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Retirada carnet y despido

13 Comentarios
 
18/11/2010 18:48
lo acabo de leer y parece un poco confuso y da la sensacion que la rabieta no lleva a ninguna parte pero bueno ando un poco desesperado y me quiero agarrar a lo que pueda.Por eso escribo aqui para que me den alguna opinion.Sin contar el ultimo parrafo que seguro que no lleva a ninguna parte, que opinan de que al no ser conductor profesional, en mi contrato no salga nada referente a la obligacion del carnet, que el despido se haya realizado antes de que yo lo haya perdido y la posibilidad de tener un conductor que palie esa carencia y que el motivo se me contrato era para vender y no para conducir, hay alguien que pueda indicarme que posibilidades le ve de exito??

Mil gracias
18/11/2010 18:41
Sobre tu último párrafo, ¿lo has pensado bien?
18/11/2010 17:22
Buenas a todos. Estoy un poco perdido y escribo este tema para solicitar ayuda de algun experto en temas laborales. La cuestion es la siguiente, yo soy comercial y llevo una zona amplia del norte de españa.Por todos mi viajes en estos ultimos 4 años he perdido la totalidad de los puntos del carnet de conducir.
Hace un mes me llego una carta en la que me decia que iba a perder el carne por tener 0 puntos. Lo comunique a la empresa y les dije que esperaba sus noticias. Resulta que ahora alegan despido objetivo y 20 dias por ineptitud sobrevenida. Sigo siendo el mismo vendedor, sigo haciendo las mismas gestiones y a pesar de todavia no tener la sentencia firme me quieren despedir el dia 26 de noviembre. Ademas l perdida del carnet no implica una incapacidad ya que puedo tener un conductor pagado por mi o bien algun amigo que haga esas funciones que temporalmente no voy a desempeñar. El carne no vende a los clientes los productos sino yo. Mi pregunta es hay alguna jurisprudencia en la cual el despido objetivo no se haya admitido? y se haya considerado otro.Yo no soy conductor profesional y a pesar que los comerciales necesitamos el coche como es un tema temporal pues no le veo tan claro.
Por otro lado la empresa quedo en no identificarme en una multa y resulta que si lo hicieron y es uno de los motivos por los que me han retirado el carne. Hasta hoy si no me hubieran identificado con esa multa todavia tendria puntos y no hubiera llegado a esta situacion. Existe en cierto modo ineptitud por su parte por haberme identificado cuando no debia hacerlo? Tengo los mails en los que me comentan todo esto que he argumentado, lo hace uno de los gerentes y me propone no identificarme a lo cual acepto.
29/10/2010 11:27
En otro foro he encontrado una consulta muy similar:
http://www.lexaformacion.com/component/option,com_fireboard/func,view/id,1190/catid,13/

SUSPENSIÓN: En casos similares al que planteas la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 20 de marzo de 2.009, consideró que la pérdida del carnet de conducir del trabajador constituye una situación de ineptitud temporal del trabajador y que por tanto era válida la suspensión de su contrato de trabajo en __base__ a esta causa.

De manera que, entendemos que una solución podría ser la suspensión del contrato del trabajador hasta que éste recupere su carnet de conducir. La suspensión conlleva baja del trabajador en cotización a la Seguridad Social y reserva del puesto de trabajo.

EXTINCIÓN: También sería posible la extinción por causas objetivas con el correspondiente abono de la indemnización de 20 días por año de trabajo. Así se desprende, entre otras, de sentencia del TSJ del País Vasco, de 29 de septiembre de 2005, del TSJ de Cataluña, de 26 de enero de 1999. En dichas sentencias se considera lo siguiente:

"Finalmente hay que responder al recurso afirmando que la pérdida del permiso de conducir tipo C que el demandante necesita para hacer su trabajo no constituyó una circunstancia ajena al mismo, sino imputable sólo a él. Dejó transcurrir el período de validez de su permiso y nada hizo para renovarlo. La situación no puede ser calificada sino como de ineptitud sobrevenida (art. 52-a del Estatuto de los Trabajadores), puesto que la carencia de la autorización administrativa para conducir camiones de masa máxima autorizada de 3.500 kgs. no representa una imposibilidad legal de realizar la actividad laboral sino la imposibilidad personal del trabajador para hacerla."

