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Retirada carnet de conducir.

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08/05/2007 09:39
Sabina, el formulario que he copiado es una solicitud de indulto real en un tema de tráfico presentado hace casi dos años. Con la copia sellada solicité la suspensión de la ejecución ante el Juzgado de lo Penal correspondiente y al señor le devolvieron el carnet de conducir durante los 8 meses aproximadamente que duró la tramitación del indulto. En otro Juzgado de lo Penal hice lo mismo y al condenado no hizo falta devolverle el carnet porque lo solicité en cuanto tuve la sentencia (y por tanto, no había comenzado la ejecución). En ese caso estuvo conduciendo casi un año.

Al menos en Asturias, siempre se concede (no tengo noticias de lo contrario). Y no tenía ni idea de que el indulto se limitara a las penas privativas de libertad. El artículo 1 de la ley no dice eso. Además, en materia de tráfico el actual Gobierno no concede indultos por motivos políticos, pero el anterior, sí (se puede comprobar en el BOE), así que agradecería que me dijeras qué norma dice que sólo se pueden indultar las penas privativas de libertad, por si estamos metiendo la pata.

Joven abogada, doy por hecho que con "aplazamiento" te refieres a la suspensión de la ejecución de la condena, no al cumplimiento a plazos de la retirada del carnet. ¿Es así?
08/05/2007 08:32
Muchas gracias Rus y Sabina.

Creía que me estaba volviendo loca pues estaba mirando toda la legislación penal y no veía base legal para solicitar el aplazamiento.

Entonces, tampoco tiene el escrito ninguna forma especial, no?

Gracias
07/05/2007 21:09
Pero siempre hay que intentarlo, muchos Jueces lo admiten, pero como cada caso es un mundo y cada Juez hace de su capa un sayo...
07/05/2007 21:08
Ese aplazamiento se pide al Juez que condenó argumentando las razones que sean, y no tiene base jurídica, sino que el juez lo puede admitir o no, yo lo he intentado dos veces y nada.
07/05/2007 21:07
Perdona Rus, pero la suspensión de la ejecución de las penas se refieren a las privativas de libertad solamente (art. 81 y ss C.P.); y la gracia de indulto idem de idem;
07/05/2007 18:16
Ley de 18 de junio de 1870, por la que se establecen reglas para el ejercicio del derecho de la gracia de indulto

Modelo:
AL MINISTRO DE JUSTICIA

, mayor de edad, con DNI n, en nombre de, mayor de edad, casado, con DNI nº, y domicilio en , ante V.E. comparezco, y como mejor proceda , DIGO:

Que, por medio del presente escrito, y al amparo de lo establecido en el art. 19 de la Ley de 18 de Junio de 1870, del Ejercicio de la Gracia de Indulto, modificada por la Ley 1/1988, de 14 de enero, y en relación a la condena impuesta en Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción..., con fecha ......., en el DUD .., actualmente Ejecutoria nº ... del Juzgado de lo Penal nº., respecto de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un año, SOLICITO GRACIA DE INDULTO de la mencionada condena en base a los siguientes
HECHOS
............

FUNDAMENTOS DE DERECHO


I.- En cuanto al delito para el que se solicita la gracia, los reos de toda clase de delitos podrán ser indultados, conforme establece el artículo 1º de la Ley del Indulto.


II.- En cuanto a la legitimación del solicitante de la gracia, a tenor del artículo 19 de la citada Ley, podrán solicitar el indulto los penados o cualquier otra persona en su nombre, sin necesidad de poder escrito que acredite su representación.


III.- En cuanto a las razones de Justicia y Equidad que, a juicio de esta parte, podrían mover la voluntad e V.E. a informar favorablemente la concesión de la gracia, son las siguientes:
- Falta de intencionalidad y escasa trascendencia del ilícito penal, ya que se trató de un hecho ocasional y fortuito.
- Inexistencia de daños o de perjudicados .
- Cumplimiento voluntario de todas las responsabilidades surgidas del hecho que motivó la condena y voluntad de cumplir el resto de condena en caso de que no sea indultada, habiendo realizado ya los trámites para ello con el abono de parte de la multa, dado el profundo arrepentimiento que siente sobre los hechos acaecidos.

