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Retenciones excesivas o mal aplicadas

6 Comentarios
 
Retenciones excesivas o mal aplicadas
28/07/2022 11:22
Estoy haciendo una baja laboral y llevo 13 meses en la empresa. La nómina es inferior a 22000€ brutos/año.
Los primeros meses me quitaban un 2% de IRPF, después un 4% un 5% hasta que al hacer el año me quitan el 30% de irpf. ¿Estaría bien aplicado o es excesivo? Que puedo hacer para solucionarlo? La empresa dice que es hacienda quien lo hace y no pueden hacer nada.
Otra pregunta, al no llegar a 22000€ puedo pedir que me bajen el Irpf al mínimo? Que consecuencias podría tener?
Muchas gracias de antemano
28/07/2022 13:12
Dice que no llega a los 22000 €, si nos dijese cuánto ganó en bruto en el año le podríamos decir cuánto tiene que tributar, el cálculo para una persona soltera sin cargas familiares para un trabajador que gana al año en bruto 22000 € sería como sigue:
IRPF 2787,7 €, Seg Soc 1397,0 € lo que nos da un tipo de IRPF del 12,67 %, como ve muy por encima de esos meses en los que le retuvieron un 2, un 4 y un 5 % por tanto a final de año si le retuvieron un 30 % sería para compensar ese déficit de los meses anteriores.
El IRPF no se puede bajar se puede pedir que se lo suban pero no bajarlo.
Cómo su salario es inferior a 22000 € no está obligado a hacer declaración de la renta, no obstante puede hacerla y si le sale a devolver porque le retuvieron demás pues la cursa, si por contra le sale a pagar por haberle descontado de menos pues no la cursa ya que no está obligado a hacer la declaración y listo así que no debe preocuparse por si le han retenido en exceso, de ser así no lo perdería al hacer la declaración.
28/07/2022 13:54
El sueldo sería 15400€ brutos/ año.
¿Y una vez que me retienen un 30% de irpf ya no se puede bajar?
Muchísimas gracias por su respuesta, me ha sido de gran ayuda.
28/07/2022 14:16
Con ese salario no me cuadra nada, con 15400 € debería tributar 555 € de IRPF y de Seg Soc 1117 € lo que supone un tipo de IRPF del 3,6 % por lo que si todos los meses pasaron entre un 4 y un 5 % ya habría tributado suficiente y no se explica que el último mes le apliquen un 30 %.
El IRPF cada mes puede ser uno distinto, si gana lo mismo puede ser muy similar, ese 30 % debió ser por haber tributado de menos durante todo el año pero ahora viendo que el tipo medio mensual es del 3,6 % no me cuadra nada que le retuvieran un 30 %.
No obstante como ya le he dicho, al no estar obligado a hacer declaración usted hágala porque le saldrá a devolver y entonces la cursa para que le devuelvan.
28/07/2022 14:29
Muchas gracias! Ahora también me cuadra más Y puedo hacer algo para que se compense en la nómina, reclamarlo de alguna manera y que no me quiten esa cantidad? Para la nómina que recibo tan pequeña, esa cantidad me supone mucho y prefiero que no me quiten tanto a luego me lo devuelva. Este mes me gustaría poder comer…
28/07/2022 14:40
V1j6
Vamos a ver, sabiendo más o menos lo que va a cobrar en bruto anual se debería aplicar un IRPF medio mensual del 3,6 % con lo que visto esto no solo puede sino debe exigir a la empresa que le retengan acordé a lo que debe tributar más o menos un 4 % mensual, sigo sin entender porqué le aplicaron un 30 % si más o menos todos los meses le retuvieron un 4 o un 5 % con esto ya le saldría la declaración a devolver.
smo
28/07/2022 20:48
V1j6
Buenas,
Haber porque a mi me paso...........
Al igual que el compañero le hico los cálculos, usted puede hacerlos en la web de la agencia tributaria y con ciertos datos que le pide ya le calcula el porcentaje de irpf que la empresa le tiene que aplicar.
Usted va con ese documento a la empresa y salvo que sean unos incompetentes le regularizaran la situación. Yo no tuve problema.
Que pasa si no lo hacen?, pues como en su dia me hice la misma pregunta y lo busque, lo vuelvo a hacer y se lo comparto, copio y pego:

