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Retraso pago

8 Comentarios
 
Retraso pago
05/07/2019 13:39
Hace dos meses trabajó en una empresa. Al principio se me indicó que el pago se hacía en mano, lo cual me pareció extraño pero por lo que he sabido es completamente legal. El problema llega cuando el primer mes se me paga mi nómina en dos partes, la primera el día 5 y el resto el 15! Este mes estamos hoy a día 5 y no he trabajado hoy ni ayer. Es decir hasta el lunes no trabajo. El día 8 será lunes y creo q tampoco recibiré el pago. Quería saber cómo proceder ante esto. Es legal que se pague en dos veces? Y más allá del día 5? Soy higienista dental. Que debo hacer en caso de que no se me pague la semana próxima mi nómina completa?
05/07/2019 14:21
Srey
Jolines que cosas mas raras hay por ahí. Bueno el pago es del 1 al 5, suponiendo que no hubiera mejora en el convenio. Lo mas que puede hacer usted es rescindir la relación laboral por retrasos continuados en el salario o bien demandar por reclamación de cantidades (previa papeleta de conciliación), el problema que veo que si de ello depende su sustento tendrá que buscar otra cosa, pues los juzgados dan para largo estos juicios.

Ahora la cosa es la de siempre, poder probar lo que esta sucediendo.
05/07/2019 18:34
Luisconrad
Y donde se denuncia el retraso en pago? En cuanto a las pruebas como ellos me pagan en mano no puedo demostrar el retraso no?
07/07/2019 15:54
Luisconrad
Hola,

si llevas solo dos meses en la empresa, sería algo complicado aludir retrasos continuados en el pago con ese tiempo de histórico para aportar como prueba para iniciar una papeleta de conciliación en el SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación).

En los juzgados, se baraja 3 meses de impago (últimamente 2 meses) para admitir la tramitación de reclamación de cantidad.

Cuando te paguen, procura que haya testigos, o exige una documento/recibí con fecha aparte de la nomina.

También, podrías presentarte a tu hora al centro de trabajo, pero sin "producir" y mantenerte allí tu jornada completa hasta tu hora de salida y así hasta que no se te pague. Bien forzarías el pago, bien te despedirían disciplinariamente, pero con paro y liquidación. Mejor que una baja voluntaria donde no tendrías prestación por desempleo.
07/07/2019 22:19
Lupapi
Antes de nada me gustaría agradecer las respuestas. Cuánto me recomendarían esperar para comenzar los trámites si tuviera que hacerlo? Para reclamar legalmente me refiero. Como era de esperar no me han pagado aún este mes tampoco
08/07/2019 00:34
Srey
La ley habla de retrasos continuos, pero no de cuantos, así que ello depende del juez, puede interponer la demanda cuando le venga en gana, previa papeleta de conciliación. En el transcurso es muy probable que la empresa le siga pagando de forma retrasada, por lo que deberá ampliar al demanda a ese tiempo.
Así, si usted lleva 2 meses sin cobrar y demanda, y llega el juicio en noviembre y siguen sin pagarle en condiciones, no serán dos meses, sino que habrá que añadir los transcurridos hasta el acto de juicio, una ampliación.
¿Cuantos meses se precisa para extinguir la relación laboral? La ley no dice nada, así que dependerá del juez, puede que 3 meses le parezca mucho o puede que 8 meses le parezca poco. Lo normal 3/4 meses.
Se interpone la conciliación en el servicio de mediación de su comunidad y la demanda en el juzgado de lo social que corresponda.
08/07/2019 00:40
Srey
Opciones para probar.
Testigos, no son fiables en empresas pequeñas si estos trabajan para las mismas

Grabación: No precisa avisar de que este grabando. Teniendo en cuenta, que la conversación debe ser estrictamente profesional, en lugar de trabajo y que usted participe en ella.

Obvio en la grabación debe constar, la fecha del suceso y el suceso mismo.