- Las penas cumplidas hasta el momento cumplen sobradamente su función punitiva y reeducadora, resultando mucho más útil personal y socialmente que pueda continuar normalmente ejerciendo su profesión.

Es consciente de la gravedad de su conducta, de la irresponsabilidad que cometió y que nunca volverá a cometer, no sólo por imperativo legal, sino por propio convencimiento; La angustia sufrida tras el accidente es motivo suficiente para garantizar que estos hechos no se repetirán.
V.E. tendrá presente que la Justicia Abstracta no es realmente Justicia, pues la Ley cobra virtualidad con su aplicación real al caso concreto. Por tanto, cada supuesto de hecho típico ha de ser analizado e interpretado, con el fin de otorgarle o no la consecuencia jurídica.
Esto lleva a considerar en el presente caso que la consecuencia jurídica prevista produce una gran injusticia, y de ejecutarse la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor durante un año, D. .perdería su trabajo...............

Por lo expuesto,

SUPLICO A V.E. que teniendo por presentado este escrito y los documentos que lo acompañan, se sirva admitirlos y, previos los trámites legales pertinentes, con formación del oportuno expediente, emisión del preceptivo informe del Órgano Jurisdiccional Sentenciador y del Ministerio Fiscal, se sirva conceder la Gracia de Indulto de la mencionada condena, o subsidiariamente, conceda un indulto parcial, reduciendo la pena de retirada del permiso de conducir vehículos a motor.

En ....
07/05/2007 18:03
Gracias Rus por tu ayuda.

Me pudes decir donde se regula el indulto? Gracias
07/05/2007 17:53
Por motivos, no sé, pero la suspensión de la ejecución de las penas se regula en el CP.

Si quiere seguir conduciendo durante unos 8 meses, pide el indulto.
Retirada carnet de conducir.
07/05/2007 17:13
Hola compañeros:

No suelo llevar temas de este tipo, así que ando un tanto perdida. Cliente al que por sentencia se le ha impuesto una pena economica y se le ha retirado el carnet de conducir.

Me consta que existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento en la retirada del carnet por motivos laborales.

Donde se encuentra esto regulado y como el escrito de solicitud de aplazamiento.

Muchas gracias.
Retirada carnet de conducir. | PorticoLegal
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Sabina, el formulario que he copiado es una solicitud de indulto real en un tema de tráfico presentado hace casi dos años. Con la copia sellada solicité la suspensión de la ejecución ante el Juzgado de lo Penal correspondiente y al señor le devolvieron el carnet de conducir durante los 8 meses aproximadamente que duró la tramitación del indulto. En otro Juzgado de lo Penal hice lo mismo y al condenado no hizo falta devolverle el carnet porque lo solicité en cuanto tuve la sentencia (y por tanto, no había comenzado la ejecución). En ese caso estuvo conduciendo casi un año.

Al menos en Asturias, siempre se concede (no tengo noticias de lo contrario). Y no tenía ni idea de que el indulto se limitara a las penas privativas de libertad. El artículo 1 de la ley no dice eso. Además, en materia de tráfico el actual Gobierno no concede indultos por motivos políticos, pero el anterior, sí (se puede comprobar en el BOE), así que agradecería que me dijeras qué norma dice que sólo se pueden indultar las penas privativas de libertad, por si estamos metiendo la pata.

Joven abogada, doy por hecho que con "aplazamiento" te refieres a la suspensión de la ejecución de la condena, no al cumplimiento a plazos de la retirada del carnet. ¿Es así?
08/05/2007 08:32
Muchas gracias Rus y Sabina.

Creía que me estaba volviendo loca pues estaba mirando toda la legislación penal y no veía base legal para solicitar el aplazamiento.

Entonces, tampoco tiene el escrito ninguna forma especial, no?