"¿Qué pasa si la empresa me retiene más IRPF?
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 35% de la diferencia entre la retención procedente y la efectivamente practicada. Si no está obligado a presentar la declaración de la renta, la infracción será muy grave. La multa podrá alcanzar el 150% de la diferencia anterior."
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28/07/2022 11:22
Estoy haciendo una baja laboral y llevo 13 meses en la empresa. La nómina es inferior a 22000€ brutos/año.
Los primeros meses me quitaban un 2% de IRPF, después un 4% un 5% hasta que al hacer el año me quitan el 30% de irpf. ¿Estaría bien aplicado o es excesivo? Que puedo hacer para solucionarlo? La empresa dice que es hacienda quien lo hace y no pueden hacer nada.
Otra pregunta, al no llegar a 22000€ puedo pedir que me bajen el Irpf al mínimo? Que consecuencias podría tener?
Muchas gracias de antemano
28/07/2022 13:12
Dice que no llega a los 22000 €, si nos dijese cuánto ganó en bruto en el año le podríamos decir cuánto tiene que tributar, el cálculo para una persona soltera sin cargas familiares para un trabajador que gana al año en bruto 22000 € sería como sigue:
IRPF 2787,7 €, Seg Soc 1397,0 € lo que nos da un tipo de IRPF del 12,67 %, como ve muy por encima de esos meses en los que le retuvieron un 2, un 4 y un 5 % por tanto a final de año si le retuvieron un 30 % sería para compensar ese déficit de los meses anteriores.
El IRPF no se puede bajar se puede pedir que se lo suban pero no bajarlo.
Cómo su salario es inferior a 22000 € no está obligado a hacer declaración de la renta, no obstante puede hacerla y si le sale a devolver porque le retuvieron demás pues la cursa, si por contra le sale a pagar por haberle descontado de menos pues no la cursa ya que no está obligado a hacer la declaración y listo así que no debe preocuparse por si le han retenido en exceso, de ser así no lo perdería al hacer la declaración.
28/07/2022 13:54
El sueldo sería 15400€ brutos/ año.
¿Y una vez que me retienen un 30% de irpf ya no se puede bajar?
Muchísimas gracias por su respuesta, me ha sido de gran ayuda.
28/07/2022 14:16
Con ese salario no me cuadra nada, con 15400 € debería tributar 555 € de IRPF y de Seg Soc 1117 € lo que supone un tipo de IRPF del 3,6 % por lo que si todos los meses pasaron entre un 4 y un 5 % ya habría tributado suficiente y no se explica que el último mes le apliquen un 30 %.
El IRPF cada mes puede ser uno distinto, si gana lo mismo puede ser muy similar, ese 30 % debió ser por haber tributado de menos durante todo el año pero ahora viendo que el tipo medio mensual es del 3,6 % no me cuadra nada que le retuvieran un 30 %.
No obstante como ya le he dicho, al no estar obligado a hacer declaración usted hágala porque le saldrá a devolver y entonces la cursa para que le devuelvan.
28/07/2022 14:29
Muchas gracias! Ahora también me cuadra más Y puedo hacer algo para que se compense en la nómina, reclamarlo de alguna manera y que no me quiten esa cantidad? Para la nómina que recibo tan pequeña, esa cantidad me supone mucho y prefiero que no me quiten tanto a luego me lo devuelva. Este mes me gustaría poder comer…
28/07/2022 14:40
V1j6
Vamos a ver, sabiendo más o menos lo que va a cobrar en bruto anual se debería aplicar un IRPF medio mensual del 3,6 % con lo que visto esto no solo puede sino debe exigir a la empresa que le retengan acordé a lo que debe tributar más o menos un 4 % mensual, sigo sin entender porqué le aplicaron un 30 % si más o menos todos los meses le retuvieron un 4 o un 5 % con esto ya le saldría la declaración a devolver.
smo
28/07/2022 20:48
V1j6
Buenas,
Haber porque a mi me paso...........
Al igual que el compañero le hico los cálculos, usted puede hacerlos en la web de la agencia tributaria y con ciertos datos que le pide ya le calcula el porcentaje de irpf que la empresa le tiene que aplicar.
Usted va con ese documento a la empresa y salvo que sean unos incompetentes le regularizaran la situación. Yo no tuve problema.
Que pasa si no lo hacen?, pues como en su dia me hice la misma pregunta y lo busque, lo vuelvo a hacer y se lo comparto, copio y pego:

"¿Qué pasa si la empresa me retiene más IRPF?
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 35% de la diferencia entre la retención procedente y la efectivamente practicada. Si no está obligado a presentar la declaración de la renta, la infracción será muy grave. La multa podrá alcanzar el 150% de la diferencia anterior."