La conversación debe ser clara y trascrita, presentada como prueba documental, dicha grabación deberá coincidir con su transcripción, la cual la tendrá que llevar en un pendrai y un portátil, aunque para la presentación de este medio de prueba es mejor consultar al juzgado que le toque. Pero de ello se encargaría su abogado
08/07/2019 00:41
Srey
Ah! Presentar dicha prueba conlleva solicitar el interrogatorio de parte para que reconozca su voz. No creo que sea necesario perito en este caso concreto
09/07/2019 22:45
Srey
Mi contrato finaliza en agosto. Si indico a mi jefe q no quiero renovar por este tema, al ser fin de contrato tendría algún derecho a cobrar desempleo?
Retraso pago | PorticoLegal
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05/07/2019 13:39
Hace dos meses trabajó en una empresa. Al principio se me indicó que el pago se hacía en mano, lo cual me pareció extraño pero por lo que he sabido es completamente legal. El problema llega cuando el primer mes se me paga mi nómina en dos partes, la primera el día 5 y el resto el 15! Este mes estamos hoy a día 5 y no he trabajado hoy ni ayer. Es decir hasta el lunes no trabajo. El día 8 será lunes y creo q tampoco recibiré el pago. Quería saber cómo proceder ante esto. Es legal que se pague en dos veces? Y más allá del día 5? Soy higienista dental. Que debo hacer en caso de que no se me pague la semana próxima mi nómina completa?
05/07/2019 14:21
Srey
Jolines que cosas mas raras hay por ahí. Bueno el pago es del 1 al 5, suponiendo que no hubiera mejora en el convenio. Lo mas que puede hacer usted es rescindir la relación laboral por retrasos continuados en el salario o bien demandar por reclamación de cantidades (previa papeleta de conciliación), el problema que veo que si de ello depende su sustento tendrá que buscar otra cosa, pues los juzgados dan para largo estos juicios.

Ahora la cosa es la de siempre, poder probar lo que esta sucediendo.
05/07/2019 18:34
Luisconrad
Y donde se denuncia el retraso en pago? En cuanto a las pruebas como ellos me pagan en mano no puedo demostrar el retraso no?
07/07/2019 15:54
Luisconrad
Hola,

si llevas solo dos meses en la empresa, sería algo complicado aludir retrasos continuados en el pago con ese tiempo de histórico para aportar como prueba para iniciar una papeleta de conciliación en el SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación).

En los juzgados, se baraja 3 meses de impago (últimamente 2 meses) para admitir la tramitación de reclamación de cantidad.

Cuando te paguen, procura que haya testigos, o exige una documento/recibí con fecha aparte de la nomina.

También, podrías presentarte a tu hora al centro de trabajo, pero sin "producir" y mantenerte allí tu jornada completa hasta tu hora de salida y así hasta que no se te pague. Bien forzarías el pago, bien te despedirían disciplinariamente, pero con paro y liquidación. Mejor que una baja voluntaria donde no tendrías prestación por desempleo.
07/07/2019 22:19
Lupapi
Antes de nada me gustaría agradecer las respuestas. Cuánto me recomendarían esperar para comenzar los trámites si tuviera que hacerlo? Para reclamar legalmente me refiero. Como era de esperar no me han pagado aún este mes tampoco
08/07/2019 00:34
Srey
La ley habla de retrasos continuos, pero no de cuantos, así que ello depende del juez, puede interponer la demanda cuando le venga en gana, previa papeleta de conciliación. En el transcurso es muy probable que la empresa le siga pagando de forma retrasada, por lo que deberá ampliar al demanda a ese tiempo.
Así, si usted lleva 2 meses sin cobrar y demanda, y llega el juicio en noviembre y siguen sin pagarle en condiciones, no serán dos meses, sino que habrá que añadir los transcurridos hasta el acto de juicio, una ampliación.
¿Cuantos meses se precisa para extinguir la relación laboral? La ley no dice nada, así que dependerá del juez, puede que 3 meses le parezca mucho o puede que 8 meses le parezca poco. Lo normal 3/4 meses.
Se interpone la conciliación en el servicio de mediación de su comunidad y la demanda en el juzgado de lo social que corresponda.
08/07/2019 00:40
Srey
Opciones para probar.
Testigos, no son fiables en empresas pequeñas si estos trabajan para las mismas

Grabación: No precisa avisar de que este grabando. Teniendo en cuenta, que la conversación debe ser estrictamente profesional, en lugar de trabajo y que usted participe en ella.

Obvio en la grabación debe constar, la fecha del suceso y el suceso mismo.

La conversación debe ser clara y trascrita, presentada como prueba documental, dicha grabación deberá coincidir con su transcripción, la cual la tendrá que llevar en un pendrai y un portátil, aunque para la presentación de este medio de prueba es mejor consultar al juzgado que le toque. Pero de ello se encargaría su abogado
08/07/2019 00:41
Srey
Ah! Presentar dicha prueba conlleva solicitar el interrogatorio de parte para que reconozca su voz. No creo que sea necesario perito en este caso concreto
09/07/2019 22:45
Srey
Mi contrato finaliza en agosto. Si indico a mi jefe q no quiero renovar por este tema, al ser fin de contrato tendría algún derecho a cobrar desempleo?