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Reunión Comunidad

4 Comentarios
 
Reunión comunidad
18/06/2014 20:25
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: En una reunión de propietarios el Presidente de la Comunidad puede ser representado por su mujer? Si no puede ser representado por ella en que art. de la ley de propiedad horizontal lo puedo ver. Si no pudiera ser representado por ella la reunión sería nula de pleno derecho?.

Espero sus respuestas. Gracias
Raquel Reus
19/06/2014 08:26
Supongo que no tienen vicepresidente.

El presidente no puede elegir a su sustituto e imponerlo a la junta. Puede proponer un sustituto y que la junta vote si lo acepta o la junta puede, en ausencia del presidente y vicepresidente que es quien legalmente debe sustituirle, elegir a quien quiera de entre sus miembros para dirigir la reunion.

Ahora bien, si la junta no dice nada y de hecho la esposa ha presidido sin que nadie proteste podria ser valido por tratarse de un consentimiento tacito de todos los miembros o sea que como si la hubiesen votado.

Puede intentar anular judicialmente la junta pero con volver a convocarla lo habrian resuelto y a usted le costaria un buen dinero.


art 13,2
2. El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3.ª , resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.

Artículo 14

Corresponde a la Junta de propietarios:

a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
19/06/2014 11:41
Gracias Chelinka por la respuesta, yo cuando llegué acababa de empezar pero la sustituta del presidente y el Vicepresidente estaban sentados con todos los vecinos, no como en otras ocasiones que están en la mesa con la administradora. Me he enterado por el acta que la mujer le representaba, aunque hay vicepresidente y estaba allí. No van ha hacer nada porque son irracionales ciertos vecinos y el administrador que han contratado para defenderse y hacer de las suyas. Con decirte que han puesto en el acta puntos que no se han tocado . pero esto es muy habitual en esta comunidad.
Hacen lo que sea con tal de conseguir el fin. Trincar.
Hace tiempo que no entraba en esta página pero te recuerdo del foro. Ya te haré otras preguntas.Gracias.

Raquel Reus.
19/06/2014 13:20
En el acta debe constar quien preside la junta y estando el vicepresidente debio de hacerlo el. Otra cosa es que la esposa del presidente lo representase como propietario y votase en la junta sin presidirla.
20/06/2014 09:50
En el acta cuando aparece la relación de vecinos y representados, ella aparece representando al presidente, pero luego el cuerpo del acta dice que la reunión está presidida por ella, y de hecho la firma como presidenta. Cosas del administrador.

Saludos.
Raquel Reus
Reunión Comunidad | PorticoLegal
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18/06/2014 20:25
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: En una reunión de propietarios el Presidente de la Comunidad puede ser representado por su mujer? Si no puede ser representado por ella en que art. de la ley de propiedad horizontal lo puedo ver. Si no pudiera ser representado por ella la reunión sería nula de pleno derecho?.

Espero sus respuestas. Gracias
Raquel Reus
19/06/2014 08:26
Supongo que no tienen vicepresidente.

El presidente no puede elegir a su sustituto e imponerlo a la junta. Puede proponer un sustituto y que la junta vote si lo acepta o la junta puede, en ausencia del presidente y vicepresidente que es quien legalmente debe sustituirle, elegir a quien quiera de entre sus miembros para dirigir la reunion.

Ahora bien, si la junta no dice nada y de hecho la esposa ha presidido sin que nadie proteste podria ser valido por tratarse de un consentimiento tacito de todos los miembros o sea que como si la hubiesen votado.

Puede intentar anular judicialmente la junta pero con volver a convocarla lo habrian resuelto y a usted le costaria un buen dinero.


art 13,2
2. El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3.ª , resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.

Artículo 14

Corresponde a la Junta de propietarios:

a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
19/06/2014 11:41
Gracias Chelinka por la respuesta, yo cuando llegué acababa de empezar pero la sustituta del presidente y el Vicepresidente estaban sentados con todos los vecinos, no como en otras ocasiones que están en la mesa con la administradora. Me he enterado por el acta que la mujer le representaba, aunque hay vicepresidente y estaba allí. No van ha hacer nada porque son irracionales ciertos vecinos y el administrador que han contratado para defenderse y hacer de las suyas. Con decirte que han puesto en el acta puntos que no se han tocado . pero esto es muy habitual en esta comunidad.
Hacen lo que sea con tal de conseguir el fin. Trincar.
Hace tiempo que no entraba en esta página pero te recuerdo del foro. Ya te haré otras preguntas.Gracias.

Raquel Reus.
19/06/2014 13:20
En el acta debe constar quien preside la junta y estando el vicepresidente debio de hacerlo el. Otra cosa es que la esposa del presidente lo representase como propietario y votase en la junta sin presidirla.
20/06/2014 09:50
En el acta cuando aparece la relación de vecinos y representados, ella aparece representando al presidente, pero luego el cuerpo del acta dice que la reunión está presidida por ella, y de hecho la firma como presidenta. Cosas del administrador.

Saludos.
Raquel Reus