28/10/2010 13:04
Se puede articular tanto como motivo de suspensión (ya sea de mutuo acuerdo o causa consignada válidamente en el contrato de trabajo) como despido por ineptitud sobrevenida con su correspondiente indemnización, despido disciplinario o extinción del contrato por causa consignada válidamente en el mismo (en este caso, el ET cita expresamente que siempre y cuando ello no suponga un abuso de derecho por parte del empresario). Que sea una u otra cosa dependerá del contexto, circunstancias particulares de cada supuesto y, en su caso, la voluntad de las partes. En el sector de los conductores profesionales se está poniendo mucho en los contratos la cláusula mediante la cual se permite extinguir el contrato ante estos casos desde que entró en vigor el carnet por puntos cuando antes se recurría (y el Tribunal Supremo reconocía como válido) al despido por ineptitud sobrevenida. Ahora bien, esto no significa que por el simple hecho de pertenecer al colectivo de conductores profesionales o desempeñar un puesto de trabajo que requiera el uso de un vehículo ya se pueda poner una cláusula de este estilo sin más. Como siempre habrá que estar al caso en concreto y, en caso de ponerse, velar con detalle por su contenido.

Saludos.
28/10/2010 11:54
Porque una suspension del contrato? Con que causa? Fuerza mayor? o alguna que establezca el convenio, si lo establece, para casos de retirada de carnet?
A mi padre le paso eso mismo hace años y la empresa lo despidio, evidentemente se busco un abogado pero yo entonces no estaba en estos temas y no se porque al final no se fue a juicio o se intento lo de la suspension del contrato, si se podia y el abogado no lo planteo como solucion, vaya abogado, aunque quizas si se podia lo hiciera y la empresa opto por despedirlo.
27/10/2010 21:40
Estoy de acuerdo con pacog, es un fraude, porque de esa forma el trabajador está cobrando la prestación por Desempleo, que no le corresponde porque ha perdido la posibilidad de utilizar su carnet de conducir.
Tampoco estoy de acuerdo en que se haga la retirada del carnet de conducir cuando te das positivo, pues intentan matar moscas a cañonazos.
27/10/2010 19:36
Ah, ves, sabía que se me escapaba algo. Gracias. Un saludo.
27/10/2010 19:28
Porque lo procedente, en cualquier caso, sería una suspensión del contrato de trabajo.
27/10/2010 18:49
pacog, ¿dónde ves el fraude ahí? la persona ha sido despedida por la empresa porque no puede mantener a alguien que es inepto para ese puesto en ese momento, pero se compromete a volverlo a contratar una vez le devuelvan el carnet. A lo mejor hay algo que se me escapa. Saludos.
27/10/2010 18:31
Si los permisos de circulación para coche y para camión, se sacan de forma independiente y el vehículo que origina la retirada es el coche, la ley debería permitir seguir circulando con el camión.
Nadie puede asegurar que el afectado cometa la misma infracción con el camión de la empresa.
27/10/2010 17:01
Podría despedirle por causas objetivas, con una indemnización de 20 días año. Lo que le comenta JUA 21228 no deja de ser un fraude al INEM.
27/10/2010 15:39

Te puedo contar el caso que acaba de pasarle a un buen amigo que le ha ocurrido lo mismo que a ti, le retiraron el permiso de conducir por 8 meses, su jefe lo despidió, pero él fue a un abogado el cual hablo con su jefe y al final llegaron a un acuerdo, le pagaron el finiquito y se marcho al paro con la garantía de que cuando recuperase el carnet lo volverían a readmitir y si por circunstancias su jefe ya no lo quisiera readmitir le pagarían 5000 euros de indemnización, el llevaba trabajando en esa empresa unos 5 años.
Retirada carnet y despido
27/10/2010 13:59
Buenos dias,

trabajo en una empresa como conductor de camion , hace dos fines de semana cuando venia de una celebracion me paro la guardia civil y me multo y con ello va la retirada del carnet lo que no se si sera para un mes o para mas, la cuestion es que estoy preocupado por si la empresa me puede despedir ¿podria ocurrir que por la retirada de carnet la empresa me despidiera ?
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13 Comentarios
 
