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Revision de discapacidad

3 Comentarios
 
12/01/2011 23:52

Art.143
Como dice el art. Toda resolución, inicial o de revisión, hará constar el plazo por el cual podrá instar la revisión por agravación o mejoría. Ahora bien, si el pensionista estuviera ejerciendo alguna actividad, podrá de oficio o a instancia del propio interesado promover la revisión.

2. Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida en el artículo 161 de esta Ley, para acceder al derecho a la pensión de jubilación. Este plazo será vinculante para todos los sujetos que puedan promover la revisión.



Si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.
12/01/2011 22:42
De momento no estoy trabajando,estoy apuntado al paro(como todo el mundo y e estado haciendo un curso del SAE que termine ayer.
12/01/2011 22:10
Corregirme si me equivoco.

Art.143

Si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.
Revision de discapacidad
12/01/2011 21:01
Hola,mi caso es el siguiente,en Agosto del año pasado pase por el tribunal medico y me concedieron la discapacidad total,en los informes medicos se decia por parte de mi medico que estaba a la espera de una resonancia magnetica en la espalda y unas pruebas cardiologicas.
Las pruebas cardiologicas se solicitaron en Junio del 2010 y me las han hecho en Diciembre del 2010,me han mandado los resultados y la cosa esta peor de lo que se creia,tengo el corazon a un 59% de su capacidad.
Ayer estube en una oficina del INSS y me dijeron que podia solicitar la revision pero lo mas seguro es que me lo denegaran,que me la haran a los dos años como dice en la resolucion.Quisiera saver si hay alguna manera de poder pasar antes la revision ya que segun me han dicho personas entendidas,con eso me pueden conceder la baja absoluta en vez de la total que es la que tengo ahora(puede servir de algo que se especificara en el informe medico que estaba a la espera de dichas pruebas?)
Revision de discapacidad | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
12/01/2011 23:52

Art.143
Como dice el art. Toda resolución, inicial o de revisión, hará constar el plazo por el cual podrá instar la revisión por agravación o mejoría. Ahora bien, si el pensionista estuviera ejerciendo alguna actividad, podrá de oficio o a instancia del propio interesado promover la revisión.

2. Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida en el artículo 161 de esta Ley, para acceder al derecho a la pensión de jubilación. Este plazo será vinculante para todos los sujetos que puedan promover la revisión.



Si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.
12/01/2011 22:42
De momento no estoy trabajando,estoy apuntado al paro(como todo el mundo y e estado haciendo un curso del SAE que termine ayer.
12/01/2011 22:10
Corregirme si me equivoco.

Art.143

Si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.
Revision de discapacidad
12/01/2011 21:01
Hola,mi caso es el siguiente,en Agosto del año pasado pase por el tribunal medico y me concedieron la discapacidad total,en los informes medicos se decia por parte de mi medico que estaba a la espera de una resonancia magnetica en la espalda y unas pruebas cardiologicas.
Las pruebas cardiologicas se solicitaron en Junio del 2010 y me las han hecho en Diciembre del 2010,me han mandado los resultados y la cosa esta peor de lo que se creia,tengo el corazon a un 59% de su capacidad.
Ayer estube en una oficina del INSS y me dijeron que podia solicitar la revision pero lo mas seguro es que me lo denegaran,que me la haran a los dos años como dice en la resolucion.Quisiera saver si hay alguna manera de poder pasar antes la revision ya que segun me han dicho personas entendidas,con eso me pueden conceder la baja absoluta en vez de la total que es la que tengo ahora(puede servir de algo que se especificara en el informe medico que estaba a la espera de dichas pruebas?)