Gracias
07/05/2007 21:09
Pero siempre hay que intentarlo, muchos Jueces lo admiten, pero como cada caso es un mundo y cada Juez hace de su capa un sayo...
07/05/2007 21:08
Ese aplazamiento se pide al Juez que condenó argumentando las razones que sean, y no tiene base jurídica, sino que el juez lo puede admitir o no, yo lo he intentado dos veces y nada.
07/05/2007 21:07
Perdona Rus, pero la suspensión de la ejecución de las penas se refieren a las privativas de libertad solamente (art. 81 y ss C.P.); y la gracia de indulto idem de idem;
07/05/2007 18:16
Ley de 18 de junio de 1870, por la que se establecen reglas para el ejercicio del derecho de la gracia de indulto

Modelo:
AL MINISTRO DE JUSTICIA

, mayor de edad, con DNI n, en nombre de, mayor de edad, casado, con DNI nº, y domicilio en , ante V.E. comparezco, y como mejor proceda , DIGO:

Que, por medio del presente escrito, y al amparo de lo establecido en el art. 19 de la Ley de 18 de Junio de 1870, del Ejercicio de la Gracia de Indulto, modificada por la Ley 1/1988, de 14 de enero, y en relación a la condena impuesta en Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción..., con fecha ......., en el DUD .., actualmente Ejecutoria nº ... del Juzgado de lo Penal nº., respecto de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un año, SOLICITO GRACIA DE INDULTO de la mencionada condena en base a los siguientes
HECHOS
............

FUNDAMENTOS DE DERECHO


I.- En cuanto al delito para el que se solicita la gracia, los reos de toda clase de delitos podrán ser indultados, conforme establece el artículo 1º de la Ley del Indulto.


II.- En cuanto a la legitimación del solicitante de la gracia, a tenor del artículo 19 de la citada Ley, podrán solicitar el indulto los penados o cualquier otra persona en su nombre, sin necesidad de poder escrito que acredite su representación.


III.- En cuanto a las razones de Justicia y Equidad que, a juicio de esta parte, podrían mover la voluntad e V.E. a informar favorablemente la concesión de la gracia, son las siguientes:
- Falta de intencionalidad y escasa trascendencia del ilícito penal, ya que se trató de un hecho ocasional y fortuito.
- Inexistencia de daños o de perjudicados .
- Cumplimiento voluntario de todas las responsabilidades surgidas del hecho que motivó la condena y voluntad de cumplir el resto de condena en caso de que no sea indultada, habiendo realizado ya los trámites para ello con el abono de parte de la multa, dado el profundo arrepentimiento que siente sobre los hechos acaecidos.

- Las penas cumplidas hasta el momento cumplen sobradamente su función punitiva y reeducadora, resultando mucho más útil personal y socialmente que pueda continuar normalmente ejerciendo su profesión.

Es consciente de la gravedad de su conducta, de la irresponsabilidad que cometió y que nunca volverá a cometer, no sólo por imperativo legal, sino por propio convencimiento; La angustia sufrida tras el accidente es motivo suficiente para garantizar que estos hechos no se repetirán.
V.E. tendrá presente que la Justicia Abstracta no es realmente Justicia, pues la Ley cobra virtualidad con su aplicación real al caso concreto. Por tanto, cada supuesto de hecho típico ha de ser analizado e interpretado, con el fin de otorgarle o no la consecuencia jurídica.
Esto lleva a considerar en el presente caso que la consecuencia jurídica prevista produce una gran injusticia, y de ejecutarse la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor durante un año, D. .perdería su trabajo...............

Por lo expuesto,

SUPLICO A V.E. que teniendo por presentado este escrito y los documentos que lo acompañan, se sirva admitirlos y, previos los trámites legales pertinentes, con formación del oportuno expediente, emisión del preceptivo informe del Órgano Jurisdiccional Sentenciador y del Ministerio Fiscal, se sirva conceder la Gracia de Indulto de la mencionada condena, o subsidiariamente, conceda un indulto parcial, reduciendo la pena de retirada del permiso de conducir vehículos a motor.

En ....
07/05/2007 18:03
Gracias Rus por tu ayuda.

Me pudes decir donde se regula el indulto? Gracias
07/05/2007 17:53
Por motivos, no sé, pero la suspensión de la ejecución de las penas se regula en el CP.

Si quiere seguir conduciendo durante unos 8 meses, pide el indulto.
Retirada carnet de conducir.
07/05/2007 17:13
Hola compañeros:

No suelo llevar temas de este tipo, así que ando un tanto perdida. Cliente al que por sentencia se le ha impuesto una pena economica y se le ha retirado el carnet de conducir.

Me consta que existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento en la retirada del carnet por motivos laborales.

Donde se encuentra esto regulado y como el escrito de solicitud de aplazamiento.

Muchas gracias.