18/11/2010 18:48
lo acabo de leer y parece un poco confuso y da la sensacion que la rabieta no lleva a ninguna parte pero bueno ando un poco desesperado y me quiero agarrar a lo que pueda.Por eso escribo aqui para que me den alguna opinion.Sin contar el ultimo parrafo que seguro que no lleva a ninguna parte, que opinan de que al no ser conductor profesional, en mi contrato no salga nada referente a la obligacion del carnet, que el despido se haya realizado antes de que yo lo haya perdido y la posibilidad de tener un conductor que palie esa carencia y que el motivo se me contrato era para vender y no para conducir, hay alguien que pueda indicarme que posibilidades le ve de exito??

Mil gracias
18/11/2010 18:41
Sobre tu último párrafo, ¿lo has pensado bien?
18/11/2010 17:22
Buenas a todos. Estoy un poco perdido y escribo este tema para solicitar ayuda de algun experto en temas laborales. La cuestion es la siguiente, yo soy comercial y llevo una zona amplia del norte de españa.Por todos mi viajes en estos ultimos 4 años he perdido la totalidad de los puntos del carnet de conducir.
Hace un mes me llego una carta en la que me decia que iba a perder el carne por tener 0 puntos. Lo comunique a la empresa y les dije que esperaba sus noticias. Resulta que ahora alegan despido objetivo y 20 dias por ineptitud sobrevenida. Sigo siendo el mismo vendedor, sigo haciendo las mismas gestiones y a pesar de todavia no tener la sentencia firme me quieren despedir el dia 26 de noviembre. Ademas l perdida del carnet no implica una incapacidad ya que puedo tener un conductor pagado por mi o bien algun amigo que haga esas funciones que temporalmente no voy a desempeñar. El carne no vende a los clientes los productos sino yo. Mi pregunta es hay alguna jurisprudencia en la cual el despido objetivo no se haya admitido? y se haya considerado otro.Yo no soy conductor profesional y a pesar que los comerciales necesitamos el coche como es un tema temporal pues no le veo tan claro.
Por otro lado la empresa quedo en no identificarme en una multa y resulta que si lo hicieron y es uno de los motivos por los que me han retirado el carne. Hasta hoy si no me hubieran identificado con esa multa todavia tendria puntos y no hubiera llegado a esta situacion. Existe en cierto modo ineptitud por su parte por haberme identificado cuando no debia hacerlo? Tengo los mails en los que me comentan todo esto que he argumentado, lo hace uno de los gerentes y me propone no identificarme a lo cual acepto.
29/10/2010 11:27
En otro foro he encontrado una consulta muy similar:
http://www.lexaformacion.com/component/option,com_fireboard/func,view/id,1190/catid,13/

SUSPENSIÓN: En casos similares al que planteas la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 20 de marzo de 2.009, consideró que la pérdida del carnet de conducir del trabajador constituye una situación de ineptitud temporal del trabajador y que por tanto era válida la suspensión de su contrato de trabajo en __base__ a esta causa.

De manera que, entendemos que una solución podría ser la suspensión del contrato del trabajador hasta que éste recupere su carnet de conducir. La suspensión conlleva baja del trabajador en cotización a la Seguridad Social y reserva del puesto de trabajo.

EXTINCIÓN: También sería posible la extinción por causas objetivas con el correspondiente abono de la indemnización de 20 días por año de trabajo. Así se desprende, entre otras, de sentencia del TSJ del País Vasco, de 29 de septiembre de 2005, del TSJ de Cataluña, de 26 de enero de 1999. En dichas sentencias se considera lo siguiente:

"Finalmente hay que responder al recurso afirmando que la pérdida del permiso de conducir tipo C que el demandante necesita para hacer su trabajo no constituyó una circunstancia ajena al mismo, sino imputable sólo a él. Dejó transcurrir el período de validez de su permiso y nada hizo para renovarlo. La situación no puede ser calificada sino como de ineptitud sobrevenida (art. 52-a del Estatuto de los Trabajadores), puesto que la carencia de la autorización administrativa para conducir camiones de masa máxima autorizada de 3.500 kgs. no representa una imposibilidad legal de realizar la actividad laboral sino la imposibilidad personal del trabajador para hacerla."

