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Reuniones comunidad de propietarios

4 Comentarios
 
Reuniones comunidad de propietarios
31/08/2019 15:48
En mi bloque hay una vecina con un alquiler social, la cual ha manifestado a la presidenta que ella va a pedir autorización al propietario del piso para asistir a las reuniones de la comunidad. El dueño del piso es el Banco. Esto que quiere puede ser? Si le dan autorización para que asista eso es legal admitirla en las reuniones de la comunidad?
31/08/2019 16:14
francolla
Si el banco la autoriza es perfectamente legal que asista a las reuniones de propietarios en nombre del banco.
31/08/2019 18:44
francolla
Totalmente acertado en sus respuestas, como es usual, Leonjbr, siendo de aplicación el art. 15 LPH.
31/08/2019 18:56
francolla
Puede asistir pero con voz y voto.sin.ser propietaria? Lo correcto sería citar al propietario o no es así?
01/09/2019 11:45
francolla
Puede asistir con voz y voto en representación del propietario. De hecho, al ser propiedad de un banco, sólo cabe acudir en representación, dado que es imposible que asista una persona jurídica.
Reuniones comunidad de propietarios | PorticoLegal
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Reuniones comunidad de propietarios
31/08/2019 15:48
En mi bloque hay una vecina con un alquiler social, la cual ha manifestado a la presidenta que ella va a pedir autorización al propietario del piso para asistir a las reuniones de la comunidad. El dueño del piso es el Banco. Esto que quiere puede ser? Si le dan autorización para que asista eso es legal admitirla en las reuniones de la comunidad?
31/08/2019 16:14
francolla
Si el banco la autoriza es perfectamente legal que asista a las reuniones de propietarios en nombre del banco.
31/08/2019 18:44
francolla
Totalmente acertado en sus respuestas, como es usual, Leonjbr, siendo de aplicación el art. 15 LPH.
31/08/2019 18:56
francolla
Puede asistir pero con voz y voto.sin.ser propietaria? Lo correcto sería citar al propietario o no es así?
01/09/2019 11:45
francolla
Puede asistir con voz y voto en representación del propietario. De hecho, al ser propiedad de un banco, sólo cabe acudir en representación, dado que es imposible que asista una persona jurídica.