernes, al salario de un día, hay que multiplicarlo por 1,4 para descontar también la parte proporcional del descanso semanal que no ha generado a causa de ese día de huelga.

Por supuesto también habrá que descontar el día en la paga o pagas extras que se devenguen en el periodo donde ha caído la huelga.

Un saludo.
Retención huelga
10/04/2012 08:49
Buenos días:
Tengo que realizar la retención correspondiente a trabajadores que han ejercido el derecho de huelga el pasado día 29 de marzo. Me puede decir alguien qué fórmula se aplica para conseguir resultado justo para realizar la retención en nómina que corresponde por ese día. Gracias
Retención Huelga | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
10/04/2012 09:46
si estás generando las nóminas de profesores imagino que utilizarás un programa informático. hoy en día practicamente todos tienen la opción de crear la incidencia al igual que una baja por IT, maternidad, etc. Tan solo crea la incidencia marcando el día de huelga y el programa hará el descuento oportuno. Si no das con la tecla llama al proveedor de tu programa y seguro que te lo aclara. Un saludo
10/04/2012 09:30
Gracias Llobu. Estoy hablando de maestros y profesores en la enseñanza concertada. Sus contratos son indefinidos o por cursos escolares. Claro está que su jornada semanal es de lunes a viernes porque sábados, domingos y festivos no hay clase.
Me han dicho que se aplica esta fórmula:
(integro integro x 2/12) / 30 * 7/6
¿Es la correcta?. Saludos
10/04/2012 09:02
Depende de la jornada.

Si es una jornada de lunes a viernes, al salario de un día, hay que multiplicarlo por 1,4 para descontar también la parte proporcional del descanso semanal que no ha generado a causa de ese día de huelga.

Por supuesto también habrá que descontar el día en la paga o pagas extras que se devenguen en el periodo donde ha caído la huelga.

Un saludo.
Retención huelga
10/04/2012 08:49
Buenos días:
Tengo que realizar la retención correspondiente a trabajadores que han ejercido el derecho de huelga el pasado día 29 de marzo. Me puede decir alguien qué fórmula se aplica para conseguir resultado justo para realizar la retención en nómina que corresponde por ese día. Gracias