28/10/2010 13:04
Se puede articular tanto como motivo de suspensión (ya sea de mutuo acuerdo o causa consignada válidamente en el contrato de trabajo) como despido por ineptitud sobrevenida con su correspondiente indemnización, despido disciplinario o extinción del contrato por causa consignada válidamente en el mismo (en este caso, el ET cita expresamente que siempre y cuando ello no suponga un abuso de derecho por parte del empresario). Que sea una u otra cosa dependerá del contexto, circunstancias particulares de cada supuesto y, en su caso, la voluntad de las partes. En el sector de los conductores profesionales se está poniendo mucho en los contratos la cláusula mediante la cual se permite extinguir el contrato ante estos casos desde que entró en vigor el carnet por puntos cuando antes se recurría (y el Tribunal Supremo reconocía como válido) al despido por ineptitud sobrevenida. Ahora bien, esto no significa que por el simple hecho de pertenecer al colectivo de conductores profesionales o desempeñar un puesto de trabajo que requiera el uso de un vehículo ya se pueda poner una cláusula de este estilo sin más. Como siempre habrá que estar al caso en concreto y, en caso de ponerse, velar con detalle por su contenido.

Saludos.
28/10/2010 11:54
Porque una suspension del contrato? Con que causa? Fuerza mayor? o alguna que establezca el convenio, si lo establece, para casos de retirada de carnet?
A mi padre le paso eso mismo hace años y la empresa lo despidio, evidentemente se busco un abogado pero yo entonces no estaba en estos temas y no se porque al final no se fue a juicio o se intento lo de la suspension del contrato, si se podia y el abogado no lo planteo como solucion, vaya abogado, aunque quizas si se podia lo hiciera y la empresa opto por despedirlo.
27/10/2010 21:40
Estoy de acuerdo con pacog, es un fraude, porque de esa forma el trabajador está cobrando la prestación por Desempleo, que no le corresponde porque ha perdido la posibilidad de utilizar su carnet de conducir.
Tampoco estoy de acuerdo en que se haga la retirada del carnet de conducir cuando te das positivo, pues intentan matar moscas a cañonazos.
27/10/2010 19:36
Ah, ves, sabía que se me escapaba algo. Gracias. Un saludo.
27/10/2010 19:28
Porque lo procedente, en cualquier caso, sería una suspensión del contrato de trabajo.
27/10/2010 18:49
pacog, ¿dónde ves el fraude ahí? la persona ha sido despedida por la empresa porque no puede mantener a alguien que es inepto para ese puesto en ese momento, pero se compromete a volverlo a contratar una vez le devuelvan el carnet. A lo mejor hay algo que se me escapa. Saludos.
27/10/2010 18:31
Si los permisos de circulación para coche y para camión, se sacan de forma independiente y el vehículo que origina la retirada es el coche, la ley debería permitir seguir circulando con el camión.
Nadie puede asegurar que el afectado cometa la misma infracción con el camión de la empresa.
27/10/2010 17:01
Podría despedirle por causas objetivas, con una indemnización de 20 días año. Lo que le comenta JUA 21228 no deja de ser un fraude al INEM.
27/10/2010 15:39

Te puedo contar el caso que acaba de pasarle a un buen amigo que le ha ocurrido lo mismo que a ti, le retiraron el permiso de conducir por 8 meses, su jefe lo despidió, pero él fue a un abogado el cual hablo con su jefe y al final llegaron a un acuerdo, le pagaron el finiquito y se marcho al paro con la garantía de que cuando recuperase el carnet lo volverían a readmitir y si por circunstancias su jefe ya no lo quisiera readmitir le pagarían 5000 euros de indemnización, el llevaba trabajando en esa empresa unos 5 años.
Retirada carnet y despido
27/10/2010 13:59
Buenos dias,

trabajo en una empresa como conductor de camion , hace dos fines de semana cuando venia de una celebracion me paro la guardia civil y me multo y con ello va la retirada del carnet lo que no se si sera para un mes o para mas, la cuestion es que estoy preocupado por si la empresa me puede despedir ¿podria ocurrir que por la retirada de carnet la empresa me despidiera ?