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retirada de carnet

9 Comentarios
 
18/09/2006 13:36
Si alguien m'escribe, como que se lo agradezco; pero seguramente no lo leeré, porque nunca miro el correo.

Soy así de dejao yo............
18/09/2006 13:34
La mía: amigosonrisas@hotmail.com

:)
18/09/2006 13:22
mi dirección a efectos del foro es rus.porticolegal@hotmail.com


16/09/2006 01:13
¡¡¡Hola!!!

Amigo nando. lo que también podrías hacer essolicitar el fraccionamiento de la condena. Algunos Juzgados lo conceden.

Es decir, puedes solicitar que la retirada del carnet se cumpla sólo en fines de semana, festivos, puentes, períodos vacacionales.... el Juzgado manda un Oficio a Tráfico, en ese sentido, y estos creo que hacen un anexo al permiso, donde se especifica esa circunstancia. Así, en días laborables, podrás conducir tu vehículo profesional, sin problemas.


¡¡¡Saludos!!!
15/09/2006 20:54
buenas rus,veo que sabes del tema,me gustaria hablar contigo si no te importa fervps@hotmail.com gracias
15/09/2006 17:30
Sí, si la cosa no cambió, "sólo" multa.

Si quiere retrasarlo un poco, puede pedir el indulto. Le devolverán el carnet mientras dure la tramitación, entre 6 y 9 meses. No se lo van a conceder, pero puede probar.

No es el único que conduce teniendo el carnet retirado. Sea prudente.
15/09/2006 14:12
buenas rus,gracias por tu respuesta pero me queda una duda la sancion seria solo economica?
15/09/2006 12:46
yo le regalo una "d" a nando para que se la ponga a su abogado. Y un cirio para que se encomiede al santo que quiera (san cristobal sería lo propio) por si decide conducir sin carnet.
15/09/2006 12:25
Artículo 468 CP

1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

2. Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuestas en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2.


O sea, en su caso, multa de 12 a 24 meses. La cuantía mínima de la multa sería de 720 euros (12 meses x 30 días x 2 € cuota mínima)

Salvo mejor opinión
Retirada de carnet
15/09/2006 11:13
buenas,comento mi caso me pararon en un control y di positivo 0,79.el abogao me comento que era por lo penal y que tendria juicio despues de esperar y esperar deseando se perdieran mis papeles pasados 4 años me llego la carta se celebro el juicio y me condenaron a un año y un dia y 450euros,el mes pasado deje el carnet el los juzgados pero por tema de trabajo no puedo dejar de conducir y mi pregunta es,k m pueden hacer si me cojen con el carnet retirado?estoy quebrantando una condena segun mi abogao.cual seria la pena?gracias
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Si alguien m'escribe, como que se lo agradezco; pero seguramente no lo leeré, porque nunca miro el correo.

Soy así de dejao yo............
18/09/2006 13:34
La mía: amigosonrisas@hotmail.com

:)
18/09/2006 13:22
mi dirección a efectos del foro es rus.porticolegal@hotmail.com


16/09/2006 01:13
¡¡¡Hola!!!

Amigo nando. lo que también podrías hacer essolicitar el fraccionamiento de la condena. Algunos Juzgados lo conceden.

Es decir, puedes solicitar que la retirada del carnet se cumpla sólo en fines de semana, festivos, puentes, períodos vacacionales.... el Juzgado manda un Oficio a Tráfico, en ese sentido, y estos creo que hacen un anexo al permiso, donde se especifica esa circunstancia. Así, en días laborables, podrás conducir tu vehículo profesional, sin problemas.


¡¡¡Saludos!!!
15/09/2006 20:54
buenas rus,veo que sabes del tema,me gustaria hablar contigo si no te importa fervps@hotmail.com gracias
15/09/2006 17:30
Sí, si la cosa no cambió, "sólo" multa.

Si quiere retrasarlo un poco, puede pedir el indulto. Le devolverán el carnet mientras dure la tramitación, entre 6 y 9 meses. No se lo van a conceder, pero puede probar.

No es el único que conduce teniendo el carnet retirado. Sea prudente.
15/09/2006 14:12
buenas rus,gracias por tu respuesta pero me queda una duda la sancion seria solo economica?
15/09/2006 12:46
yo le regalo una "d" a nando para que se la ponga a su abogado. Y un cirio para que se encomiede al santo que quiera (san cristobal sería lo propio) por si decide conducir sin carnet.
15/09/2006 12:25
Artículo 468 CP

1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

2. Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuestas en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2.


O sea, en su caso, multa de 12 a 24 meses. La cuantía mínima de la multa sería de 720 euros (12 meses x 30 días x 2 € cuota mínima)

Salvo mejor opinión
Retirada de carnet
15/09/2006 11:13
buenas,comento mi caso me pararon en un control y di positivo 0,79.el abogao me comento que era por lo penal y que tendria juicio despues de esperar y esperar deseando se perdieran mis papeles pasados 4 años me llego la carta se celebro el juicio y me condenaron a un año y un dia y 450euros,el mes pasado deje el carnet el los juzgados pero por tema de trabajo no puedo dejar de conducir y mi pregunta es,k m pueden hacer si me cojen con el carnet retirado?estoy quebrantando una condena segun mi abogao.cual seria la pena?gracias