lo que me gustaria a mi saber es si puede haber habido un error a la hora de redactar la tarjetita ya qeu yo fui a pedir la prestacion el dia 15 de marzo y en la tarjeta me pone el dia 5 de marzo no se si habra algun tipo de error por que si fuera el dia 15 seguramente aun estaria dentro de plazo para poder renovarla
la respuesta es qeu se puede sellar el paro por internet pero dependiendo de las comunidades y necesitas usuario y contraseña o un dni electronico para hacer la validacion de los datos yo tengo dni y no lo he conseguido
Hola Disculpa que use tu tema pero es para hacerte la siguiente preguinta. El paro lo podias sellar por internet o te tienes que presentar personalmente? Es que escuché hace dias que cambiarian lo del paro. Hace un mes un pariente sello por internet Ndecvesito saberlo . Te agradezco la rwespuesta estaoy en barcelona.
El Servicio Público de Empleo lo informa en su página Web (www.sepe.es)
Pregunta:Se me ha olvidado renovar la demanda de empleo y estoy cobrando prestaciones. ¿Qué consecuencias podría tener la no renovación de la demanda en mi prestación por desempleo?
Respuesta: La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) inicie un procedimiento sancionador por infracción leve que puede concluir con la pérdida de un mes de prestación la primera vez que se incumple, de tres meses la segunda vez, de seis meses si hay una tercera, y la pérdida de todo el derecho si se produce un cuarto incumplimiento. Para estos supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días. En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento. Referencia normativa: Art. 231.1.d) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Arts. 24.3.a), 41.1 y 47.1.a) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por R.D Legislativo 5/2000, de 4 de agosto y Art. 9 del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre por el que se regula el Programa de Renta Activa de Inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
el problema viene por que a mi me dieron una papeleta del paro yo pedi la prestacion el dia 15 o sea ayer y la papeleta me la dieron antes y yomiraba los papepes de la prestacion y claro era con 10 dias de retraso como se hizo fue erro mio pero no se si me pondran sancion supongo que si aunque conn los datos de contraste aun puedo ver mi nomina completa del mes siguiente no se si aun tendra arreglo presentandome el lunes
me gustaria saber si me pueden sancionar por un retraso en el sellado del paro de 10 dias ya qeu pienso qeu para hacerte ir expresamente al paro te deberian de citar ellos digo yo las leyes creo qeu dicen eso y que la no presencia en el sellado no deberia de suponer ninguna sancion he de decir que es la primera vez qeu me pasa y que me ha sucedido por tener muchos problemas de papeleos por que la empresa en la que estaba no me ha pagado y estoy de papeles preparando para el juicio que se celebra ya mismo en breve